20 de abril de 2024
20 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Requerimiento del fiscal federal de Corrientes, Flavio Ferrini
Formosa: piden juicio oral para dos exjueces del Tribunal Superior de Justicia, acusados de encubrir los secuestros, torturas y desapariciones de empleados y empleadas judiciales
Los acusados son Bernardo Alfredo Montoya y Jorge Demetrio Vázquez Rey, a quienes la fiscalía imputó por abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento. Remarcó que los ex magistrados suspendieron y dejaron cesantes a las víctimas mientras sabían formalmente que habían sido secuestradas.

El fiscal federal de Corrientes, Flavio Ferrini, solicitó que se juzgue en juicio oral y público a los ex jueces integrantes del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Formosa durante la época del terrorismo de Estado, Bernardo Alfredo Montoya y Jorge Demetrio Vázquez Rey, por los delitos de abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público y por el encubrimiento de los secuestros, torturas y desapariciones de los que fueron víctimas un grupo de empleados y empleadas del Poder Judicial de esa provincia durante la última dictadura. El fiscal indicó que Juan Fernández Bedoya y Sergio Alfredo Martínez, también jueces del mismo tribunal, no fueron acusados porque fallecieron.

La intervención de Ferrini en el caso como fiscal subrogante en Formosa se da en esta causa luego de una larga serie de excusaciones de magistrados de la región del NEA. El fiscal acusó a los ex jueces en los casos que tuvieron como víctimas a Elsa Alicia Chagra, Ángela Colman, Raquel Levi, Adriano Acosta, Andrés Medina, Mirta Leónidas Insfrán y Ricardo Borgne. Todos y todas las víctimas eran empleadas del Poder Judicial formoseño, tenían militancia sindical en la Asociación Judicial de Formosa y fueron secuestradas el 5 de agosto de 1976, salvo Chagra, a quien apresaron un día antes. Insfran y Borgne, pareja, continúan desaparecido y desaparecida, mientras que el resto recuperó la libertad en diferentes momentos.

Una segunda serie de secuestros de miembros del Poder Judicial de esa provincia -que no forman parte del objeto de este proceso, pero que la fiscalía refirió para contrastar la acción tomada por el TSJ- fue en junio de 1977. Fueron detenidos ilegalmente esa fecha los jueces Héctor Tievas y Timoteo Alvarinho, junto a cinco empleadas y empleados.

"El temperamento adoptado por los magistrados [imputados] fue distinto en cada uno de estos períodos y diferenciado en cuanto a quienes, aun siendo privados ilegalmente de su libertad, luego fueron reconocidos como 'subversivos' [es decir, reconocidas sus detenciones y registrados a disposición del Poder Ejecutivo Nacional], lo que equivalía a no perder la vida, y los que no tuvieron ese privilegio, permaneciendo hasta la fecha como desaparecidos", señaló Ferrini. En efecto, los ahora imputados oportunamente cuestionaron en 1977 que las autoridades militares no respetaran la inmunidad de arresto de los jueces víctima, pero no expresaron nada respecto de los empleados, a quienes luego suspendieron transitoriamente, con la excepción de una víctima, sobre quien las autoridades militares indicaron expresamente que podía continuar cumpliendo funciones.

"Para disponer la suspensión y cesantía de los agentes, los ministros de la corte provincial no sólo se basaron en un informe infundado del Jefe del Área Militar, sino que, al mismo tiempo, resolvieron incumplir la obligación funcional de visitar al establecimiento donde los mismos estaban privados ilegalmente de la libertad".

Sin embargo, en relación con la tanda de secuestros de agosto de 1976 el comportamiento fue diferente. El fiscal señaló: "Luego de la privación ilegal de la libertad sufrida por los empleados judiciales, los aquí imputados recibieron informes remitidos por el jefe del Área Militar 234, que asumían responsabilidad sobre esas detenciones sin mencionar causa o documentación respaldatoria que las justificara. Sin perjuicio de ello, los magistrados no sólo no buscaron corroborar la licitud de la medida, sino que tampoco constataron la veracidad de los informes militares o las condiciones a las que sus empleados estaban siendo sometidos".

El fiscal puso de relieve que en el caso de Chagra, secuestrada en su domicilio, personal de inteligencia policial se constituyó en su lugar de trabajo -el Archivo General- y en presencia del juez del Superior Tribunal Fernández Bedoya y de la jefa del archivo, inspeccionaron su escritorio.

En ese línea, Ferrini también destacó que ante los informes del Área Militar 234 en los que consta la calidad de detenidos ilegales de sus empleados, los magistrados en acuerdo dictaron el Acta Nº 1082 donde resolvieron suspender a Acosta, Medina, Chagra, Colman y Lebi, y dejar cesante a Insfran, Borgne y Zulma Sena. Fundaron la decisión en una nota remitida por el jefe de Regimiento de Infantería de Monte (RIM) N°29, Martin Alturria, que señalaba respecto de las víctimas que "no se ha adoptado medidas por carecer de elementos para valorarla".

"Para disponer la suspensión y cesantía de los agentes, los ministros de la corte provincial no sólo se basaron en un informe infundado del Jefe del Área Militar —que admitía la carencia de elementos valorativos sobre los detenidos ilegalmente—, sino que, al mismo tiempo, resolvieron incumplir la obligación funcional de visitar al establecimiento donde los mismos estaban privados ilegalmente de la libertad, a efectos de constatar la verdadera situación y estado de los detenidos", subrayó el fiscal.

Ferrini puntualizó que los magistrados ni siquiera indagaron o visitaron las instalaciones ni pidieron explicaciones acerca de lo que había ocurrido con sus empleados cuando el Poder Ejecutivo dictó los decretos por los que los puso detenidos a su disposición.

Destacó asimismo "que una particularidad de esta resolución es el temperamento asumido respecto de unos y otros 'detenidos' toda vez que -y no parece casual- algunos fueron suspendidos y otros cesanteados. Los cesanteados, cabe reiterarlo, fueron Mirta Insfran, Ricardo Borgne y Zulma Sena, quienes permanecen desaparecidos". Ferrini puntualizó que los magistrados ni siquiera indagaron o visitaron las instalaciones ni pidieron explicaciones acerca de lo que había ocurrido con sus empleados cuando el Poder Ejecutivo dictó los decretos por los que puso a su disposición -a partir del 3 de noviembre de 1976- a Chagra, Medina, Colman, Lebi y Acosta.

El fiscal asimismo refirió que en febrero de 1977 el Gobierno provincial le indicó por nota al TSJ que echara mano de la ley "de prescindibilidad" para ordenar la baja de los empleados y las empleadas secuestradas. El 29 de marzo de aquel año el tribunal dictó la Resolución Reservada N°1/77 y dejó cesantes a Chagra, Medina, Colman, Lebi y Acosta. El instrumento no menciona a Insfran, Borgne y Sena, desaparecidos. "Con esos instrumentos formales legitimaron la privación ilegal de la libertad de los primeros y la desaparición forzada de personas de los segundos", acusó Ferrini.

En el requerimiento de elevación a juicio, el fiscal Ferrini recordó que los hechos de las víctimas por los que acusa a los ex jueces Montoya y Vázquez Rey fueron investigados en anteriores juicios. En ese sentido, el representante del MPF relató los padecimientos de las víctimas en los centros clandestinos de detención en los que fueron confinadas: "La Escuelita", tal como se conocía al Destacamento Policial de San Antonio, y el RIM 29.

"Tomándola de las manos atadas quedando en una posición tal que los músculos del estómago y de los muslos quedaban rígidos y allí le empezaron a pegar en dichas zonas. Cuando la bajaron prácticamente no sentía los brazos y las manos debido al tiempo que estuvo colgada sufriendo descoyuntamiento de hombros y cortes en la masa nerviosa del brazo derecho a la altura de la muñeca. Las torturas consistían en golpes de puños y patadas, golpes con maderas y gomas, quemaduras con cigarrillos y fósforos, o metales calientes, como esposas, hierros, picana eléctrica, submarino seco con bolsa de polietileno y submarino en agua, también simulacro de fusilamiento", describió el fiscal en un caso, que contiene relatos similares en los demás abordados en este proceso.