26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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A partir de un pedido de la DOVIC, que acompaña a la víctima desde el inicio del proceso
La Fiscalía Federal N° 2 de Mendoza y la UFEM solicitaron el cambio de nombre para una mujer que padeció violencia sexual y trata de personas por parte de su familia
La presentación dio cuenta de la necesidad de la víctima de adquirir una identidad no relacionada con su entorno. El nombre como derecho humano y pilar en la conformación de la personalidad y el deber de reparación de los estados, presentes en el caso.

El fiscal Fernando Alcaraz, a cargo de la Fiscalía Federal N°2 de Mendoza, presentó en conjunto con la fiscala Mariela Labozzetta, titular de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), una solicitud para que una mujer que había padecido violencia sexual y trata de personas por parte del entorno familiar obtuviera el cambio registral de su identidad. El pedido del Ministerio Público Fiscal sostiene que la víctima de estos delitos ha “reconfigurado su vida en relación con el nombre elegido por ella”. El dictamen detalla que la historia de vida y las vulneraciones sistemáticas que padeció generaron que su propia psiquis elaborara estrategias para asegurar la supervivencia, entre las cuales se destaca la adopción de una nueva identidad.

La mujer fue acompañada durante todo el proceso judicial por el programa especial de atención a víctimas de trata y explotación de personas de la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a Víctimas del MPF (DOVIC). Las especialistas del programa y el dictamen fiscal remarcaron en la presentación la “necesidad imperiosa de adquirir una identidad no relacionada con su entorno familiar primero, para no ser encontrada, y luego, para romper todo lazo que la unía a ellos y que le recordase el dolor y el horror vivido, originado desde el propio seno familiar y por quienes debían protegerla”

Las especialistas de DOVIC marcaron la necesidad imperiosa de adquirir una identidad no relacionada con el entorno para no ser encontrada y romper todo lazo "que le recordase el dolor y el horror vivido"

Los derechos humanos y el deber de reparación

En el marco del art. 69 del Código Civil y Comercial de la Nación, la presentación -realizada ante el Juzgado Federal N°1 de Mendoza en el marco de un proceso penal iniciado en mayo- plantea la importancia de entender el nombre de una persona como derecho humano y uno de los pilares fundamentales de la identidad y la conformación de la personalidad. En ese sentido, en el caso se verifica la exigencia legal de “justos motivos” para obtener un cambio registral, entre los que la doctrina ha incluido a aquellas causas graves, razonables y poderosas capaces de violentar el principio de estabilidad del nombre.

El MPF calificó como "idónea" la petición para cumplir con la obligación que tiene el Estado argentino de asegurar la reparación integral del daño sufrido. Y destacó que fue la víctima quien solicitó "al sistema de justicia las medidas que le permitan reconfigurar su proyecto de vida".

Además, la petición del cambio de nombre consagra el deber de reparación que tienen los Estados con las mujeres que han sido víctimas de violencia de género -en particular, de violencia sexual-. Esta obligación de reparar a las víctimas de violaciones de derechos humanos incluye el acceso a los mecanismos de justicia y a un resarcimiento, reparación del daño u otros medios de compensación justos y eficaces –de acuerdo a los artículos 4.d de la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, y 7.g de la Convención de Belém do Pará).

En este sentido, el dictamen fiscal sostiene que esta petición “resulta idónea para cumplir con la obligación que tiene el Estado argentino de asegurar la reparación integral del daño sufrido por una mujer que ha sido víctima de violencia sexual en su niñez. En efecto, es la propia víctima quien solicita al sistema de justicia las medidas que le permitan reconfigurar su proyecto de vida a través de la construcción y reconocimiento legal de una nueva identidad. La decisión que se pretende busca entonces no sólo compensar el daño producido por sus vivencias a través de la apropiación de sus derechos -vinculados, tal como se ha dicho, con su autonomía, su sexualidad y su dignidad- sino que también intenta impedir el permanente regreso a la posición subjetiva que implica mantener su nombre anterior con la consecuente revictimización que debe sufrir día a día”.

La mujer ratificó la presentación mediante una audiencia celebrada por la plataforma ZOOM. Asimismo, la fiscalía federal solicitó recientemente la declaración indagatoria de sus tratantes y abusadores.