El fiscal federal de la Unidad Fiscal de Jujuy, Federico Zurueta, concretó el jueves pasado la conclusión del alegato y el pedido de penas para 19 de los 20 acusados en la denominada mega causa Jujuy, que inició su debate el 21 de junio de 2018, y en la que se abordan crímenes de lesa humanidad cometidos en perjuicio de 121 víctimas. La fiscalía solicitó la imposición de prisión perpetua para 4 acusados y penas de entre 7 y 25 años de prisión para otros 15.
El petitorio de la fiscalía –que también incluyó el pedido para que se absuelva a un acusado- fue el corolario de un extenso alegato que se prolongó durante todos los jueves desde el 10 de febrero pasado. En el juicio interviene el Tribunal Oral Federal de Jujuy, integrado por los jueces Federico Díaz (presidente), Alejandra Cataldi y Abelardo Basbus.
El fiscal Zurueta y la auxiliar fiscal Marina Cura se refirieron previamente a los delitos que consideraron probados en función de las pruebas testimoniales y documentales que fueron expuestas a lo largo del debate.
Los hechos que integran el objeto del proceso fueron cometidos antes, durante y después de golpe de Estado del 24 de marzo de 1976 en las localidades de Libertador General San Martín, mina El Aguilar, Calilegua y Ledesma, principlamente.
En su exposición, el fiscal acusó por la comisión de los delitos de allanamiento ilegal, privación ilegítima de la libertad, torturas, tormentos, violación sexual y homicidio, agravados por diferentes circunstancias en todos los casos.
“La ocultación de sus cuerpos fue una obra más en el perfeccionamiento de los crímenes del Estado. Para la fiscalía, no hay duda alguna que las desapariciones de las víctimas de este caso solo pueden ser entendidas como homicidios”.
Sobre los casos de allanamiento ilegal o violación de domicilio, el fiscal resaltó la inviolabilidad de esa garantía constitucional. “En ninguno de los casos ventilados en el debate, se contó con orden legal”, señaló Zurueta, y también indicó que todos fueron ejecutados por las distintas fuerzas implicadas.
Respecto a la privación ilegal de la libertad, el representante del MPF destacó el abuso funcional e incumplimiento de los requisitos exigidos por la ley para estas medidas, entre ellos la existencia de un motivo. “No hubo orden judicial ni explicaciones, porque no había causas legales, lo que constituye una clara violación a las garantías constitucionales”, expuso el fiscal, quien también resaltó que todo fue parte del “plan represivo” llevado adelante por el gobierno de facto instaurado de manera inconstitucional.
En este punto indicó que a este delito le caben los agravantes por el uso de violencia y amenazas y por su duración mayor a un mes. Confirmó que los acusados actuaron a sabiendas y lo hicieron mediante el uso de violencia y la extensión en el tiempo.
Al referirse a las torturas y tormentos agravados, indicó que durante el debate quedó probada la imposición de graves sufrimientos, tanto físicos como psíquicos sobre los detenidos, hechos cometidos a manos de acusados. “Todos ellos revestían el carácter de funcionarios públicos”, remarcó.
“A la voluntad de sus captores”
La fiscalía señaló que las víctimas de estos hechos fueron “perseguidos políticos”, considerados opositores al régimen de facto dentro del esquema represor. Por esa sola razón, indicó el MPF, fueron maniatados, golpeados y sometidos a toda clase de sufrimientos en centros clandestinos de detención, donde el uso de la “picana eléctrica” y los “submarinos” eran una práctica común.
“Estaban merced a la voluntad de sus captores”, afirmó y, a la vez, dejó en claro que todos los hechos expuestos en detalle por la fiscalía se encuentran probados, tanto por los numerosos testimonios de las víctimas como por la prueba documental presentada por la fiscalía.
“El plan criminal consistió en el secuestro, torturas y el homicidio masivo de muchas víctimas”, agregó el fiscal, quien luego se refirió a la desaparición como un elemento clave dentro del esquema represivo, el cual no sólo buscaba la impunidad de los autores sino también causar temor en la sociedad.
En ese sentido, Zurueta afirmó que los acusados adoptaron distintas medidas para evitar que se conozca el destino de las víctimas. “La ocultación de sus cuerpos fue una obra más en el perfeccionamiento de los crímenes del Estado. Para la fiscalía, no hay duda alguna que las desapariciones de las víctimas de este caso solo pueden ser entendidas como homicidios”, aseguró.
