29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
Por delitos de lesa humanidad perpetrados contra 28 víctimas
Neuquén: la Fiscalía solicitó prisión perpetua para dos represores y condenas para otros 20 acusados
El fiscal federal Walter Romero pidió la pena máxima para Oscar Reinhold y Luis Farías Barrera, al considerar que por la autoridad que ambos revestían en el Comando de Brigada de Infantería de Montaña VI, fueron “quienes tuvieron dominio en el curso de las acciones ilícitas que configuraron las privaciones ilegítimas de la libertad, los tormentos, ataques sexuales y homicidios”. Para los restantes 20 imputados reclamó penas de entre 25 y 10 años de prisión. La violación como delito de lesa humanidad.

El fiscal federal Walter Romero solicitó prisión perpetua para dos de los represores que están siendo juzgados en el marco de la denominada “causa Castelli”, que aborda los delitos de lesa humanidad cometidos en la sub-zona militar 52, con sede en la Brigada de Infantería de Montaña VI de Neuquén.  Para el resto de los veinte imputados, todos ellos efectivos del Ejército, de Gendarmería, de la Policía Federal y de las policías provinciales de Neuquén y Río Negro al momento de los hechos, el representante del Ministerio Público Fiscal requirió penas de entre 25 y 10 años por sus responsabilidades en la privación ilegítima de la libertad, tormentos, violaciones y homicidios contra 28 víctimas. Al presentar su alegato ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén, Romero enmarcó los hechos bajo análisis dentro del plan “sistemático y clandestino” de represión perpetrado por las Fuerzas Armadas –con colaboración de otros estamentos estatales y algunos sectores de la sociedad-, el cual consistió “en un ataque generalizado y metódico contra la población civil mediante privaciones clandestinas de la libertad, aplicación de tormentos, persecuciones fundadas en motivos políticos y desaparición forzada o exterminio de personas”.

Entre los hechos que se juzgan se encuentran los homicidios calificados de Jorge Domínguez, Horacio Gerardo Girardello, Rodolfo Luis Marinoni, Manuel Jesús González, Felipe Evangelio Lara, José Francisco Pichulman, Celestino Aigo, Orlando Cancio, Javier Seminario Ramos, Miguel Ángel Pincheira y José Delineo Méndez.

El rol de la Inteligencia

Los pedidos de penas más elevadas fueron para Oscar Lorenzo Reinhold y Luis Alberto Farías Barrera. Una vez producido el golpe de Estado, el primero de ellos pasó a ocupar el cargo de Jefe de la División II –Inteligencia- del Comando de la VI Brigada de Infantería de Montaña, en tanto que Farías Barrera se encontraba a cargo de la División I Personal de ese mismo Comando, que era la unidad que ejercía la jefatura del Comando de la Sub-zona 52. Así las cosas, en virtud de la jerarquía que detentaban, la Fiscalía consideró que ambos ex militares ejercían el dominio respecto del cauce de los hechos e incidieron en su configuración final a partir de las órdenes impartidas a sus sub-alternos, ya sean éstos efectivos militares o de las demás fuerzas de seguridad que operaban bajo el mando de la Brigada VI.

En diversos pasajes de su exposición, la Fiscalía destacó el carácter preponderante otorgado por el régimen militar a las operaciones de inteligencia desplegadas en la región, para lo cual fue fundamental el trabajo realizado en forma conjunta por el Destacamento de Inteligencia 182 de Neuquén y los organismos de inteligencia de las otras fuerzas de seguridad, policiales y penitenciarias, todas sometidas al control operacional del Ejército Argentino. “Estos aspectos, precisamente, son los que permiten afirmar la activa participación de Reinhold en la lucha antisubversiva, que se materializó tanto en la individualización de víctimas cuanto en su posterior detención ilegal, su alojamiento a los fines de ser interrogada bajo tormentos y la decisión de cuál sería su destino final”, señaló Romero. En tanto, Farías Barrera era quien tenía la responsabilidad primaria sobre todo lo relacionado con los individuos bajo control militar, siendo una de sus funciones la de llevar los registros e informes sobre el personal y los detenidos, según él mismo reconoció en su Legajo Personal. Ambos imputados cuentan ya con condenas a prisión perpetua por delitos de lesa humanidad.

