03 de diciembre de 2024
03 de diciembre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Interviene la Unidad Fiscal de Derechos Humanos de esa ciudad
Bahía Blanca: el Tribunal fijó las pautas para la reanudación del juicio a cuatro miembros de la Triple A
Los imputados están acusados por los delitos de homicidio y asociación ilícita, según cada caso, en el marco del terrorismo de Estado instrumentado a partir de 1974.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca dispuso de las medidas necesarias para la reanudación del juicio postergado, a raíz de la pandemia, a cuatro integrantes de la organización paraestatal Triple A. Los acusados se encuentran señalados por los delitos de homicidio y asociación ilícita, según cada caso, en el marco del terrorismo de Estado instrumentado a partir de 1974 por las fuerzas armadas junto a civiles.

Según la disposición del Tribunal, las audiencias de debate se realizarán en el aula magna de la Universidad Nacional del Sur, a puertas cerradas, a fin de cumplir con el distanciamiento social entre los presentes, entre otras medidas, con el mismo fin. Previo a fijar la fecha de reanudación, se dio traslado a las partes para que expusieran las objeciones y solicitaran las medidas que consideraran pertinentes. Las audiencias seguirán una modalidad mixta, participando por conexión virtual remota todas las personas pertenecientes a población de riesgo o que opten por dicha alternativa.

A su vez, el Ministerio Público Fiscal -a través de la Unidad de Asistencia para Causas por Violaciones a los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado, representada por Miguel Palazzani, Pablo Fermento y José Nebbia- compartió las pautas fijadas por el tribunal. Además solicitaron medidas adicionales para reforzar la seguridad y tranquilidad de víctimas, familiares y testigos, y requirieron la fijación de fecha de debate. El juicio había comenzado el 9 de marzo y fue interrumpido por el aislamiento obligatorio.

Entre otras pautas, se pidió que se tenga en cuenta el carácter especial que, en estos procesos, reviste el acto de declaración presencial ante el tribunal, para muchas víctimas sobrevivientes y familiares convocados como testigos; al respecto, marcaron que debe tomarse en consideración su voluntad en cuando a la modalidad de participación en la audiencia. También se señaló la necesidad de asegurar la transmisión pública de las audiencias, en vista de la importancia simbólica que estos procesos mantienen en función de los intereses generales y comunitarios comprometidos en su realización.

Cabe recordar que, al requerir la elevación a juicio de la causa, la fiscalía había calificó los crímenes de los acusados como de lesa humanidad y genocidio. Se encuentran señalados por ellos Roberto Aceituno, Juan Carlos Curzio, Héctor Ángel Forcelli y Osvaldo Omar Pallero. También había sido procesado Héctor Oscar Chisú que murió antes de llegar a juicio y fue declarada extinta la acción penal en su contra. Aceituno es quien se encuentra acusado “de homicidio agravado por haber sido cometido con alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas”, por el asesinato del militante estudiantil David Hover "Watu" Cilleruelo. La víctima fue asesinada el 3 de abril de 1975 de un disparo en la cabeza en un pasillo del ala de Ingeniería de la UNS (Universidad Nacional de Sur). Se encontraba en una convocatoria a alumnos para la asamblea de delegados de Centros de Estudiantes, que tenía como objetivo revalidar las autoridades de la Federación Universitaria que conducía.

El TOF hizo alusión al deber “impostergable e irrenunciable que tiene el Estado de investigar, identificar y sancionar a los autores de las violaciones a los derechos humanos”

Resolución del Tribunal

En su resolución, los jueces recordaron el pronunciamiento de la Cámara Federal de Casación Penal, en la que recomendaba a “los tribunales orales que tengan en trámite juicios cuyo objeto de investigación fueran hechos calificados como delitos de lesa humanidad, y cuya conclusión fuera posible por vía remota y/o sin gran desplazamiento de participantes, a que procedan en consecuencia, con observancia de las medidas emanadas de la autoridad sanitaria”.  También se citó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la instrumentación del “protocolo para la tramitación de causas judiciales durante la feria extraordinaria, el referido a la convocatoria de funcionarios y empleados y lo más importante, el que establece las medidas de higiene y seguridad para el Poder Judicial de la Nación”.

"Watu" Cilleruelo fue asesinado de un disparo en la cabeza el 3 de abril de 1975, en un pasillo del ala de Ingeniería de la UNS (Universidad Nacional de Sur)

De esta manera, el Tribunal tuvo en cuenta el tiempo transcurrido desde la comisión de los hechos y señaló “la obligación de extremar los recaudos y considerar las alternativas que permitan continuar con los procesos, siempre bajo la condición necesaria de garantizar los derechos de las partes”. Asimismo, el TOF hizo alusión al deber “impostergable e irrenunciable que tiene el Estado de investigar, identificar y sancionar a los autores de las violaciones a los derechos humanos”, en el marco del cumplimiento “de las medidas sanitarias dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional (...), garantizando el cuidado de la salud de todas las personas que se vean involucradas en el desarrollo del juicio”.

En este mismo sentido se había manifestado el Ministerio Público Fiscal, cuando consideró que “están dadas las condiciones para la reanudación del debate oral y público en la presente causa, siempre y cuando se adopten rigurosamente las medidas previstas en el Protocolo de medidas de prevención, higiene y seguridad para el Poder Judicial de la Nación por la pandemia de Covid-19”.