12 de diciembre de 2024
12 de diciembre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El empresario periodístico acusado de crímenes contra la humanidad
Bahía Blanca: la Cámara ordenó que Massot debe comparecer a defenderse de las imputaciones
El director del diario La Nueva Provincia deberá presentarse a ejercer su descargo en la causa en la que se lo investiga por su participación en secuestros, torturas y homicidios. Esa instancia había sido solicitada por el propio Massot cuando supo que se lo estaba investigando. El juez estará habilitado a detenerlo en el acto.

La Cámara Federal de Bahía Blanca revocó la resolución del juez subrogante Santiago Ulpiano Martinez y ordenó que el director del diario La Nueva Provincia de Bahía Blanca, Vicente Massot, comparezca ante un juez y se defienda de las imputaciones por su participación en crímenes durante la dictadura.

La decisión del tribunal de alzada revirtió un pronunciamiento del juez Martínez, quien había señalado que no tenía elementos para convocar como imputado al directivo del diario, que fue acusado por los fiscales Miguel Ángel Palazzani y José Nebbia como integrante de "una asociación ilícita con el objetivo criminal de eliminar un grupo nacional”, para lo cual habría contribuido desde el multimedio actuando “de acuerdo a las normativas y directivas castrenses y en cumplimiento de tales”.

Puntualmente, Massot está  acusado de los homicidios de los obreros gráficos Enrique Heinrich y Miguel Ángel Loyola, para los que -según la fiscalía- prestó "aportes indispensables para su concreción material y encubrió a sus autores inmediatos”, y por haber efectuado “aportes esenciales”, que “consistieron en el ocultamiento deliberado de la verdad”, en los secuestros, torturas y homicidios de otras 35 personas.

En efecto, la causa llegó a la Cámara Federal tras la apelación de los fiscales a la decisión de Martínez. Con este fallo, firmado por los jueces Pablo Candisano Mera y Ángel Alberto Argañaraz, Massot debe presentarse en el juzgado a hacer su descargo en los términos del artículo 279 del Código Procesal Penal de la Nación, que -por sus efectos- prevé una declaración similar a una indagatoria.

Sucede que el empresario periodístico había solicitado declarar en esos términos porque la formación de la causa en la que se lo investigaba era un hecho público, consecuencia de la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca durante el primer juicio oral llevado a cabo en aquella ciudad entre 2011 y 2012, por crímenes cometidos en el ámbito del V Cuerpo del Ejército.

El artículo 279 del Código Procesal federal -invocado por Massot- prescribe que quien presume que está siendo investigado "podrá presentarse ante el juez competente a fin de declarar" y agrega que "si la declaración fuere recibida en la forma prescripta para la indagatoria, valdrá como tal a cualquier efecto. La presentación espontánea no impedirá que se ordene la detención, cuando corresponda".

La Cámara resolvió de ese modo porque entendió que el juez Martínez no había dado tratamiento a la solicitud inicial de Massot, pese a que luego los fiscales lo imputaron formalmente. Por eso, al revocar la medida del juez de instrucción, los camaristas dejaron en pie la obligación de Massot de presentarse a realizar su descargo.

"Lo cierto y concreto es que el escenario que se abre luego de esta resolución pone a Vicente Massot por primera vez delante de un juez y dos fiscales para que brinde explicaciones de la conducta del diario La Nueva Provincia y del mismo Massot durante el terrorismo de Estado en nuestro país", señalaron los fiscales Miguel Ángel Palazzani y José Nebbia a Fiscales.

Ahora un juez deberá escuchar el descargo de Massot, aunque se supone que no será Martínez, quien ya tuvo oportunidad de valorar las pruebas de la causa y señaló que a su criterio no eran suficientes para el llamado a indagatoria, lo cual lo invalida para actuar en esta nueva instancia.