La titular de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, Ángeles Ramos, y la auxiliares fiscales Nuria Piñol Sala y Viviana Sánchez, solicitaron este viernes al Tribunal Oral Federal Nº2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que imponga la pena de prisión perpetua a cinco acusados que formaban parte del Regimiento de Infantería Nº6 (RI6) de Mercedes General Viamonte por crímenes perpetrados en 1976 en perjuicio de cinco militantes del PRT-ERP, en la zona oeste del conurbano bonaerense.
Las representantes del MPF requirieron al tribunal que declare que los hechos, que están siendo juzgados desde el 3 de diciembre pasado, sean considerados crímenes de lesa humanidad e imprescriptibles. En su exposición, formularon acusación por el homicidio de Jorge Emilio Arancibia y las privaciones ilegales de la libertad de Rocío Ángela Martínez Borbolla, Pedro Oscar Martucci, Pablo Pavich y de un hombre que no pudo ser identificado, que fue también víctima de tormentos.
Al cabo de más de ocho horas de exposición, las respresentantes del MPF solicitaron la máxima pena para los exsubtenientes Emilio Pedro Morello, quien estuvo a cargo de la Sección de Tiro de la Compañía de Infantería A; Luis Alberto Brun, quien tuvo a su cargo la Sección Apoyo de la Compañía de Infantería B; Martín Eduardo Sánchez Zinny, a cargo entonces de la Sección Tiro de la Compañía C; y Horacio Linari, quien tuvo a su cargo la Sección Tiro de la Compañía de Infantería A; y para el ex cabo 1ro, jefe de grupo de la a cargo de la Sección Tiro de la Compañia A, Rubén Osmar Andrade.
A todos ellos los consideraron coautores penalmente responsables de los delitos de homicidio agravado por alevosía y por haberse cometido con el concurso premeditado de dos o más personas en perjuicio de Arancibia, privación ilegal de la libertad cometida por funcionario público agravada por mediar violencia o amenazas en perjuicio de dos víctimas -Pavich y la persona no identificada- e imposición de tormentos, agravada por su condición de perseguido político, en el caso de la persona no identificada. A Sánchez Zinny también lo acusaron por la privación ilegal de la libertad cometida con las mismas agravantes en perjuicio de Martínez Borbolla y Martucci. En el petitorio final, las representantes del MPF también requirieron que el tribunal revoque las prisiones domiciliarias de Morello, Brun, Zinny y Linari y se requirió la extracción de testimonios para investigar los delitos que sufrieron Bárbara y Camilo García en el secuestro de su madre y la responsabilidad de otro militar en los hechos.
La imposibilidad de someter a juicio a los máximos responsables de la unidad militar provocó que la gran mayoría de los casos que afectaron a 37 víctimas fueran excluidos del debate por el tribunal, pese a la solicitud de la fiscalía de darles tratamiento.
En el debate también estuvo acusado el exsegundo jefe del Regimiento, mayor Luis Fernández Bustos, quien falleció antes que iniciara el debate; el exjefe de la Compañía A, teniente Serapio Eduardo del Río, con proceso suspendido; el exteniente Gustavo Delfor González Sass, exteniente primero a cargo de la Compañía Comando y Servicios, quien falleció poco después de iniciado el juicio. También el exteniente Aníbal Miguel Sánchez, entonces jefe de Personal, integrante de la Plana Mayor del Regimiento, quien se encuentra prófugo. Por otra parte, el jefe de inteligencia, exteniente Bartolomé Enrique Durán, también imputado en la causa Vesubio III, falleció en el año 2017 y el jefe de la Compañía B, exteniente primero Guillermo Eduardo Cogorno, falleció recientemente con una imputación pendiente en la instrucción de la causa. El exjefe de la Compañía C, entonces teniente primero Alberto Francisco Bustos, quien intentó suicidarse cuando fueron detenidos los otros integrantes del Regimiento, cuenta con un pedido de indagatoria por parte de la querella.
