28 de abril de 2024
28 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervención de la Unidad Fiscal Federal de La Plata
Condenaron a prisión perpetua a un expolicía y al exministro Smart por el homicidio de un hombre y el secuestro de una familia y el robo de sus bienes
El exefectivo de la comisaría de Berazategui y el exministro de Gobierno provincial fueron considerados como autores directo y mediato del homicidio de Horacio Orue y la privación ilegal de la libertad seguida de tormentos de Raúl Ernesto Aguirre, Marcelina Juani y sus hijos Marcelo Adolfo Juani y Ariel Bernardo Juani. El tribunal dispuso la señalización como sitio de Memoria de la Comisaría Primera de Berazategui donde ocurrieron parte de los hechos. Los fundamentos se conocerán en marzo.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de La Plata condenó a prisión perpetua al ex policía bonaerense de la comisaría de Berazategui Juan Humberto Keller y al exministro de Gobierno provincial, Jaime Lamont Smart, por su responsabilidad en el homicidio de un hombre, la privación ilegal de la libertad de una familia y el robo de sus pertenencias durante la última dictadura cívico-militar. Asimismo, el tribunal integrado por la jueza subrogante Karina Yabor y sus pares, también subrogantes, Ricardo Basílico y Andrés Basso, declararon que los hechos abordados en el juicio son constitutivos de lesa humanidad y fueron cometidos en el marco de un genocidio. El próximo 21 de marzo se darán a conocer los fundamentos.

El tribunal condenó a Keller y a Smart por los delitos de "homicidio calificado por haberse cometido con alevosía con el concurso premeditado de dos o más personas y para lograr la impunidad para sí o para otro"; "privación ilegal de la libertad cometida por funcionarios públicos en abuso de sus funciones agravada por haberse cometida con violencia y amenazas"; "tormentos agravados en todos los casos por ser las víctimas perseguidos políticos"; y por el "robo doblemente agravado por haber sido cometido con armas y en banda". En este marco, el expolícia fue condenado en calidad de coautor material en tanto que el exfuncionario fue considerado coautor mediato.

Además, los jueces dispusieron que se instrumente la señalización de la Comisaria Primera de Berazategui en el cual fueron perpetrados parte de los hechos como sitio de Memoria. En el juicio, intervino el auxiliar fiscal de la Unidad Fiscal Federal de La Plata, Juan Martín Nogueira (que integra dicha unidad junto a la auxiliar Ana Oberlin, y los fiscales generales Hernán Shapiro y Gonzalo Miranda).

El caso Orue

El 22 de abril de 1978, un grupo policial se dirigió a la vivienda de Horacio Wenceslao Orue, en Marcos Avellaneda 3239, de Rafael Calzada. La dirección la obtuvieron luego de secuestrar a Raúl Ernesto Aguirre, a quien torturaron para que indicara el domicilio en el que residía su medio hermano. Tras obtener el dato, se dirigieron al lugar, donde residían también su tía Marcelina y sus primos Marcelo y Ariel Bernardo, de 14 y 9 años. Los agentes se presentaron con múltiples vehículos, vestidos de civil y armados. Tras rodear el lugar, impidieron la salida de los vecinos e ingresaron por la fuerza con armas largas, granadas y sin exhibir orden alguna.

En la vivienda, los victimarios tomaron del cuello a Marcelo Juani y lo obligaron a que los acompañara hasta los fondos, mientras que Marcelina Juani y su hijo Ariel fueron tirados al piso y mantenidos a la fuerza boca abajo. En ese marco, los uniformados utilizaron procedieron a la sustracción de objetos de todo tipo. Asimismo, en el momento del operativo, Orue logró escapar por una ventana, pero fue asesinado instantes después por los agentes policiales.

Posteriormente, Marcelina y sus hijos fueron trasladados a la comisaría de Berazategui . Una vez allí, fueron depositados en el entrepiso que funcionaba como centro clandestino de detención en aquella época y permanecieron por lo menos cuatro días. Las víctimas sufrieron de un trato inhumano en sus días en cautiverio.

Durante su alegato, la fiscalía había señalado sobre la responsabilidad de Keller que “en su carácter de Cabo de la Policía de la Provincia de Buenos Aires -junto al resto de los funcionarios policiales individualizados y siendo parte de un aparato organizado de poder- fue uno de los autores materiales de los hechos objeto de la presente causa".

En tanto sobre Smart, la fiscalía había señalado: "la prueba más inequívoca de esta contribución a los crímenes de lesa humanidad de los mandos políticos de la Policía de la Provincia de Buenos Aires es la infraestructura que aportó para configurar un sistema de redes para el secuestro, tortura y ejecuciones en toda la jurisdicción".