23 de abril de 2024
23 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Interviene el fiscal subrogante Mariano Mannará
General Roca: la fiscalía recurrió a casación para que revise con perspectiva de género la unificación de las penas a un condenado por narcotráfico y por violencia contra su ex pareja y el entorno de ella
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de esa ciudad unificó en siete años y dos meses de prisión las condenas impuestas a un hombre a siete años de prisión por narcotráfico y a seis meses de prisión por violencia de género. El dictamen del MPF rechaza la pena unificada y advierte que no se garantizó la participación de las víctimas.

El fiscal subrogante Mariano Mannará interpuso ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de General Roca  recurso de casación contra la sentencia de unificación de condenas contra un detenido reincidente, en donde objetó la resolución y reclamó por un nuevo fallo con perspectiva de género.

El pasado 9 de marzo el tribunal decidió unificar la condena dictada en sede federal de siete años de prisión recaida sobre un sujeto que fue encontrado responsable de los delitos de comercialización de estupefacientes y robo con armas, y una condena provincial de seis meses meses de prisión, por lesiones en contexto de violencia de género contra su ex pareja y la hija de ella, que el condenado cometió cuando estaba bajo el régimen de libertad asistida.

Frente a este fallo, que le impuso una única pena de siete años y dos meses de prisión, Mannará interpuso el recurso de casación para que se anule la resolución emitida, se garantice la participación de las víctimas y se establezca como pena única para el imputado la máxima de siete años y seis meses de prisión, en pos de intentar la mayor labor reeducadora posible. El recurso del representante del MPF fue admitido por el tribunal oral y será revisado por la Cámara Federal de Casación Penal.

A su vez, la fiscalía, con previo asesoramiento de la Unidad Fiscal de Ejecución Penal (UFEP), pidió que se fortalezcan todas aquellas herramientas que contribuyan a que el condenado pueda identificar y comprender las motivaciones de su conducta que afectaron a terceros. También peticionó la pertinente asistencia del agresor en programas reflexivos, educativos o terapéuticos tendientes a la modificación de conductas violentas contra las mujeres para evitar su repetición.

Un fallo con perspectiva de género

En su recurso el fiscal destacó la “necesaria integración de los enfoques de género en la actuación judicial, tal como lo pretende la Ley 27.499 o 'Ley Micaela'”.

Sostuvo que la decisión del tribunal importó una privación arbitraria a la debida participación de las víctimas y que quedaron “invisibilizadas y desamparadas por una sentencia carente de perspectiva de género”.

"Resulta imperioso ordenar todas las medidas de protección en forma oficiosa, sin dilaciones ni esperando que la víctima lo haga, pues muchas veces su voluntad se ve viciada por el terror que le acarrea el victimario", indicó la fiscalía.

Con respecto a la intensidad de la violencia física y psicológica aplicada por el imputado hacia las victimas mujeres, el fiscal sostuvo que "corresponde introducir la perspectiva de género en los pronunciamientos para que se visibilice el componente de violencia machista" y que "resulta imperioso ordenar todas las medidas de protección en forma oficiosa, sin dilaciones ni esperando que la víctima lo haga, pues muchas veces su voluntad se ve viciada por el terror que le acarrea el victimario".

Por último, Mannará también realizó el pedido de que pueda intervenir la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Victimas (DOVIC) a efectos de asistir a las víctimas de la causa que se encuentran en estado de vulnerabilidad.

Los hechos

Los hechos de violencia de género por los que fue condenado el agresor sucedieron cuando se encontraba bajo el régimen de libertad asistida y cumplía una condena vinculada a la comercialización de estupefacientes y al delito de robo con armas, y que consistía en la tercera reincidencia del detenido.

El suceso ocurrió en octubre del año pasado. El ahora condenado atacó a un hombre -pareja de la hija de su ex pareja- con un cuchillo y le provocó un corte en la cabeza y en el pecho. Seguidamente, atacó a la hija de su ex pareja, a quien le provocó un corte profundo. Luego se dio a la fuga y concurrió al domicilio de su ex pareja para agredirla, en el momento en que las otras dos víctimas estaban siendo hospitalizadas.