El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°5 de San Martín condenó por unanimidad ayer a 25 años de prisión a cuatro exintegrantes de la Fuerza Aérea Argentina por crímenes de lesa humanidad perpetrados en perjuicio de 111 víctimas en la zona oeste del conurbano bonaerense durante la última dictadura cívico-militar. El fallo se dio en línea con los pedidos de pena que había formulado el Ministerio Público Fiscal.
Las penas recayeron sobre el exteniente primero de la I Brigada Aérea de El Palomar, Juan Carlos Herrera (79); el excabo primero de la misma unidad, José Juan Zyska (71); el excapitán de la VIII Brigada Aérea de Moreno, Ernesto Rafael Lynch (82); y el excabo principal de la Regional de Inteligencia Buenos Aires (RIBA), Julio César Leston (79).
El juicio había comenzado en agosto de 2024 y estuvo a cargo del tribunal integrado por las juezas María Claudia Morgese Martín y Silvina Mayorga y el juez Walter Venditti.

El fiscal Félix Crous (a la izquierda) y el juez Walter Venditti (a la derecha). Foto: captura de Zoom
En representación del Ministerio Público Fiscal intervinieron el fiscal federal Félix Crous y la auxiliar fiscal Nuria Piñol, de la Unidad de Asistencia para causas por Violaciones a los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado (UAVDDHH).
Delitos de lesa humanidad
En el veredicto, el tribunal declaró que todos los hechos juzgados constituyeron delitos de lesa humanidad y rechazó un planteo de prescripción formulado por una de las defensas.
Los cuatro acusados fueron condenados como coautores, según cada caso, por hechos de privación ilegal de la libertad agravada, privaciones ilegales de la libertad prolongadas por más de un mes, tormentos agravados por tratarse de perseguidos políticos, abusos sexuales, violaciones y coacciones.
Los delitos por medios sexuales no estaban contemplados originalmente en la acusación y se incluyeron en virtud de un pedido de ampliación de la acusación durante el debate por parte de la Fiscalía y las querellas (art. 381 CPPN).
También se condenó a Leston por hechos de coacciones, dado que luego de la liberación de dos hermanas que habían sufrido secuestro, torturas y abusos sexuales, las vigilaba constantemente, se presentaba en su casa armado, las amenazaba para que dejaran la militancia y obligaba a una de ellas a recorrer en auto la zona, y le exhibía álbumes de fotos de personas buscadas.
La sentencia también recordó que queda pendiente de realización un “juicio por la verdad” por los hechos que no pudieron ser juzgados en virtud del fallecimiento, al inicio del juicio, del imputado Juan Carlos Vázquez Sarmiento, excabo de la Fuerza Aérea, tal como fue solicitado por la fiscalía y las querellas.
El veredicto se leyó a sala llena frente a todas las partes con los imputados presentes. Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el 26 de junio próximo, a las 13.15.
El detalle de las condenas
Herrera fue condenado por:
- 47 hechos de privación ilegal de la libertad agravada por mediar violencia o amenazas;
- 24 hechos de privación ilegal de la libertad agravada por haber mediado violencia o amenazas y por haberse extendido más de un mes;
- 71 hechos de tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima;
- abuso deshonesto agravado en perjuicio de seis víctimas;
- y abuso sexual con acceso carnal —violación— mediante el uso de fuerza o intimidación agravado en perjuicio de ocho víctimas.
- Se lo absolvió en un caso de abuso sexual, por mayoría del tribunal.
Zyska fue condenado por:
- 13 hechos de privación ilegal de la libertad agravada;
- 17 hechos de privación ilegal de la libertad agravada y prolongada;
- 30 hechos de tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima.
Lynch fue condenado por:
- 17 hechos de privación ilegal de la libertad agravada;
- 12 hechos de privación ilegal de la libertad agravada y prolongada;
- 29 hechos de tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima;
- abusos deshonestos agravados en perjuicio de dos víctimas;
- y abuso sexual con acceso carnal –violación- agravado en perjuicio de una víctima.
Leston fue condenado por:
- 16 hechos de privación ilegal de la libertad agravada;
- 8 hechos de privación ilegal de la libertad agravada y prolongada;
- 24 hechos de tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima;
- y 2 hechos de coacción.
