26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El emblemático caso de los hermanos Ramírez
Confirmaron el procesamiento de cuatro civiles por la apropiación de tres hermanos
La Cámara Federal de La Plata confirmó el procesamiento de dos miembros de un hogar de Banfield, de una ex secretaria judicial y de una psicóloga que intervinieron en la apropiación de los niños desde 1977 y durante seis años, a lo largo de los cuales sufrieron maltratos y abusos sexuales.

La Sala II de la Cámara Federal de La Plata confirmó los procesamientos de la ex titular del "Pequeño Hogar de Belén" de Banfield, de un ex "padrino" de esa institución, de la ex secretaria de un tribunal de menores y de una psicóloga, en la causa por la apropiación en 1977 de los hermanos Alejandro, María Ester y Carlos Ramírez, de entonces 2, 4 y 5 años de edad, tras el homicidio de su madre a manos de fuerzas armadas y de seguridad. El alojamiento de los niños en el hogar, donde padecieron todo tipo de maltratos y abusos sexuales, e incluso les alteraron su identidad, fue dispuesto por orden judicial y se prolongó durante seis años, pese a que la tía y el padre, preso político, los reclamaban.

Con la firma de los camaristas Leopoldo Schiffrin y César Álvarez, el tribunal de alzada platense confirmó en 190 carillas el procesamiento del ex padrino del hogar Juan Carlos Milone como autor del delito de violación doblemente agravada de María Ester Ramírez; de la titular de esa institución, Dominga Vera, como partícipe necesaria del mismo delito y como autora de la supresión de la identidad de los tres niños; de la ex secretaria del Tribunal de Menores N°4 de Lomas de Zamora, Nora Susana Pellicer, como partícipe secundaria de los delitos de apropiación de menores y alteración y supresión de estado civil de las víctimas, y de la psicóloga María Teresa Gómez, como partícipe necesaria de los mismos delitos y autora de falso testimonio y abandono de persona agravado.

El 14 de marzo de 1977, los hermanos Ramírez estaban en su casa del barrio San José, partido de Almirante Brown, cuando durante un procedimiento fuerzas militares y policiales asesinaron a su madre, Vicenta Orrego, y a sus compañeros Florencia Ruibal y José Luis Alvarenga. Julio Ramírez Domínguez, padre los niños, estaba por entonces detenido por razones políticas en la Unidad Penal N°9 del Servicio Penitenciario Bonaerense, en La Plata.

Los tres niños fueron dejados por los atacantes en la casa de unos vecinos, quienes tras una semana -sin que los represores cumplieran su promesa de regresar a buscarlos- los entregaron en el Tribunal de Menores N°1 de Lomas de Zamora, a cargo de la jueza Marta Delia Pons (fallecida). La magistrada no averiguó las circunstancias en las que los hermanos llegaron a los vecinos ni pidió informes sobre los hechos que derivaron en la muerte de su madre. Según el fiscal Mola, tampoco se intentó buscar a sus familiares "porque no había ninguna intención de entregárselos, sino todo lo contrario". Así, Pons ordenó que los niños fueran alojados en el Hogar de Belén, donde estuvieron en total seis años hasta que fueron restituidos a su padre y viajaron al exilio, en Suecia, donde actualmente residen.

Los cuatro procesados fueron detenidos en octubre de 2013 y procesados en diciembre de ese año por el juez federal de Lomas de Zamora Carlos Alberto Ferreiro Pella, en el marco de una investigación dirigida Fiscalía Federal N°1 de esa ciudad, a cargo de Sergio Mola, con la colaboración de la Unidad Especializada en casos de apropiación de niños y niñas durante el terrorismo de Estado.

"Una foto de Evita"

Las 190 páginas del fallo de la Sala II de la Cámara Federal de La Plata abundan en detalles sobre los hechos con una circunstanciada cronología que incluye la historia de Vicenta Orrego y Julio Ramírez, padres de los niños, su casamiento en Paraguay -de donde eran oriundos- en 1971, su vida en el barrio Santa María de Quilmes, Buenos Aires, su participación en la Sociedad de Fomento de Bernal Oeste, donde Julio era presidente, su trabajo en la capilla del barrio y la relación con el Movimiento Villero, con quienes habían formado una cooperativa de consumo.

