29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Requerimiento de la Fiscalía Criminal y Correccional Federal N°7
Solicitaron enjuiciar al músico Gustavo Cordera por incitación a la violencia contra las mujeres
La investigación se inició por una denuncia del Consejo Nacional de las Mujeres de la Presidencia de la Nación, luego que el imputado afirmara –en el marco de una charla a estudiantes de la Escuela de Periodismo TEA- que hay mujeres que necesitan “para tener sexo ser violadas”.

El titular de la Fiscalía Criminal y Correccional Federal N°7, Ramiro González, solicitó al responsable del Juzgado Federal N°6, Rodolfo Canicoba Corral, que eleve a juicio oral y público la investigación seguida contra el músico Gustavo Cordera por el delito de incitación pública a la violencia colectiva contra grupos de personas o instituciones, tipificado en el artículo 212 del Código Penal de la Nación.

El proceso contra Cordera se inició por una denuncia efectuada por la presidente del Consejo Nacional de las Mujeres de la Presidencia de la Nación, María Fabiana Túnez, a raíz de que el músico -en el marco de una entrevista con estudiantes de la Escuela de Periodismo TEA, en agosto de 2016- hubiera incitado a la violencia contra las mujeres al declarar que éstas “deberían ser violadas en caso de ser ´histéricas´ y asimismo en caso de que tengan 13 años de edad deberían los adultos poder tener relaciones con ellas ya que lo contrario sería ´una aberración de la ley´ o una injusticia”.

En su requerimiento de elevación a juicio, el fiscal González sostuvo que los dichos de Cordera “advierte(n) con claridad la posición de desigualdad en la que ubica a las mujeres señalando que ellas pos su histeria son incapaces de poder manifestar su voluntad de mantener o no relaciones sexuales, siendo el hombre quien debe decidir por ellas violándolas y asimismo que no deberían existir restricciones etarias –en relación con la víctima- si el hombre decide que quiere tener relaciones sexuales con una mujer”.

Asimismo, el representante del Ministerio Público Fiscal explicó también que las afirmaciones del músico “incitan a violar a aquellas mujeres  ´histéricas´, y que las coloca en una posición en el que por solo hecho de serlo se encuentran incapacitadas para poder decidir libremente sobre su vida sexual". Concluyó que los dichos del cantante constituyen una grave violación al derecho a la dignidad intrínseca de las personas y, en ese sentido, recordó que el Estado Argentino es signatario de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer –Convención de Belem do Pará que establece el derecho de toda mujer a vivir una vida libre de violencia.

Incitación pública a la violencia

La conducta imputada a Gustavo Cordera está tipificada en el artículo 212 del Código Penal de la Nación, que prevé una pena máxima de seis años de prisión. La incitación pública a la violencia demanda que el autor lleve adelante una acción de incitar de manera pública -en este caso los dichos frente a una cámara en un auditorio donde los alumnos y periodistas están registrando las afirmaciones del imputado- al ejercicio de la violencia –“la violación”-  contra personas –“las mujeres”- o instituciones determinadas.

En este marco, el fiscal entendió que el cuerpo probatorio recolectado resultaba suficiente para dar concluida la etapa de instrucción, con el grado de certeza que requiere, y solicitar la elevación a juicio de la investigación.