Medidas accesorias y el cumplimiento de la pena
El tribunal también dispuso otras medidas que fueron solicitadas por la fiscalía. Se ordenó comunicar la sentencia al Ministerio de Defensa de la Nación para que se inicie el proceso de baja por exoneración de los condenados y la suspensión del goce de retiros, jubilaciones o pensiones que pudieran percibir, en función del artículo 12 del Código Penal.
Asimismo, ordenó informar al Registro Nacional de Armas para el retiro de toda arma que posean. También que se remitieran actuaciones al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°3, para que continúen las investigaciones por hechos nuevos.
Si bien la fiscalía había solicitado en su alegato que se revocaran los arrestos domiciliarios de los cuatro imputados, el tribunal —en este caso por mayoría— no dispuso cambios inmediatos en la modalidad de cumplimiento de las penas y remitió esa cuestión a los incidentes ya tramitados y a lo que se resuelva en la etapa de ejecución, una vez firme la sentencia.
Reparación histórica y otras medidas
En otro tramo del fallo, el TOF N°5 ordenó la reparación histórica del legajo laboral de Horacio Silvio Fleischman, médico del Hospital Municipal Mariano y Luciano de la Vega de Moreno, cuya cesantía había sido dispuesta durante el terrorismo de Estado. El nombrado debió exiliarse con su familia en Estados unidos, luego de su secuestro, desde donde declaró por primera vez en este juicio.
Para ello, remitió copia de la sentencia a la Municipalidad de Moreno a fin de que adopte las medidas correspondientes conforme a la normativa vigente.
Además, puso a disposición de la querella de la Asociación Civil Moreno por la Memoria, los registros audiovisuales del debate y documentación vinculada con peticiones de esa parte y pedidos de investigación sobre restos materiales en la actual VII Brigada Aérea de Moreno.

El Tribunal Oral Federal N°5 de San Martín, integrado por las juezas María Claudia Morgese Martín y Silvina Mayorga y el juez Walter Venditti, durante la lectura del veredicto. Foto: captura de Zoom
El circuito represivo de la zona oeste
Los hechos probados en el juicio ocurrieron en el ámbito territorial de la denominada la Subzona Militar 16, donde funcionó el circuito represivo compuesto por diversos centros clandestinos de detención y exterminio como la Regional de Inteligencia Buenos Aires (RIBA), con asiento en Morón; la casona de Morón conocida como “Mansión Seré”, la I Brigada Aérea de El Palomar, la VII Brigada Aérea de Morón, la VIII Brigada Aérea de Moreno y varias dependencias policiales, principalmente las comisarías de Castelar y Moreno, la subcomisaría de Francisco Álvarez y el Destacamento de Paso del Rey.
Si bien lo sucedido en Mansión Seré, la Comisaría de Castelar y en RIBA ya había sido abordado en tramos anteriores, en este debate se incluyeron por primera vez hechos que no habían sido juzgados antes, vinculados a la VIII Brigada Aérea de Moreno, la comisaría de Moreno, la subcomisaría de Francisco Álvarez y el Destacamento de Paso del Rey. De esta manera, se probó que esos sitios funcionaron como centros clandestinos de detención y tortura.
Los alegatos de la fiscalía
Durante el alegato fiscal de marzo pasado, la auxiliar fiscal Nuria Piñol sostuvo que las víctimas “no sólo fueron sometidas a violencia física”, sino también a una “tortura psicológica” como elemento central.
“Los represores generaron un estado de terror total, que provocó en las víctimas mucho miedo y sentimientos de vulnerabilidad, con el objeto de someterlas y quebrar su voluntad como militantes políticos”, describió Piñol.
Por su parte, Crous remarcó que los imputados eran funcionarios públicos que ocuparon cargos en la estructura militar y de inteligencia de la Fuerza Aérea. “Lejos de ejercer como funcionarios públicos para la defensa de la nación, utilizaron sus cargos para la persecución ilegal de un sector de la sociedad que no comulgaba con los valores e intereses que promovía la dictadura militar”, remarcó.