El Juzgado Federal N°1 de Mendoza, a cargo del juez Leopoldo Rago Gallo, dictó el procesamiento de 15 exintegrantes de las Fuerzas Armadas y de seguridad por crímenes cometidos contra 56 niños, niñas y adolescentes (NNyA) durante la última dictadura cívico-militar.
Los hechos investigados —de acuerdo con el Código Penal vigente al momento en que ocurrieron— comprenden los delitos de privación abusiva de la libertad, imposición de tormentos agravados, abandono de persona, coacción, sustracción, retención u ocultamiento de menores, alteración del estado civil y falsedad ideológica.
En el caso interviene el titular de la Oficina de Asistencia en causas por violaciones a los Derechos Humanos cometidas durante el terrorismo de Estado en Mendoza, el fiscal Dante Vega, junto con el y la auxiliares fiscales Daniel Rodríguez Infante y Analía Quintar. A pedido del Ministerio Público Fiscal, 17 de los acusados comenzaron a ser indagados en diciembre pasado.
Entre los procesados se encuentran los exmiembros del Departamento de Informaciones Policiales (D-2) Omar Pedro Venturino Amaker, Armando Osvaldo Fernández Miranda, Pablo José Gutiérrez Araya, Carlos Faustino Álvarez Lucero, Rubén Oscar Blanco, Rubén Darío González Camargo, Julio Héctor La Paz Calderón, Antonio Marcos Ochoa Albornoz, José Esteban Roccato Villegas, José Lellis Sosa Córdoba, Miguel Ángel Salinas y Abelardo Santiago Garay Mauceri.
También fueron procesados Juan Carlos Alberto Santamaría Blasón, Alberto Raganato Leo y Néstor Nivaldo Carmona Barroso, quienes pertenecían a la IV Brigada Aérea.
En cambio, otros dos exagentes del Descatamento de Inteligencia N° 144 indagados en diciembre pasado —Hugo Zalazar Campos y Vicente Navarro Moyano— fueron apartados del proceso por incapacidad sobreviniente, mientras que Carlos Plácido Escobar Zurita fue desvinculado por falta de mérito.
El juzgado dispuso además prisión preventiva para cuatro de los imputados —Fernández Miranda, Venturino Amaker, Santamaría Blasón y Raganato Leo—, lo que será recurrido por el Ministerio Público Fiscal, ya que había pedido esa medida de coerción para la totalidad de los acusados. También, ordenó embargos de entre 10 y 15 millones de pesos.
El origen de la investigación
La causa se inició en mayo de 2025, a partir de un requerimiento del Ministerio Público Fiscal en el que se solicitó la imputación de los acusados. La mayoría de ellos ya habían sido juzgados o condenados en otros procesos por delitos de lesa humanidad vinculados con secuestros, asesinatos o desapariciones de los padres y madres de las actuales víctimas.
En ese requerimiento, la fiscalía identificó al menos cinco patrones de criminalidad dirigidos contra niños, niñas y adolescentes. El documento describe situaciones de menores que fueron afectados directamente por los operativos represivos contra sus familiares o que quedaron expuestos a episodios de violencia extrema durante secuestros y detenciones ilegales.
Las distintas formas de violencia contra las infancias
En su presentación, Vega, Rodríguez Infante y Quintar clasificaron los hechos investigados en cinco categorías:
- Niños, niñas y adolescente retenidos por el aparato represivo: incluye casos en los que NNyA quedaron bajo control de las fuerzas represivas tras el secuestro de sus padres, hasta ser entregados a familiares o institucionalizados. También se registraron situaciones en las que fueron llevados junto a sus madres a centros clandestinos de detención como el D-2. Estas privaciones de libertad implicaban, además, la exposición de los NNyA a tormentos psicológicos y físicos, dadas las condiciones en que aquellas tenían lugar. Entre casos enumerados se menciona el de un bebé de siete meses abandonado en la puerta de la casa de sus abuelos con signos de maltrato, y el de otro niño de diez meses que permaneció durante un mes en poder de un comisario para ser utilizado como “cebo” para capturar a su padre, hasta ser rescatado por sus abuelos en un estado de abandono.
- Delitos cometidos durante los operativos: se trata de hechos sufridos por menores presentes en procedimientos contra sus padres, quienes padecieron privaciones de la libertad temporales, aislamiento o violencia directa. Según la fiscalía, los operativos —con gritos, armas, golpes y amenazas— generaban un impacto psicológico severo en los NNyA que configuraba tormentos. Entre los casos relevados se encuentran dos hermanos de 4 y 6 años que fueron encerrados con la boca tapada con cinta mientras secuestraban a sus padres, hasta ser encontrados por una vecina; otros dos hermanos que permanecieron llorando durante horas en la vereda de la casa donde se realizaba un operativo, impidiéndose que sus vecinos pudieran auxiliarles; o el de una niña que fue arrancada de los brazos de su madre y arrojada a un pasillo.
- Niños y niñas abandonados a su suerte: durante los secuestros de sus padres o madres, algunos bebés o niños y niñas de corta edad fueron dejados en situaciones de desamparo, sin cuidado o protección, que configuraron el delito de abandono de persona. Estas acciones creaban un peligro concreto para la vida o la salud de aquellos, especialmente por su incapacidad para valerse por sí mismos, abandonados/as en la vía pública o en sus domicilios sin presencia de un adulto, y sin garantizar su seguridad.
- Violencia dirigida diferenciadamente contra NNyA: en algunos casos, fueron objeto de violencia directa, como agresiones físicas, amenazas con armas o interrogatorios, a menudo para presionar a sus padres. Estas acciones buscaban infligir sufrimiento directo a los menores de edad o utilizarlos como herramientas de coacción contra sus progenitores. Entre estos casos, se encuentran múltiples hechos de NNyA apuntados con armas y amenazados, como el de un niño de 3 años al que le pusieron un arma en la cabeza frente a su padre, una niña de 5 años apuntada y obligada a entregar la llave de su casa que su madre le había encomendado o un adolescente al que se le introdujo incluso un arma en la boca. En esta categoría, el escrito releva otros casos que fueron parte de procesos previos, tales como el de una bebé de quince días que fue privada de alimento junto a su madre en el D-2, quien no podía amamantarla adecuadamente, o el de una niña de 5 años que no sólo fue mantenida en un centro clandestino de detención, sino además, obligada a presenciar las torturas infligidas a su padre.
- Delitos contra la identidad: incluyen la apropiación, sustracción, retención u ocultamiento de menores de 10 años, y la alteración de su estado civil, a menudo mediante falsedad ideológica. Además de referenciar casos de apropiación que han sido examinados en otros procesos, el escrito incluye el caso de una niña que, pese a conocerse fehacientemente su identidad, fue remitida por el D-2 como “N/N” a la Casa Cuna, situación en la que permaneció hasta que su familia pudo recuperarla. Estos delitos buscaban suprimir o alterar la identidad de los NNyA, lo que impedió su vínculo con sus familias biológicas.
El funcionamiento del aparato represivo
De acuerdo con la investigación del MPF, una de las estructuras centrales en estos hechos fue el Departamento de Informaciones de la Policía de Mendoza (D-2), donde funcionó el principal centro clandestino de detención de la provincia. Su actividad se remonta a antes del golpe de Estado de 1976 y contaba con una infraestructura destinada a la represión ilegal, con trece celdas y personal entrenado para realizar secuestros, interrogatorios bajo tortura y otras prácticas represivas. El D-2 operaba como eje de la inteligencia policial, desde donde se planificaban y coordinaban operativos, además de articular con otras dependencias policiales que funcionaban como espacios auxiliares o “satélites” para alojar o trasladar a las personas detenidas
Según la información reunida en distintos juicios por delitos de lesa humanidad, más de 300 personas pasaron por ese centro clandestino, donde se cometieron privaciones ilegítimas de la libertad, tormentos, agresiones sexuales y homicidios.
La fiscalía también identificó la participación del Destacamento de Inteligencia N.º 144 del Ejército Argentino, dependiente de la VIII Brigada de Infantería de Montaña, con actuación en la Subzona 33, que abarcaba Mendoza, San Luis y San Juan. La unidad contaba con una jefatura y una plana mayor organizada en áreas de personal, inteligencia, operaciones y logística, además de secciones de ejecución y grupos de actividades especiales.
Por último, el MPF señaló a la IV Brigada Aérea de la Fuerza Aérea Argentina, bajo el Comando de Agrupaciones Marco Interno y con control operacional sobre parte de Lavalle y Las Heras (Subárea 331). Su División de Inteligencia y la Regional Oeste coordinaban tareas represivas. La brigada contaba además con la Compañía Policía Militar y la Subunidad COIN, que actuaban como grupos operativos. Según la acusación, sus integrantes deben responder por los delitos cometidos en operativos bajo su control o en acciones conjuntas con otras fuerzas, en particular, quienes cumplían funciones de inteligencia o mando.