El representante del MPF consideró que los hechos que conforman el objeto procesal –torturas y tratos crueles, inhumanos y degradantes, entre otros delitos- constituyen crímenes de guerra y/o graves violaciones a los derechos humanos y que por ello resulta inadmisible el instituto de la prescripción, de acuerdo a lo establecido por normas del derecho penal internacional, tratados internacionales con jerarquía constitucional, doctrina de la Corte y de la CIDH. De este modo, requirió que quede firme la resolución de la Cámara Federal de Cómodoro Rivadavia que había dispuesto que continuara la investigación en torno a la responsabilidad de ex militares en los hechos antes descriptos.