03 de diciembre de 2024
03 de diciembre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
La represión en Libertador General San Martín, Jujuy
Confirman el procesamiento de Blaquier y del encargado de Ledesma en la causa "Aredez"
La Cámara Federal de Salta confirmó el procesamiento y los embargos dictados a Carlos Pedro Blaquier y al ex administrador de Ledesma por la privación ilegal de tres víctimas, entre ellas el ex intendente, Luis Aredez.

La Cámara Federal de Salta confirmó hoy el procesamiento del presidente del Ingenio Ledesma, Carlos Pedro Blaquier, y del ex administrador de la firma, Alberto Lemos, por la privación ilegítima de la libertad agravada del ex intendente de Libertador General San Martín (Jujuy), Luis Ramón Aredez, y de Omar Claudio Gainza y Carlos Alberto Melián.

El fallo, firmado por los camaristas Jorge Luis Villada, Roberto Loutayf Ranea y Federico Santiago Díaz, confirma la resolución en ese sentido del juez federal jujeño Fernando Poviña en la denominada causa "Aredez". La Cámara aún no resolvió en la causa "Burgos", que tiene involucrados a Blaquier y a Lemos en relación a los 26 secuestros sucedidos durante los hechos de la denominada "Noche del Apagón", ocurridos entre el 20 y 27 de julio de 1976.

La causa en la que se pronunció la tribunal de alzada salteño trata los casos de Aredez y Gainza, quienes fueron secuestrados en madrugada del golpe de Estado, el 24 de marzo de 1976, y de Melián, detenido ilegalmente el 9 de abril de aquél año.

Los camaristas, que consideraron a Blaquier cómplice primario de los hechos y a Lemos cómplice segundario, tuvieron por acreditado que "las fuerzas de seguridad operaron aquella madrugada y días posteriores" y que para ello "contaron con la autorización dada, prima facie, para el uso de vehículos de la empresa y que tal asentimiento fue prestado por el Presidente del Directorio (Blaquier) y ejecutado por su Administrador General (Lemos)".

Los jueces consideraron que "tratándose de una empresa de la envergadura y grado de organización que poseía Ledesma, era imposible disponer de sus vehículos y apoyo logístico, sin instrucciones o aquiescencia del Presidente del Directorio".

En ese sentido, dieron por probado que "existió tal colaboración consentida de parte de la empresa" y remarcaron que "nada desmiente la imputación que se formula en cuanto que los vehículos fueron entregados voluntariamente y más aún, al no existir registros de dicha circunstancia y al haberse efectuado los operativos en horas de la madrugada del día en que se produjo el golpe de Estado cabe deducir que había conocimiento de la ilegalidad del operativo” (sic).

En el fallo, la Cámara Federal de Salta tuvo acreditada como móvil de los crímenes la actividad política y sindical de las víctimas, y en particular la de Luis Ramón Aredez, quien cuando fue intendente de Libertador General San Martín obligó a la empresa Ledesma a pagar impuestos al municipio, de lo cual hasta entonces se encontraba eximida

El tribunal también sostuvo los embargos de 1 millón de pesos para Blaquier y de 500 mil pesos para Lemos, dispuestos por el juez Poviña.

En la misma resolución, el tribunal no hizo lugar a la apelación del fiscal jujeño Pablo Pelazzo y de las querellas, quienes había reclamado que Blaquier y Lemos fueran procesados por los delitos de imposición de tormentos y violación del domicilio de las víctimas. En el mismo sentido había dictaminado ante la Cámara Federal el fiscal general Eduardo Villalba al momento de mantener el recurso de apelación.