18 de septiembre de 2024
18 de septiembre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervienen la Fiscalía Federal N°1 de la provincia, UFEM y DOVIC
Santiago del Estero: confirmaron el procesamiento a un sargento de la Policía Federal por abuso sexual
La decisión la tomó la Cámara Federal de Tucumán. El integrante de la Unidad Operativa de la Delegación provincial de la Policía Federal Argentina había sido procesado en mayo del año pasado por el delito de "abuso sexual simple agravado por ser cometido por parte de un integrante de la fuerza de seguridad en ocasión de sus funciones".

La Cámara Federal de Tucumán confirmó el viernes pasado el procesamiento de un sargento de la Policía Federal Argentina acusado por el delito de "abuso sexual simple agravado por ser cometido por parte de un integrante de la fuerza de seguridad en ocasión de sus funciones". En la causa, interviene la Fiscalía Federal N° 1 de Santiago del Estero, a cargo de Pedro Eugenio Simón.

En mayo de 2022, el juez federal Guillermo Molinari había procesado al integrante de la Unidad Operativa de la Delegación provincial de la Policía Federal Argentina (PFA) y lo había embargado por 100 mil pesos. Además, el magistrado del Juzgado Federal N°1 de Santiago del Estero había hecho lugar a lo pedido por el Ministerio Público Fiscal y había exhortado a que todos los integrantes de la guardia interna de la Unidad Operativa realicen la capacitación exigida por la ley 27.499, conocida como "Ley Micaela" y que dispone la capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado. Cabe destacar que fue el primer antecedente sobre esta disposición en la provincia.

La defensa del imputado apeló la decisión: sostuvo que la denunciante nunca sufrió acoso, que la conducta fue de "bullying" y que se iniciaron actuaciones administrativas para "revisar su accionar y arbitrar los mecanismos para mejorar el ambiente laboral". Añadió que si bien esa conducta ocasionó en la victima "una sensación de desprotección" no podía inferirse que esa conducta configurara un tipo penal.

Los jueces Ricardo Sanjuan, Mario Rodolfo Leal y la jueza Marina Cossio repasaron la denuncia realizada por la denunciante y las declaraciones de diversos testigos. "Los múltiples testimonios presentados en el proceso, tanto en sede administrativa como en la fiscalía y en el Juzgado Federal ofrecieron información relevante acerca de la conducta del acusado y del contexto de hostigamiento y acoso sexual que la denunciante experimentó tanto en su trabajo como fuera de él. De este modo, se puede inferir que los tocamientos que habría efectuado M. tuvieron una connotación sexual", sostuvieron.

Mencionaron también los informes de la Secretaría de Derechos Humanos y de la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas que dieron cuenta del impacto que tuvieron los hechos denunciados en la vida cotidiana de la víctima. Analizaron además los mensajes que el hombre le envió a la denunciante y concluyeron que todas las evidencias respaldan la versión de la mujer.

"Es importante recordar que en los delitos contra la integridad sexual el testimonio de la víctima resulta la prueba dirimente, toda vez que son hechos que por su propia naturaleza suelen tener lugar en ámbitos de intimidad y confianza, exentos de las miradas de terceros", explicaron. "Lo expuesto conduce a afirmar que el juez de grado efectúo un análisis correcto de las circunstancias del caso. Por lo tanto, teniendo en cuenta las razones expuestas y la valoración de las pruebas objetivas presentadas en el expediente, es posible asegurar, con el grado de provisoriedad que habilita esta etapa procesal, que resulta acertada la calificación atribuida al encartado", concluyeron los camaristas.

La investigación 

La causa a cargo del fiscal federal Simón contó con el trabajo de la Coordinadora del Área de Trata de Personas, Andrea Ledesma Piga y Luciana Cano quienes llevaron adelante la instrucción. En el expediente, se recibieron más de 20 testimonios que dieron cuenta de los hechos de violencia sexual denunciados por la víctima. A raíz de ello, el fiscal solicitó la intervención de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM) y de la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas (DOVIC).

El 10 de mayo de 2021, una agente de la PFA se presentó en la sede del MPF de Santiago del Estero y relató haber sufrido episodios de violencia y abuso sexual en su lugar de trabajo. Con asistencia y contención brindada por la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia, contó que los hechos ocurrieron en enero y marzo de 2021, en la guardia interna de la Unidad Operativa de la Delegación provincial de la Policía Federal Argentina.

La victima relató que comenzó a observar ciertas actitudes por parte del sargento que la incomodaban, comentarios inadecuados sobre su persona y acerca de su cuerpo, acompañados de gestos lascivos. A los comentarios se sumaron tocamientos en el interior de la dependencia, que generalmente tenían lugar en el horario de la siesta. Sostuvo que cuando ingresaba a la oficina de la guardia, desde la cocina, el imputado estaba sentado próximo a la puerta y aprovechaba el momento en que ella pasaba para deslizar sus manos por sus piernas, lo que hacía con cautela para que sus compañeros no lo observaran. El último episodio de este tipo ocurrió en el interior de un vehículo policial.

Para el MPF, los hechos habrían sucedido en el marco de un contexto generalizado de "inconductas hacia el personal femenino –siempre de rango inferior al del imputado-". La fiscalía señaló en su dictamen que los relatos, tanto en sede judicial como administrativa, fueron constatados con lo denunciado y solicitó que la prueba sea analizada "cuidadosamente y con perspectiva de género".

“Lo sucedido a la víctima no es una cuestión de 'bromas' o 'trato común entre colegas' o 'entre amigos' como quiso hacer creer la defensa, sino que se trataron de hechos específicos de violencia y abuso en un contexto laboral, y por ello resulta necesario dejar de naturalizar este tipo de conductas, más cuando las realiza un comisario de la fuerza de seguridad", remarcó. El fiscal sostuvo que la denunciante no es la única mujer en la fuerza que indicó estos comportamientos por parte del imputado aunque si fue la única que "se animó a denunciarlo a pesar del temor y las represalias en su contra".

“Debemos recordar que en autos se investigan hechos encuadradas con violencia de género y pesa sobre el Estado –y en este caso la Justicia- actuar con la debida diligencia reforzada para prevenir, sancionar y erradicar hechos de violencia contra las mujeres", puntualizó el MPF.

En el dictamen, se hizo foco en las obligaciones internacionales en materia de género que nacen de la Convención Americana de Derechos Humanos y de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belém do Pará”. Consideró entonces que, en un contexto de violencia, subordinación y discriminación histórica contra las mujeres, los compromisos internacionales “imponen al Estado una responsabilidad reforzada” y que por ello resultaba importante que se tengan en cuenta estos parámetros en todas las etapas del proceso.