“Las agresiones sexuales operaban como una herramienta y como una estrategia de vulneración a la dignidad humana y en este caso especialmente iban dirigidas a las mujeres como un eslabón más dentro del plan criminal de represión".
Sobre los agravantes, el fiscal se refirió a la alevosía y el concurso premeditado de dos o más personas, para finalmente remarcar que “esta fiscalía en todos los casos” respetó “el principio de congruencia” en relación a los hechos imputados en la indagatoria, los cuales son los mismos traídos a debate y por los cuales se realizó el pedido de penas. “Jamás esta fiscalía acusaría por hechos que violen el principio de congruencia. Se está respetando el primer acto de defensa, como lo es la indagatoria”, afirmó.
Delitos sexuales
La violación sexual, el quinto de los delitos abordados por la fiscalía, fue atribuida a dos acusados en perjuicio de mujeres detenidas. Sobre estos hechos, tanto el fiscal como la auxiliar fiscal fueron destacaron las pruebas, el daño y el efecto de estos hechos.
Con cita de jurisprudencia internacional, el y la representantes del MPF afirmaron que las violaciones sexuales cometidas por los dos acusados fueron calificadas como “actos de genocidio”. En ese sentido, resaltaron los agravantes por el daño causado, la guarda y el concurso de dos o más personas.
“Las agresiones sexuales operaban como una herramienta y como una estrategia de vulneración a la dignidad humana y en este caso especialmente iban dirigidas a las mujeres como un eslabón más dentro del plan criminal de represión", aseguró el fiscal.
Sostuvo que las víctimas alojadas en los centros clandestinos se encontraban en un “estado de extrema vulnerabilidad”, ya que los detenidos estaban “tirados en el piso, mal alimentados, con sed, con las manos atadas, los ojos vendados, lastimados, con frío y en pleno invierno. Estaban aterrados, porque no sabían cuál iba a ser su destino, sin comunicación con ninguno de sus seres queridos”.
La fiscalía también se refirió a las asimetrías de género que también evidenciaron los crímenes. Zurueta explicó que “este desequilibrio de poder históricamente caracteriza la relación vertical, desigual entre hombres y mujeres, y es por eso que es necesario establecer que estos hechos de ataques sexuales deben enmarcarse en este contexto de hechos de violencia y puntualmente contra la mujer, basados también en su condición de género. No puede ser una circunstancia pasada por alto en el análisis del contexto de estos hechos".
Añadió que todo este accionar tenía una finalidad “moralizadora, adoctrinante, aleccionadora, que es muy propia de los delitos sexuales en un contexto de violencia de género”, lo cual dijo que se advierte con mayor claridad en los hechos desarrollados en un ámbito de un centro clandestino de detención y frente a otras personas que ni siquiera eran desconocidos. “Esas otras personas eran muchas veces familiares, amigos, compañeros de colegio, compañeros de los clubes”, enfatizó.
Zurueta y Cura afirmaron que estos hechos eran “legitimados implícitamente desde un principio, ya que contaban con el silencio y el acompañamiento de otros miembros de las fuerzas policiales de represión”.
Destacaron que los ataques sexuales no fueron hechos aislados: “Eran parte de un componente que se reitera en otros centros clandestinos de detención, visibilizándose así que también las agresiones sexuales operaban como una herramienta y como una estrategia de vulneración a la dignidad humana y en este caso especialmente a las mujeres como un eslabón más dentro del plan criminal de represión”.
La fiscalía describió que las y los detenidos estaban “tirados en el piso, mal alimentados, con sed, con las manos atadas, los ojos vendados, lastimados, con frío y en pleno invierno. Estaban aterrados, porque no sabían cuál iba a ser su destino, sin comunicación con ninguno de sus seres queridos”
El petitorio
La fiscalía pidió la absolución del exoficial subayudante del Servicio Penitenciario provincial, Osvaldo Héctor Carballo, quien se desempeñó en la guardia de Seguridad Interna del penal de Villa Gorriti.
Por otro lado, pidió la imposición de la pena de prisión perpetua para:
Finalmente, solicitó las siguientes penas mensurables: