La fiscal federal Virginia Miguel Carmona solicitó esta semana al Tribunal Oral Federal de La Rioja la ampliación de la acusación contra el ex alférez Eduardo Alfredo Britos, en el marco de tres causas que se le siguen por delitos de lesa humanidad. A lo largo de dos jornadas, la representante del Ministerio Público Fiscal solicitó que el imputado sea juzgado también por hechos de privación ilegítima de la libertad agravada, imposición de tormentos agravados y abuso deshonesto agravado por haber sido cometido por un encargado de su guarda por el accionar de un subordinado, en perjuicio de quince víctimas.
Britos, exalférez del Escuadrón 24 “Chilecito” de la Gendarmería Nacional y exjefe de seguridad del Instituto de Rehabilitación Social riojano penal que funcionó como centro clandestino de detención, está acusado por crímenes cometidos contra 45 personas en tres causas que tramitaron su instrucción por separado y se unificaron para este debate. Se le imputan homicidios entre ellos el de Wenceslao Pedernera (dirigente del Movimiento Rural Cristiano y colaborador del obispo Enrique Angelelli junto con quien fue declarado mártir y beato por la Iglesia Católica) y los sacerdotes Carlos Murias y Gabriel Longueville. También se lo acusa por secuestros, tormentos y privaciones ilegitimas de la libertad.
Para la fiscal, la ampliación “es una facultad del Ministerio Público Fiscal como órgano acusador”. Con cita del fallo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°6 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la causa “Españadero”, señaló que con la aplicación del artículo 381 del Código Procesal Penal de la Nación, se "busca evitar juzgamientos parciales o fraccionados y la producción de una multiplicidad de procesos en el tiempo, en desmedro de las partes intervinientes en el proceso y del sistema de justicia".
Los nuevos hechos
Basada en los testimonios de los y las sobrevivientes del terrorismo de Estado, la fiscal federal pudo constatar nuevos hechos que se sumaran a los que están siendo juzgados. En la primera jornada, la ampliación versó sobre los hechos sufridos por las víctimas Noemí Rosario Pedernera, Claudia Soria, María Illanes, Alicia Asís, María Argentina López, Ada Maza, Irma Quipildor, Azucena De la Fuente y Manuel Garro, quienes sufrieron privaciones ilegítimas de la libertad agravada, tormentos agravados y, en algunos casos, abusos deshonestos agravado por haber sido cometido por encargados de su guarda, un delito tipificado de esa manera a la época de la comisión de los hechos.
Luego se continuó la ampliación con los hechos sufridos en el hospital de la ciudad de Chilecito por Marta Ramona Cornejo de Pedernera y sus tres hijas menores María Rosa Pedernera (13 años); Susana Beatriz Pedernera (7 años) y Estela Marta Pedernera (5 años) la noche de homicidio de Wenceslao Pedernera.
Por último, la ampliación alcanzó a los hechos sufridos por el cura francés Francisco D´Alteroche y el padre Manuel Romero, ambos pertenecientes a la pastoral de Angelelli y vinculados a los movimientos rurales a los que pertenecía Pedernera, Al respecto, Carmona expresó: “Entendí que correspondía ampliar nuevos hechos de todas estas víctimas que declararon aquí, y que no iban a ser juzgados. Pasaron 47 años desde esos tormentos, abusos y situaciones traumáticas para que pueda, finalmente, juzgarse en este debate”.
La fiscal además afirmó que se trató de un estudio de todo el equipo del Ministerio Público Fiscal y de la Unidad de Derechos Humanos, donde se pudo analizar cada uno de los testimonios “de estas personas testigos-víctimas y ampliar la acusación para que Abelardo Britos responda por estos hechos, delitos por tormentos agravados y en determinados casos, abusos deshonestos agravados por ser el encargado de la guarda en calidad de autor mediato”.
El próximo jueves 14 de septiembre, los jueces José Camilo Quiroga, Juan Carlos Reynaga, Mario Eduardo Martínez le tomarán declaración indagatoria a Britos, de acuerdo a lo establecido en el Código Procesal Penal y bajo la preserva a los derechos de defensa constitucionales. En es momento, el imputado tendrá la opción de declarar o de abstenerse de hacerlo, además de que su defensa podrá plantear recursos atinentes respecto de los hechos ampliados.