20 de abril de 2024
20 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El paradigmático caso del "Pequeño Hogar de Belén" de Banfield
Procesan a cuatro civiles por la apropiación y los abusos sexuales a tres hermanos
Una ex secretaria judicial, una psicóloga y dos administradores de un hogar para niños fueron procesados por el juez de Lomas de Zamora Ferreiro Pella, quien validó la investigación llevada a cabo por el fiscal Mola. Las víctimas de los hechos, sucedidos entre 1977 y el final de la dictadura, fueron tres hermanos de por entonces 2, 4 y 5 años, quienes además sufrieron el asesinato de su madre y el encarcelamiento de su padre.

La ex titular del "Pequeño Hogar de Belén" de Banfield, un ex "padrino" de esa institución, la ex secretaria de un tribunal de menores y una psicóloga fueron procesados por la apropiación en 1977 y durante más de seis años, de tres hermanos de 2, 4 y 5 años, hijos de víctimas de la dictadura, que fueron separados deliberadamente de su familia y alojados en aquella institución, donde padecieron todo tipo de maltratos y abusos sexuales.

El procesamiento, que incluye los tipos penales de sustracción, retención y ocultamiento de niños, de violación agravada y supresión y sustitución de identidad, fue dictado por el juez federal de Lomas de Zamora, Carlos Alberto Ferreiro Pella, quien consideró que se trató de crímenes contra la humanidad. La medida se dio en el marco de una investigación que lleva a cabo la Fiscalía Federal N°1 de esa ciudad, a cargo de Sergio Mola, con la colaboración de la Unidad Especializada en casos de apropiación de niños y niñas durante el terrorismo de Estado.

Los cuatro procesados -tres de ellos con prisión preventiva y una excarcelada- son la ex titular del hogar de Belén, Dominga Vera (81 años); el ex padrino de aquella institución, Juan Carlos Milone (91); la hasta hace pocos meses secretaria del Tribunal de Menores N°4 de Lomas de Zamora, Nora Susana Pellicer (63, única exarcelada); y la psicóloga María Teresa Gómez (69).

Las víctimas de esta causa paradigmática, que juzga hechos del terrorismo de Estado consumados gracias a la participación del Poder Judicial bonaerense y de miembros de organizaciones de la sociedad civil, son Alejandro, María Ester y Carlos Ramírez, quienes tenían 2, 4 y 5 años de edad, respectivamente, cuando comenzaron a padecer los crímenes que se investigan en esta causa. Hoy los tres viven en Suecia pero son querellantes activos, representados en el expediente por el abogado Luis Valenga.

En la resolución, el juez sostuvo que no puede afirmar que el Poder Judicial integró "como organismo" el plan criminal de la dictadura, pero "sí se ha probado la participación aislada en el organigrama represivo de personas que cumplían sus funciones dentro de la justicia".

El 14 de marzo de 1977 los hermanos Ramírez estaban en su casa del barrio San José, partido de Almirante Brown, cuando un procedimiento de fuerzas militares y policiales asesinó a su madre, Vicenta Orrego, y a sus compañeros Florencia Ruibal y José Luis Alvarenga. Julio Ramírez Domínguez, padre los niños, estaba por entonces detenido por razones políticas en la Unidad Penal N°9 del Servicio Penitenciario Bonaerense, en La Plata.

Los tres niños fueron dejados por los atacantes en la casa de unos vecinos, que tras una semana -sin que los represores cumplieran su promesa de regresar a buscarlos- los entregaron en el Tribunal de Menores N°1 de Lomas de Zamora, a cargo de la juez Marta Delia Pons (fallecida). Allí actuaban como secretarios Nora Susana Pellicer y Lisandro Luis Chiavaro, quienes fueron detenidos recientemente por Ferreiro Pella. Chiavaro no llegó a ser indagado por problemas de salud y el juez dispuso que una vez al mes sea examinado por un médico forense para determinar si está en condiciones de afrontar el proceso.

Según determinó la fiscalía en la investigación, la jueza Pons no averiguó las circunstancias en las que los hermanos llegaron a los vecinos ni pidió informes sobre los hechos que derivaron en la muerte de su madre. Según el fiscal Mola, tampoco se intentó buscar a sus familiares "porque no había ninguna intención de entregárselos, sino todo lo contrario".

El juez Ferreiro Pella validó la tesis de la fiscalía y refirió que "tomado conocimiento de la procedencia de los niños Ramirez, se les otorgó un trato degradante, suponiéndolos hijos de padres subversivos, para así tratar de borrarles sus identidades y 'castigarlos' por el compromiso político asumido por sus progenitores" (sic).

La jueza Pons dispuso el alojamiento de los niños en el Hogar Leopoldo Pereyra de Banfield y días después ordenó su traslado al "Pequeño Hogar de Belén", creado por un sacerdote de la parroquia Sagrada Familia de Nazareth de Banfield, y que estaba a cargo –con la figura de familia sustituta- de un matrimonio compuesto por Dominga Vera (ahora detenida y procesada) y Manuel Maciel (fallecido), quienes convivían con los niños internados. El hogar dependía de la parroquia y estaba situado en la calle Pueyrredón nº 1651 de Banfield, a una cuadra de la iglesia.

En ese lugar, los niños fueron sometidos a todo tipo de malos tratos -que incluyeron golpes, falta de alimentación y el insulto y la calumnia a sus padres-, amenazas y abusos sexuales en forma cotidiana. Allí los hermanos también padecieron la alteración de su identidad, dado que Vera y Maciel les agregaron el apellido Maciel y suprimieron el de su padre y su madre o, según el caso, sólo el de su madre, en el colegio y en la parroquia, tal como quedó asentado en los boletines de calificaciones y en los certificados de bautismo -los niños fueron rebautizados-, que fueron secuestrados en la investigación.

Un año después de que ocurrió la apropiación de los niños y el homicidio de su madre, Lucila Domínguez -hermana del padre- viajó desde Paraguay, de donde es oriunda la familia, para solicitar que Alejandro, María Ester y Carlos sean devueltos. Pero la entrega no se produjo.

Cuando pudo declarar en esta investigación, Lucila Domínguez contó: "La jueza no me permitió ver a los niños. Me dijo que si ellos se iban conmigo o con mi hermano los amigos de él los iban a matar y que yo no tenía dinero para poder mantenerlos y darles de comer".

Cinco meses después de entrevistar a la tía de los niños, la jueza Pons ordenó un informe a la asistente social Felicitas Elías, quien aconsejó su devolución a la familia biológica, a raíz de lo cual sufrió persecución laboral.

La jueza ignoró el dictamen de Elías y le encargó uno a la hoy procesada Teresa Gómez, quien postuló que los niños no debían ser entregados a la familia. En julio de 1982 expresó en un dictamen que los niños "por la integración lograda y por la continencia afectiva recibida en el Hogar sustituto, han podido evolucionar respondiendo adecuadamente a pautas de desarrollo y maduración acordes a sus edades respectivas".

El juez Ferreiro Pella señaló en el procesamiento que "los falsos informes labrados por Gómez fueron el soporte legal y necesario que la Juez utilizó para negarle a Julio Ramírez la tenencia de sus hijos y, por causa de ellos, los niños continuaron internados en el hogar 'Casa de Belén' donde fueron víctimas de todo tipo de abuso, tanto psíquico, como físico y sexual, los cuales, en su carácter de psicóloga, tendría que haber advertido en las visitas al mismo".

El padre de los niños, en tanto, salió de la cárcel en 1981 y se asiló en Suecia. Fue representado en el proceso judicial que tramitaba ante Pons por el fundador del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Emilio Mignone, quien en 1982 pidió la devolución de los niños a Ramírez, solicitud que fue rechazada por la jueza y hasta por la Suprema Corte bonaerense y que recién el 29 de julio de 1983 revirtió la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Los procesamientos

Ferreiro Pella calificó los delitos imputados como imprescriptibles, dado que "los hechos sometidos a la jurisdicción de éste Tribunal no han perdido vigencia por el transcurso del tiempo por afectar a toda la humanidad".

El juez procesó a Vera como partícipe necesaria del delito de alteración y supresión del estado civil de los tres niños y del delito de violación de dos de ellos, doblemente agravado por haber causado un grave daño en la salud de las víctimas y por ser la encargada de su guarda. El juez le dictó la prisión preventiva y un embargo de un millón de pesos.

Milone, en tanto, fue procesado en carácter de coautor material del delito de violación doblemente agravada por haber causado un grave daño en la salud de la víctima y por ser el encargado de su guarda. El juez dispuso que continúe cumpliendo la prisión preventiva en domiciliaria. Además, le trabó un embargo de un millón de pesos.

La psicóloga Gómez fue procesada como partícipe necesaria de retención y ocultamiento de menores de diez años en concurso ideal con alteración y supresión del estado civil de menores, y con falso testimonio, en carácter de autora. También la consideró cómplice necesaria del delito de violación doblemente agravada por haber causado un grave daño en la salud de las víctimas en dos casos, y por ser encarcaga de su guarda. El juez le dictó prisión preventiva y un embargo de un millón de pesos.

En tanto, Pellicer fue procesada sin prisión preventiva. Ferreiro Pella la consideró partícipe segundaria del delito de retención y ocultamiento de los tres niños y de la alteración y supresión de su estado civil. El juez, no obstante, dispuso la prohibición de salida del país de la imputada y le fijó como condición presentarse todos una vez por mes ante la comisaría más próxima a su domicilio, además de dictarle un embargo sobre sus bienes de 500 mil pesos.

El fiscal Mola adelantó a Fiscales que apelará la resolución del juez respecto de la participación secundaria de Pellicer porque entiende que fue partícipe necesaria para la perpetración de los delitos.