"Cuando la Cooperativa tomó fuerza y trató de realizar la compra legal de las tierras para distribuirlas entre la gente del barrio, los integrantes de la Comisión Directiva –uno de cuyos miembros era Julio Ramírez Domínguez– recibieron amenazas de muerte: les dijeron que tenían que disolver la Cooperativa o los iban a matar. Algunos renunciaron, pero Julio Ramírez Domínguez y otros más siguieron adelante", reseñó el fallo.

Julio Ramírez fue detenido en su domicilio el 12 de diciembre de 1974, en el marco de allanamientos dispuestos con el objeto de dar con integrantes de Montoneros acusados de un atentado contra la empresa Good Year de Bernal. "La tenencia de 'una foto de 'Evita' se habría considerado como 'literatura subversiva' y, por eso, se lo detuvo y sería condenado en el año 1978 a tres años de prisión, por violación al art. 2 inc. c, ley 20840", indicó la Cámara. Aquél inciso de la denominada ley antisubversiva -utilizada durante la época del terrorismo de Estado para dotar de legalidad la persecución política- penaba a quien tuviera en su poder material impreso o grabado con el objeto de "alterar o suprimir el orden institucional y la paz social de la Nación".

Una semana después de la detención de Ramírez, fue asesinado el cura de la parroquia, conocido como el padre Pepe y ello determinó que Vicenta Orrego se mudara con los niños a una vivienda precaria del barrio San José, partido de Almirante Brown, junto a Alvarenga y Ruival.

Marzo de 1977

Allí, vivieron hasta el 15 de marzo de 1977, cuando se produjo el ataque a la casa por las fuerzas de seguridad y armadas y fueron asesinados todos los adultos, mientras que los niños quedaron con los vecinos, quienes luego los entregaron el 21 de marzo al tribunal de menores a cargo de la jueza Pons. La funcionaria primero ordenó la internación de los niños en el Hogar "Leopoldo S. Pereyra" y luego, el 14 de abril de 1977, en el Hogar "Casa de Belén". Si bien la magistrada falleció en 1999, los camaristas Schiffrin y Álvarez se detuvieron a analizar la conducta de la funcionaria, que incluyó el "acto omisivo de averiguación de los datos filiatorios o familares de los menores", que se tradujo en su internación y en el "claro acto comisivo que reafirmó la retención ilegal" de las víctimas. Los camaristas señalaron que Pons "aparece en el centro de la escena delictiva en todo momento y dominando con un poder enorme toda la constelación fáctica".

Ese análisis permitió evaluar la conducta de la secretaria Pellicer. "La intervención de Pellicer aparece relevante en el sentido de que sus actos positivos de refrendar las resoluciones ilícitas de Pons continuaban con la simulación de un proceso de guarda aparentemente legítimo, y desde esta perspectiva constituyeron un aporte objetivo que aumentó relativamente las chances de éxito del plan de la magistrada", sostuvieron los camaristas.

En este contexto, se insertó la actuación de la psicóloga María Teresa Gómez en los crímenes, pues "sus informes [a la jueza Pons] no sólo continuaban la apariencia de un proceso de guarda aparentemente regular" sino porque "fueron trascendentes, por un lado, para equilibrar la irrefutable prueba a favor de la restitución de los menores a la familia" y "para negar la restitución por parte de Pons en octubre de 1982".

En efecto, en julio de 1982 Gómez expresó en un dictamen que los niños "por la integración lograda y por la continencia afectiva recibida en el Hogar sustituto, han podido evolucionar respondiendo adecuadamente a pautas de desarrollo y maduración acordes a sus edades respectivas". De ese informe se sirvió la jueza para negar su devolución a la familia biológica.

Schiffrin y Álvarez sostuvieron que "las injustificables consideraciones y conclusiones de Gómez, su dolo, y la conciencia de la criminalidad específica de su conducta se explican si se comprende que ella era funcional al deseo de Pons".

Pons, el Hogar y el plan sistemático

Además, con la documentación recogida por el fiscal Mola durante la instrucción, el Tribunal tuvo en consideración que la jueza además participó de delitos similares contra otros niños. "Se hace imperioso encarar la monumental empresa, todavía pendiente, de analizar los cientos de causas secuestradas, para revelar los pormenores del plan sistemático de apropiación de menores con base de articulación en el Tribunal de Menores N°1 a cargo de Martha Delia Pons y cuáles han sido los casos de guarda o adopción que fueron manifestaciones concretas de aquél", indicaron Schiffrin y Álvarez.

En el mismo sentido, el juez Schiffrin en su voto marcó que "es evidente" que el Hogar "Casa de Belén" "estuvo gobernado por un grupo de tareas", por lo cual "se torna indispensable, entonces, recabar más datos que clarifiquen los pormenores de este aspecto de los hechos". Entre otros elementos, el magistrado tuvo en cuenta los testimonios que dan cuenta de la realización de reuniones de personal civil y uniformado en la sede del Hogar en aquellos años.

Dentro del Hogar, los hermanos Ramírez fueron objeto de múltiples maltratos a lo largo de los seis años que estuvieron alejados de su familia biológica, hasta la que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó la restitución el 29 de julio de 1983. El lugar estaba a cargo de la procesada Dominga Vera y de su esposo, Manuel Maciel (fallecido). "A los Maciel, siempre les molestó que todo el tiempo los hermanos Ramírez preguntaran qué había ocurrido con sus verdaderos padres. A esta preguntas el matrimonio les decía que debían 'olvidar a sus padres, porque su madre era una puta y su padre un terrorista que mataba gente'", consignó la Cámara en base a los testimonios de las víctimas.

Durante su paso por el Hogar por disposición de la jueza Pons, los tres hermanos padecieron la alteración de su identidad, dado que Vera y Maciel les agregaron el apellido Maciel y suprimieron el de su padre y su madre o, según el caso, sólo el de su madre, en el colegio y en la parroquia, tal como quedó asentado en los boletines de calificaciones y en los certificados de bautismo -los niños fueron rebautizados-, que fueron secuestrados en la investigación.

Maciel, en efecto, es uno de los sindicados en la causa como autor de violaciones y abusos sexuales, además de otro tipo de maltratos, contra los niños, al igual que el procesado Milone. En el fallo también consta que los propios Vera y Maciel hacían participar de los abusos a sus tres hijos, mayores que los Ramírez. La descripción pormenorizada de los hechos por parte de las víctimas, su multiplicidad, y los escenarios donde fueron cometidos, así como las personas que participaron, fue reproducida a lo largo del fallo de la Cámara.

Los padecimientos de las víctimas y su retención prolongada en el hogar fueron posibles porque su entrega le fue negada a su familia biológica. Un año después de que ocurrió la apropiación de los niños y el homicidio de su madre, Lucila Domínguez -hermana de Julio Ramírez- viajó desde Paraguay para solicitar que Alejandro, María Ester y Carlos sean devueltos.

Al analizar la documentación de la causa, el fiscal Mola señaló que la mujer fue engañada "aprovechándose de la extrema situación de vulnerabilidad por ser extranjera, por su básica educación formal, por su situación socio-económica, por el miedo con el que vivía", y le hicieron firmar un declaración que no expresaba su voluntad: "Ella desearía ver a sus sobrinos, pero comprende que es necesario velar por ellos en primer lugar. Que tampoco desearía que su hermano lleve a sus hijos", dice esa constancia escrita en el Tribunal de Menores a cargo de Pons.

Cuando pudo declarar en la causa judicial, Lucila Domínguez contó: "La jueza no me permitió ver a los niños. Me dijo que si ellos se iban conmigo o con mi hermano los amigos de él los iban a matar y que yo no tenía dinero para poder mantenerlos y darles de comer".