El fiscal Fernando María Klappenbach solicitó hoy penas que van de los cuatro años y ocho meses a los trece años de prisión para cinco de los involucrados en el abuso sexual agravado de una joven ocurrido en la tarde del 28 de febrero de 2022 en el barrio porteño de Palermo.
En su alegato, además, consideró a uno de ellos como autor de las amenazas contra dos testigos de la situación mientras que señaló a otro de los imputados como el autor de las lesiones leves un hombre que se encontraba utilizando su teléfono celular en las inmediaciones el día de los hechos.
Por otra parte, la fiscalía le requirió a los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº14 que, una vez que quede firme el fallo, se remita al Banco de Datos Genéticos el perfil genético obtenido en la investigación de los cinco imputados, de acuerdo a lo previsto en la Ley N°26.879, que creó el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.
El juicio oral comenzó el 28 de agosto pasado e intervinieron tanto Klappenbach, en su carácter de titular de la Fiscalía N° 14 ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional, el auxiliar fiscal Francisco Figueroa y la Unidad Fiscal Especializada de Violencia contra las Mujeres (UFEM).
En diversas audiencias se produjo tanto la prueba testimonial como pericial y el 27 de octubre pasado se inició la etapa de alegatos con la exposición del abogado de la querella que representa a la víctima. Tras la acusación llevada adelante hoy por la fiscalía, en las próximas audiencias expondrán las defensas de las personas imputadas.
En la causa, intervino desde el inicio la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas (DOVIC) en la asistencia a la víctima.
Las penas solicitadas y las calificaciones
Para Ángel Pascual Ramos, la fiscalía requirió la pena de 13 años de prisión al considerarlo coautor del “abuso sexual con acceso carnal agravado por la intervención de dos o más personas”. Por ese mismo delito, solicitó que se condene a 12 años de prisión a Lautaro Dante Ciongo Passotti.
Con respecto a Thomas Fabián Domínguez, el MPF pidió una condena de 10 años de prisión por considerarlo coautor del abuso sexual agravado y responsable del delito de amenazas. Para Steven Alexis Cuzzoni solicitó la pena de 9 años y 6 meses de prisión, a quien también acusó en carácter de coautor del abuso sexual agravado.
En tanto, para Ignacio Retondo la fiscalía solicitó la imposición de una pena de 4 años y 8 meses de prisión, como partícipe secundario del delito de abuso sexual agravado. Por último, si bien solicitó la absolución por duda de Franco Jesús Likan con respecto a su rol en la agresión sexual, requirió una pena de seis meses de prisión al considerarlo responsable de las lesiones leves a un testigo.
En el petitorio, la representación del MPF consideró que se debe absolver por duda a Ramos, Retondo, Cuzzoni y Likan por las amenazas sufridas por dos de los testigos. La misma solución consideró que debe tomarse en relación con las lesiones respecto de los imputados Pascual Ramos, Retondo, Cuzzoni, Ciongo Passotti y de Domínguez.
El hecho y la valoración del MPF
El 28 de febrero la víctima y un amigo concurrieron a un boliche de música electrónica, en la zona de Palermo, donde conocieron a dos de los imputados. Cuando el local cerró, fueron con ellos a una plaza a tomar algunas bebidas alcohólicas junto con otras personas.
Cerca de las 11.00 de la mañana, de acuerdo a lo que pudo reconstruirse en el alegato, ese grupo se encontró con los otros cuatro imputados. Alrededor de las 14.45, aprovechándose del estado de “vulnerabilidad química” en el que se encontraba la joven, los implicados en la agresión sexual la llevaron hasta un auto que estaba estacionado en la intersección de las calles Serrano y Cabrera, donde abusaron de ella.
Esto fue advertido por una empleada de un local, que fue quién llamó al servicio de emergencias 911. Ella y su esposo fueron amenazados en ese momento, circunstancia en la cual también terminó lesionado otro de los testigos.
En su extenso alegato, el MPF repasó la prueba testimonial, informativa, documental y pericial, así como también hizo foco en las cámaras de seguridad de la zona que captaron lo sucedido desde la mañana hasta el momento de la agresión y la llegada de la Policía de la Ciudad. En esos elementos fundó los pedidos de pena.