Asimismo, el representante del MPF solicitó 25 años de prisión para Antonio Camarelli; Jorge Di Pasquale; Raúl Antonio Guglielminetti; Jorge Eduardo Molina Ezcurra; Enrique Braulio Olea; Miguel Angel Quiñones; Sergio Adolfo San Martín; Osvaldo Antonio Crippa; Saturnino Martínez; Hilarión de la Paz Sosa; Jorge Soza y Gustavo Vitón. En tanto, pidió 13 años de prisión para Gerónimo Huircaín y 12 años para Emilio José Rozar; Enrique Sires, Ramón Saboredo, Julio Villalobo, Néstor Castelli y Miguel Cancrini. Finalmente, reclamó 10 años de prisión para Gustavo Alberto Sommer. En base al artículo 19, inc. 4 del Código Penal de la Nación, requirió además que, para el caso de arribar a una condena, se proceda a la suspensión de la pensión, retiro o jubilación que pudieran gozar actualmente los imputados.

Entre los centros clandestinos de detención que forman parte del debate se encuentra “La Escuelita”, ubicado en los fondos del Batallón de Ingenieros de Construcciones 181, donde logró acreditarse que personal de Inteligencia dirigía interrogatorios bajo tortura. Otros centros de detención funcionaron en edificaciones ubicadas en terrenos del Comando de la VI Brigada de Infantería de Montaña; la comisaría 24° de Cipolletti (Río Negro), la Delegación Neuquén de la Policía Federal Argentina (PFA), la Unidad 9 del Servicio Penitenciario Federal en Neuquén, el Escuadrón 30 "Chos Malal" de la Gendarmería Nacional y la Escuela de Instrucción Andina del Ejército en Bariloche.

Los alegatos de la Fiscalía se desarrollaron durante las audiencias que tuvieron lugar el lunes y martes pasado, oportunidad en que se proyectaron fotos y resúmenes de tal forma de facilitar una cabal comprensión tanto de los hechos bajo análisis, como de las responsabilidades asignadas a cada uno de los imputados. Por parte de la Unidad de Asistencia para las causas por violaciones a los Derechos Humanos de Neuquén colaboraron Jorgelina D’Alessandro, Gabriela Schumacher, David Maestre, Matías Alvarez y Claudia Ferreyra

Violaciones sistemáticas

El representante del Ministerio Público Fiscal solicitó al Tribunal Oral que considere como delito de lesa humanidad la violación cometida contra una de las víctimas, ya fallecida, durante su cautiverio en “La Escuelita”, ocasión en que fue torturado y sometido sexualmente por dos hombres, a los cuales no pudo identificar. Para la Fiscalía, el hecho está lejos de poder ser considerado un caso aislado, habiéndose recolectado una significativa cantidad de testimonios que dan cuenta de abusos sexuales reiterados contra las víctimas. “Estas circunstancias permiten tener por acreditado que los ataques sexuales fueron una práctica sistemática aplicada contra las víctimas que se encontraban en cautiverio. Comportamientos de tales características en un centro clandestino de detención, contra personas bajo el dominio de las fuerzas de la represión ilegal, deben ser considerados como crímenes contra la humanidad”, señaló Romero. El fiscal refirió que este tipo de delitos han sido reconocidos, específicamente, como crímenes de lesa humanidad a partir del desarrollo de conceptos y estándares de tribunales internacionales en justicia de género, y que incluso el Estatuto de Roma que creó la Corte Penal Internacional ha establecido una definición de violación estipulada como crimen de lesa humanidad.

Por el mencionado hecho, Romero solicitó que sean condenados como partícipes primarios Molina Ezcurra, Reinhold, Olea y San Martín.

Detenciones

La Fiscalía solicitó la detención de los imputados Cancrini, Huircain, Martínez, Quiñones, Rozar, Saboredo, Sires, Villalobo y Vitón debido al mayor riesgo de fuga que supone la condena que sobre ellos puede recaer. “La  detención que aquí se plantea es conteste con el resultado del debate puesto que probada la culpabilidad de los imputados en el juicio la situación cambia sustancialmente en relación al inicio del mismo. Ya no es la amenaza de pena sino la certeza de una condena de prisión efectiva la fuente de un serio riesgo de fuga”, concluyó el fiscal en sus alegatos.