Tampoco pudo ser juzgado el exjefe del regimiento, entonces teniente coronel Alberto Ramón Schollaert, quien está apartado del proceso por incapacidad sobreviniente. La imposibilidad de someter a juicio a Schollaert y a Fernández Bustos, máximos responsables de la unidad militar al momento de los hechos, provocó que la gran mayoría de los casos que afectaron a 37 víctimas -que constituían el objeto de este juicio- sean excluidos de su abordaje en el debate oral. El tribunal dispuso el mes pasado dejar sin efecto la convocatoria a los testigos y el tratamiento de la prueba sobre esos casos. La fiscal Ramos interpuso un recurso de reposición para solicitar que el tribunal reconsidere la decisión, y un pedido de nulidad parcial de la resolución, en subsidio. Finalmente requirió la realización del abordaje de aquellos casos en el marco del derecho a la verdad reconocido en la jurisprudencia internacional y nacional. Pero todos los planteos fueron rechazados por los jueces, que clausuraron la etapa probatoria y abrieron la fase de alegatos.
Los hechos
En este contexto, la fiscalía expuso en su alegato sobre los hechos relativos al operativo represivo a una imprenta de la organización ERP-PRT, en la localidad de San Andrés, en el partido de General San Martín, perpetrado el 10 de julio de 1976. Según detallaron las representantes del MPF, Jorge Emilio Arancibia, de 23 años, se encontraba en la vivienda -donde funcionaba la imprenta- ubicada en la calle Ecuador 170 junto a otro militante que no pudo ser identificado. Ambos custodiaban en uno de los dos subsuelos de esa casa, desde hacía unos días, al vicecomodoro Roberto Echegoyen, quien había sido secuestrado por el ERP a fines de abril de ese año. La fiscalía consideró acreditado que "el Regimiento 6 de Infantería de Mercedes realizó un operativo ilegal en dicho domicilio de gran magnitud y poder ofensivo, planificado para desbaratar esa imprenta, rescatar a Echegoyen y capturar y asesinar a los militantes del PRT-ERP que encontraran en la vivienda".
Las representantes del MPF consideraron acreditado que "el Regimiento de Mercedes se encontraba en la tarea de dar con la redacción e impresión de las revistas del ERP-PRT".
Detalló que Arancibia salió corriendo de la vivienda para escapar “y en ese momento recibió disparos provenientes del cerco militar que rodeaba la casa y cayó al suelo herido. Finalmente, dos oficiales del Regimiento Mercedes se acercaron a él para dispararle, al menos uno de ellos le disparó directamente en la cabeza, produciendo su muerte instantánea".
Las representantes del MPF pusieron de relieve que “de los testimonios del juicio surge la magnitud inusitada, la violencia y el gran poder ofensivo del procedimiento, lo que conlleva a una desproporción e irracionalidad en las fuerzas. Esto también califica a ese operativo como una operación ilegal, como vimos en la jurisprudencia”.
La fiscalía puntualizó que para la realización de ese procedimiento el Ejército secuestró previamente al miembro del Comité Central del ERP-PRT, Pablo Pavich, en los primeros días del mes de julio de 1976, en la estación de tren de Moreno, provincia de Buenos Aires. El MPF detalló que "inmediatamente fue conducido a un lugar cercano, un descampado, para ser torturado brutalmente con corriente eléctrica. Luego, fue conducido por sus secuestradores a una casa de la calle Caseros al 300, de esa misma localidad, donde fueron secuestrados militantes del ERP que pertenecían a la redacción nacional del periódico El Combatiente y la revista Estrella Roja". Y el 10 de julio fue llevado al operativo ilegal realizado en la imprenta de la organización en San Andrés.
