23 de abril de 2024
23 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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La fiscal Ángeles Ramos y la auxiliar fiscal Viviana Sánchez representaron al MPF en el debate
Juicio Superintendencia de Seguridad Federal: dos prisiones perpetuas y penas de siete a 25 años por crímenes de lesa humanidad
El Tribunal Oral Federal N° 6 impuso seis condenas por cuatro homicidios y privaciones ilegítimas de la libertad, tormentos, violación y abuso deshonesto en perjuicio de otras 67 víctimas.

El Tribunal Oral Federal N° 6, integrado por los jueces Julio Panelo, José  Martínez Sobrino y Fernando Canero, impuso dos penas de prisión perpetua y otras de entre siete a 25 años por crímenes de lesa humanidad para el oficial principal Carlos Enrique Gallone, los inspectores Fausto José Mingorance, Rafael Oscar Romero, el subinspector Juan Manuel Grosso, el auxiliar de Inteligencia del Batallón 601 Raúl Antonio Guglielminetti y el auxiliar de Inteligencia en el Departamento de Sumario Eduardo Norberto Comesaña por su responsabilidad en crímenes de lesa humanidad perpetrados en el Centro Clandestino de Detención que funcionó en la Superintendencia de Seguridad Federal -también conocido como Coordinación Federal- durante 1976, en perjuicio de 67 víctimas, de las cuales 15 continúan desaparecidas.

El TOF convalidó los criterios expuestos en su alegato por la fiscal Ángeles Ramos y la auxiliar fiscal Viviana Sánchez -de la Unidad de Asistencia para Causas por Violaciones a los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado- y condenó por los delitos de privación ilegal de la libertad agravada, tormentos agravados, violación y abuso deshonesto, según el caso. Por estos hechos fueron condenados Gallone (25 años), Mingorance (10 años), Romero, Grosso (7 años ambos), Raúl Antonio Guglielminetti y Eduardo Norberto Comesaña (prisión perpetua en ambos casos). Los imputados se desempeñaban en la Superintendencia de Seguridad Federal cuando ocurrieron los delitos. La instrucción del caso estuvo a cargo del juez federal Daniel Rafecas y fueron parte del proceso víctimas sobrevivientes, familiares y peritos, quienes testificaron durante las audiencias del juicio, que comenzó en diciembre del año pasado.

Los hechos juzgados

Durante el juicio se juzgaron los crímenes cometidos en la madrugada del 1° de junio de 1976 que terminaron con el secuestro de diversos militantes sindicales que se desempeñaban en distintas dependencias del Poder Judicial de la Nación. Las víctimas fueron trasladadas al Centro Clandestino de Detención y luego de siete días de torturas fueron enviados a Tribunales para tratar de legalizar su situación procesal. Además, se constituyó una causa ante el Consejo de Guerra Especial Estable. Fue así que una de las víctimas, el dirigente gremial Julio Juan Piumato, recién pudo recuperar su libertad tras siete años. Otras víctimas del gremio fueron los perseguidos políticos Gustavo Alberto Galligo, Luis Alberto Olmos, Luis Alberto Galaso y Susana Noemi Lamberti, a quien se apresó por ser la pareja del militante gremial Maidana Casco, quien murió en el momento del secuestro.

Se juzgaron los crímenes cometidos en la madrugada del 1° de junio de 1976 que terminaron con el secuestro de diversos militantes sindicales que se desempeñaban en el Poder Judicial.

El caso de Gallone tuvo trascendencia pública tras conocerse una foto que circuló del ahora condenado abrazando a una Madre de Plaza de Mayo. Para el MPF la quiso usar a su favor cuando era evidente lo forzado de la situación, pues estaba en plena represión de una marcha. Asimismo, el represor ya había sido condenado por el hecho conocido como la Masacre de Fátima, en el que se dinamitaron los cuerpos de treinta secuestrados que fueron trasladados a esa localidad desde el CCD SSF donde estaban cautivos.

Cabe recordar que Romero ya había sido condenado por otros hechos de lesa humanidad que incluyen homicidios, mientras que Guglielminetti y Comesaña fueron condenados por los homicidios de los perseguidos políticos Julio Enzo Panebianco, Elena Kalaidjian, Norberto Gómez y Ana Teresa del Valle Aguilar.

El asesinato de las víctimas fue en el marco de un procedimiento fraguado realizado durante la noche del 17 a la madrugada del 18 de marzo de 1977 en la calle Lavardén del barrio de Parque Patricios. Se encuentra acreditado que las víctimas habían sido perseguidas por su actividad política:  Gómez era médico -secuestrado entre los días 13 y 14 de noviembre de 1976-, Kalaidjian estudiante de letras y empleada de Rentas -privada de su libertad el 21 de enero de 1977- y Del Valle Aguilar (estudiante de medicina y pareja de Gómez) –secuestrada en el mes de octubre de 1976- estuvieron cautivos en el CCD conocido como Garage Azopardo, mientras que Julio Enzo Panebianco (padre de familia y empleado de la DGI) había sido privado de su libertad el 2 de marzo de 1977 por una patota comandada por Guglielminetti y fue mantenido en cautiverio en el CCD El Atlético junto con su esposa.

El homicidio de estas cuatro víctimas había sido juzgado en la conocida como "Causa 13" -del juicio a los comandantes- respecto de Videla, aunque para ese momento sólo dos de las víctimas habían sido identificadas. Las restantes identificaciones fueron producto de la labor del Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF).

La Superintendencia de Seguridad Federal funcionaba en el edificio oficial de la Policía Federal Argentina, ubicado en la calle Moreno en el centro porteño, y sus instalaciones se habían transformado en un verdadero centro clandestino de detención. Según se acreditó la acusación, el CCD fue fácilmente identificable por las víctimas por ser una dependencia  de la PFA. Incluso algunos perseguidos políticos detenidos, luego de haber estado secuestrados y pasado por unidades penitenciarias, volvieron allí desde donde recuperaron definitivamente su libertad.  Sin embargo, a pesar de esta particularidad la fiscalía especializada comprobó que esta situación “no impidió que el tratamiento de los secuestrados fuera de una brutalidad excepcional tanto por las condiciones de cautiverio como por los métodos de tortura infligidos. Las lesiones físicas y psíquicas persisten para los sobrevivientes.”

La SSF funcionaba en el edificio oficial de la Policía Federal Argentina, ubicado en la calle Moreno, y sus instalaciones se habían transformado en un verdadero CCD.

Delitos sexuales y perseguidos políticos

En este marco, la fiscal Ramos acreditó que durante el juicio también se confirmaron -mediante detalles y datos que antes del debate no se tenían- “casos de específicas acciones de agresión sexual bajo la forma de abusos sexuales y violaciones” que se llevaron a cabo dentro del CCD, por lo cual se amplió la acusación por los delitos de violación y abuso deshonesto.

En relación a estos crímenes, el MPF señaló que las víctimas pudieron durante el juicio ofrecer su testimonio que señaló a Gallone “entre sus responsables en razón del dominio que tenía” sobre el centro clandestino, los autores de los hechos y las víctimas; en tanto que la acusación por tormentos se vio agravada respecto de aquél y Fausto José Mingorance, Rafael Oscar Romero y Juan Manuel Grosso por la  condición de perseguidos políticos de las víctimas.