29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervienen el fiscal general Carlos Gonella y auxiliar fiscal Facundo Trotta
Córdoba: comenzó el juicio a tres exintegrantes del Destacamento de Inteligencia 141 del Ejército por tormentos agravados seguidos de muerte
Están acusados de haber privado ilegítimamente de la libertad a tres personas y haberlas mantenido en cautiverio en una casa quinta donde funcionó un centro clandestino de detención tras el cierre de La Perla. Allí una de sus víctimas murió por las torturas sufridas durante los interrogatorios.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de Córdoba inició ayer el juicio a tres exintegrantes del Destacamento de Inteligencia 141 del Ejército por la privación ilegítima de la libertad de tres personas y la imposición de tormentos agravados contra las mismas víctimas, que en uno de los casos causó la muerte de una de ellas. El Ministerio Público Fiscal está representado por la Unidad de Asistencia para causas por violaciones a los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado en la jurisdicción Córdoba, a cargo del fiscal general Carlos Gonella, y con la asistencia del auxiliar fiscal Facundo Trotta. 

Los acusados son el excapitán Ernesto Guillermo Barreiro, el exteniente primero Carlos Enrique Villanueva y el exsargento primero Carlos Alberto Díaz. Al momento de los hechos todos ellos desempeñaban funciones en el Destacamento de Inteligencia: los dos primeros, como parte del Grupo de Operaciones Especiales OP3, mientras que el restante estaba a cargo de la Primera Sección, bajo la cual funcionaba el OP3. Están imputados de tres hechos de privación ilegítima de la libertad agravada en tres hechos en perjuicio de Rubén Amadeo Palazzesi, José Jaime Blas García Vieyra y Nilteo Teobaldo Domingo Cavigliasso, imposición de tormentos agravados en perjuicio de García Vieyra y Cavigliasso e imposición de tormentos agravados seguidos de muerte en el caso de Palazzesi. 

Para este juicio, el tribunal está integrado por los jueces Julián Falcucci y Fabián Asís, y por la jueza María Noel Costa. En la primera jornada, en la que los tres acusados estuvieron presentes a través de sistema de videollamada, se dio lectura al requerimiento de elevación a juicio y se tomó declaración testimonial a Cristina Guillén de Palazzesi y Stella Maris Palazzesi Cavigliasso, viuda y hermana respectivamente de la víctima asesinada.

El contexto

De acuerdo con la acusación, los hechos tuvieron lugar entre agosto y septiembre de 1979. Antes del golpe de Estado del 24 de marzo de 1976, y sobre todo, antes de octubre de 1975, la represión a la llamada “delincuencia subversiva” era ejercida por el Departamento de Informaciones de la Policía de la Provincia de Córdoba (D2). Desde fines de 1975, ya bajo el control operacional del Ejército, comenzó a tener protagonismo en la persecución masiva de personas el Destacamento de Inteligencia 141. 

Los acontecimientos investigados en esta causa tienen la particularidad de que el personal del destacamento utilizó como centro clandestino de detención una casa quinta ubicada en la localidad de Guiñazú, usurpada en diciembre de 1977 por personal militar a su propietario, Silvio Octavio Biotti, militante del Partido Comunista Maoísta Leninista. El lugar fue utilizado entre 1978 y 1982 por esa repartición de inteligencia castrense tras el cierre del centro clandestino La Perla. 

Para los interrogatorios, las víctimas eran colgadas de las ataduras de sus manos a ganchos en las zonas altas de un muro para así propinarles golpes de puño, además de simulacros de fusilamiento y otro tipo de amenazas.

Los hechos

Según la pieza acusatoria, el 12 de agosto de 1979 Rubén Amadeo Palazzesi, militante del Peronismo de Base y de las Fuerzas Armadas Peronistas, y José Jaime Blas García Vieyra fueron privados ilegítimamente de la libertad por personal del Destacamento de Inteligencia 141, que actuó vestido de civil y fuertemente armado, entre quienes se identificó a Villanueva y Díaz. Una vez reducidos y vendados, los dos hombres fueron trasladados por personal del Ejército hasta la casa quinta. 

En la noche del 22 de agosto de ese mismo año Nilveo Teobaldo Domingo Cavigliaso, militante del peronismo de base, delegado sindical de SMATA y cuñado de Palazzesi, fue secuestrado de su domicilio particular por personal del destacamento que no fue posible individualizar, y trasladado a la misma casa quinta. En ese lugar, Palazzesi, García Vieyra y Cavigliasso fueron privados ilegítimamente de la libertad por el personal del Ejército, entre quienes se pudo identificar a Villanueva, Díaz y Barreiro. 

La acusación fiscal refiere que, durante el tiempo que duró el cautiverio, los tres acusados sometieron a sus víctimas a permanentes torturas físicas y psíquicas, a los fines de menoscabar su resistencia moral y obtener la mayor cantidad posible de información referente a actividades políticas, gremiales o a las organizaciones, grupos o personas que por entonces decían combatir. Esa situación se dio en el marco de condiciones de cautiverio deplorables y atentatorias de la dignidad humana. Las tres víctimas fueron mantenidas aisladas, atadas de manos y con los ojos vendados, con la prohibición de moverse y/o comunicarse con los demás secuestrados, encerrados en un sótano infestado de roedores. Para los interrogatorios, los hombres eran colgados de las ataduras de sus manos a ganchos en las zonas altas de un muro para así propinarles golpes de puño, además de simulacros de fusilamiento y otro tipo de amenazas.

En esas sesiones, Palazzesi recibió la aplicación de corriente eléctrica en su cuerpo. Aproximadamente el 25 de agosto de 1979 arribaron al lugar otros dos torturadores provenientes de Buenos Aires que habrían pertenecido a un grupo de tareas que operaba en la Escuela de Mecánica de la Armada, que sometieron a Palazzesi a más sesiones de tortura. De acuerdo con la investigación, el rigor del castigo impuesto, sumado al deterioro de su salud por el trato recibido los trece días previos, provocaron su muerte esa misma noche. Para encubrir las causas del deceso, las autoridades del Área 311, en combinación con la jefatura del Destacamento de Inteligencia 141, informaron públicamente que la muerte de Palazzesi había ocurrido en oportunidad de trasladarlo a Buenos Aires en una situación en la que la víctima habría intentado fugarse en un automóvil que supuestamente terminó incendiado. 

Los restos de Palazzesi fueron entregados a familiares en dependencias del Hospital Militar de Campo de Mayo. Se encontraba carbonizado y le faltaban las extremidades. Luego de algunos días, García Vieyra y Cavigliasso fueron trasladados, vendados y maniatados desde la casa quinta a las dependencias de la Dirección General de Inteligencia de la Policía de la provincia de Córdoba, donde fueron sometidos a más interrogamientos bajo golpes y amenazas. En septiembre de 1979, ambos fueron trasladados y alojados en dependencias de la Unidad Penitenciaria N° 1 de Córdoba, donde permanecieron a disposición del Área 311. Gacía Vieyra recuperó la libertad el 16 de septiembre de 1980, mientras que Cavigliasso fue trasladado a unidades carcelarias del Sistema Penitenciario Federal en febrero de 1981.