La fiscalía concluyó que Pavich fue secuestrado "para obtener la información que permitió al Regimiento 6 de Mercedes realizar el operativo en el domicilio donde funcionaba la redacción del periódico Estrella Roja y El Combatiente, ocasión en la que fueron secuestrados Juan Carlos y Rudyar García del Val, y también en la imprenta de San Andrés, que funcionaba en la calle Ecuador 170, donde se realizó el operativo militar de carácter ilegal, en el que resultó asesinado Jorge Emilio Arancibia, quien luego fue enterrado como NN, y en el que se privó ilegalmente de la libertad a una persona aún no identificada a la que, además, se sometió a tormentos".
Pavich fue trasladado después a la imprenta del ERP en Córdoba, que estaba en poder de las fuerzas armadas. La fiscalía señaló que la víctima permaneció en cautiverio en otros centros clandestinos, entre ellos, La Perla, en Córdoba, y el circuito represivo Atlético-Banco-Olimpo, donde fue visto hasta el 6 de diciembre de 1978. Actualmente, permanece desaparecido.
“Por la fecha de secuestro y el grado de responsabilidades y rol desempeñado dentro del ERP-PRT, el secuestro de Pavich tuvo consecuencias sobre el funcionamiento del área de propaganda de esa organización, pues permitió al Ejército arrasar con la redacción nacional de El Combatiente y Estrella Roja, como también desarticular las dos imprentas más importantes del partido, en las que se imprimían esa revista y el periódico”, indicó la fiscalía.
"Específicamente, Sánchez Zinny fue uno de los militares que ingresaron al cuarto de los niños violentamente, los apuntó con un arma y los amenazó con matarlos", indicó la fiscalía respecto de la individualización de uno de los acusados.
En relación al operativo de San Andrés, las representantes del MPF remarcaron que “si bien algunos imputados intentaron argumentar que no fue un operativo planeado por el Regimiento de Infantería 6, sino que sólo fueron de apoyo secundario, y que el operativo principal lo desarrolló otra fuerza militar, lo cierto es que quedó acreditado que el Regimiento de Mercedes se encontraba en la tarea de dar con la redacción e impresión de las revistas del ERP-PRT”.
Por otro lado, la fiscalía detalló los hechos que tuvieron como víctimas a los militantes del PRT Rocío Ángela Martínez Borbolla y Pedro Oscar Martucci. Las representantes del MPF consideraron acreditado que el 14 de junio de 1976 un grupo numeroso de al menos diez personas armadas pertenecientes al Ejército Argentino, entre los cuales se encontraba el entonces subteniente Martín Sánchez Zinny, ingresaron a su vivienda en el norte de Haedo, partido de Morón, y mediante forcejeos, golpes y amenazas a ellos y a los hijos de Rocío Martínez Borbolla, Bárbara y Camilo García, de 9 y 4 años de edad, se los llevaron secuestrados.
"Específicamente, Sánchez Zinny fue uno de los militares que ingresaron al cuarto de los niños violentamente, los apuntó con un arma y los amenazó con matarlos", detallaron las representantes del MPF.
En este mismo sentido, remarcaron el valor del reconocimiento fotográfico realizado por la hija Rocío Martínez Borbolla, quien pudo recordar el rostro Sánchez Zinny: "No hay motivos para dudar de la veracidad de un reconocimiento fotográfico efectuado válidamente en un juzgado instructor en presencia de abogados defensores. La testigo además toda su vida, incluso mucho antes del inicio de esta causa, dijo que podría reconocer a una persona que participó del secuestro de su madre y amenazó a ella y a su hermano, si le mostraban fotos".
Al respecto, citaron también la declaración de Omar Nicolás Barbieri, exmilitar del RI6, quien refirió que Alberto Bustos, entonces jefe de la compañía que integraba Sánchez Zinny para la época de los hechos, le contó sobre la participación del acusado en ese operativo: "Barbieri expresó en este juicio que, en una cena privada con Bustos, en el cuartel, éste le refirió que en junio de 1976 habían ido con Sostaric, él y Sánchez Zinny a una casa en Haedo a un operativo donde detuvieron una señora. Sánchez Zinny en una habitación al fondo de la casa, con una escopeta recortada apuntaba a dos niños y les decía a quién iba a matar primero".