20 de abril de 2024
20 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Juicio oral en La Plata
Caso Iaccarino: Los fiscales pidieron 11 y 13 años de prisión para dos comisarios
Les imputaron secuestro coactivo y tormentos cometidos contra los tres hermanos empresarios, y consideraron que los delitos fueron perpetrados para desapoderar a las víctimas de parte de sus bienes.

Los fiscales Hernán Schapiro y Gerardo Fernández solicitaron esta tarde penas de 11 y 13 años de prisión para el jefe y el subjefe de la Brigada de Investigaciones de Lanús, los comisarios de la Policía bonaerense Bruno Trevisán y Jorge Rómulo Ferranti, por el delito de "secuestro coactivo en concurso real con tormentos" cometido en perjuicio de los hermanos Rodolfo, Alejandro y Carlos Iaccarino, quienes durante su cautiverio durante la última dictadura sufrieron el desapoderamiento de parte de sus bienes.

Los fiscales precisaron que los hechos "se vinculan directamente con la transferencia compulsiva del dominio de dos fracciones de campo y un avión ejecutivo de propiedad de la familia" y calificaron esos crímenes "como violatorios del Derecho de Gentes, en particular como delitos de lesa humanidad".

El juicio comenzó el 15 de mayo ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº1 de La Plata, que tiene previsto dar a conocer el veredicto el próximo lunes 3 de junio.

Schapiro y Fernández, integrantes de la Unidad Fiscal que interviene en todas las instancias de los juicios por violaciones a los derechos humanos durante la dictadura en los tribunales platenses, expusieron alrededor de dos horas ante los jueces Pablo Jantus, Pablo Vega y Carlos Rozanski.

Para la solicitar la pena los fiscales tuvieron en cuenta  "la gravedad de los hechos enrostrados"; "el grado de reiteración delictiva"; que "las acciones delictuosas se hayan llevado a cabo junto a numerosos copartícipes y particularmente poniendo en estado de absoluta indefensión a las víctimas"; "la circunstancia de haber aprovechado para su actuación los medios puestos a su disposición por el Estado"; y "la extensión del daño causado por los hechos cometidos, que se explayan intergeneracionalmente y socialmente hasta niveles difíciles de precisar".

Los hermanos Rodolfo y Carlos Iaccarino fueron secuestrados el 4 de noviembre de 1976 en Santiago del Estero, mientras que el mismo día Alejandro fue detenido ilegalmente junto a su madre en la Capital Federal. Durante su cautiverio, los hermanos pasaron por varias comisarías de la Policía Federal, por el centro clandestino COTI Martínez (en San Isidro), por la Brigada de Investigaciones de Lanús y por la Unidad Penitenciaria N°9 de La Plata, de donde fueron liberados en septiembre de 1978.

Ese itinerario pudo ser reconstruido a lo largo de la investigación. En base a las pruebas testimoniales y documentales recogidas, los fiscales describieron en su alegato que "los hermanos Iaccarino fueron sacados de la Comisaría 23 de la Policía Federal el 27 de mayo de 1977", trasladados por un camión que se dirigía a la U9 de La Plata pero que "supuestamente 'se rompe' y en consecuencia cambia de destino, y son llevados al COT I de Martínez, en donde fueron severamente torturados. Allí estuvieron secuestrados alrededor de 40 días. Luego fueron trasladados a la Brigada de Investigaciones de Lanús, el 6 de julio de 1977, para luego ser despojados en este último lugar de sus bienes".

Los hermanos Iaccarino estuvieron en la Brigada de Lanús hasta enero de 1978. Mientras transcurrían su cautiverio en esa dependencia policial del denominado Circuito Camps, fueron llevados a la oficina de Ferranti, donde se hizo presente una escribana y dos personas que pensaban comprar sus bienes.

Por entonces prósperos empresarios, los hermanos declararon que fueron obligados a vender -con la amenaza de que serían arrojados al Río de La Plata- unas 25 mil hectáreas de campo y un avión. Los compradores les prometieron un pago que nunca se concretó.

La discusión en el debate -y la expectativa en la sentencia- está especialmente centrada en la posible condena por la privación ilegal de la libertad, en la modalidad del secuestro coactivo, dado que los hermanos estaban detenidos e imputados en una causa federal por presunto “monopolio de carnes” y a disposición del juez federal platense Leopoldo Russo, quien los indagó en la Brigada junto a su secretaria, Ana Beatriz Aparicio.

En esa línea, los fiscales consideraron que aquella causa judicial fue “un aparente manto de legalidad” y que el "desapoderamiento fue el fin principal que tuvieron los perpetradores de la retención ilegal y los tormentos sufridos por las víctimas".

Los fiscales explicaron que la diferencia en la pena solicitada para el jefe (11 años) y el subjefe de la Brigada (13 años) está dada en que, si bien ambos tenían la misma responsabilidad, Ferranti tuvo "mayor influencia para el progreso del plan de acción". En ese sentido, los miembros de la Unidad Fiscal ponderaron que Ferranti había sido visto en el centro de tortura COTI Martínez, donde estuvieron previamente los hermanos Iaccarino, y que la operación de transferencia de los bienes se llevó a cabo en su despacho.

En el final del alegato, los fiscales solicitaron al tribunal que remita constancias de lo actuado en el juicio a la causa en la que se investiga el desapoderamiento de los bienes, que está radicada en el Juzgado Federal Nº3 de La Plata. También requirieron que se remitan copias al Juzgado Federal de Santiago del Estero para que se investigue a los responsables de los secuestros de Carlos y Rodolfo Iaccarino en aquella provincia.