El fiscal federal Flavio Ferrini solicitó la indagatoria de tres ex jueces del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia de Formosa al considerar que habrían abusado de la autoridad que su cargo les confería, incumplido sus deberes de funcionario público y encubierto las privaciones ilegítimas de la libertad y torturas respecto de siete empleados del Poder Judicial Formoseño durante la última dictadura cívico militar.
En su requerimiento, el fiscal Ferrini señaló que “las privaciones de libertad, los tormentos y las desapariciones forzadas de los empleados del Poder Judicial de la Provincia de Formosa fue corroborada en la causa ‘Camicha’ y reeditada en ‘Domato’ en donde se pudo determinar que los declarantes fueron privados de su libertad y torturados a causa de su participación en actividades gremiales vinculadas a su empleo en el Poder Judicial, todo lo cual no podría ser ignorado por las máximas autoridades de esa magistratura”.
Los hechos
Según se consigna en la requisitoria fiscal, hubo dos olas de secuestros, en agosto de 1976 y junio de 1977. Las víctimas eran capturadas por su labor en el Poder Judicial formoseño y su afiliación en la Asociación Judicial de Formosa (AJF), tras lo cual las trasladaban al Regimiento de Infantería del Monte (RIM) N°29 o el centro clandestino de detención denominado “La Escuelita” que funcionaba en el destacamento policial de Colonia San Antonio, todos ellos dependientes del Área Militar 234.
“El procedimiento de privación de libertad era concretado en lugares y condiciones de encierro paupérrimas: las víctimas eran vendadas, permanecían con ataduras, en pésimas condiciones sanitarias, sin cuidado médico ni alimento suficiente lo que era complementado por violentas sesiones de interrogatorio en las que se empleaban múltiples modos de tormentos, tanto físicos como psicológicos”, sostuvo el fiscal Ferrini.
En la tarde del 4 de agosto, con el pretexto de que los acompañara a ver un expediente judicial en Tribunales, dos hombres secuestraron a Elsa Alicia Chagra de su vivienda. La mujer se desempeñaba en el archivo general del Poder Judicial de Formosa, cuyo escritorio había sido inspeccionado ese mismo día por personal policial que secuestró documentación.
Chagra fue llevada a “La Escuelita” donde fue torturada. Tras ello la trasladaron al RIM, luego a la Alcaidía de Mujeres, de vuelta al RIM y luego trasladada a la cárcel de Devoto, en la Ciudad de Buenos Aires. El 20 de octubre de 1976, por acuerdo del Superior Tribunal de Justicia se la suspendió preventivamente de sus funciones, mientras que el 3 de noviembre de ese año fue puesta a disposición del Poder Ejecutivo Nacional. Finalmente, el 29 de marzo de 1977 el STJ dio de baja a Chagra, quien fue liberada el 9 de septiembre de 1978, aunque luego volvió a ser detenida hasta el 2 de diciembre de 1983.
El 5 de agosto de 1976, Ángela Colman –empleada de la justicia provincial y afiliada a la Asociación Judicial de Formosa- fue secuestrada y trasladada al RIM, donde permaneció hasta el 17 de agosto de 1976, cuando la trasladaron a La Escuelita. Al igual que Chagra, fue suspendida de sus funciones por el TSJ, puesta a disposición del PEN y finalmente dada de baja de su trabajo. Recuperó su libertad el 3 de octubre de 1977.
Ese mismo día, en el juzgado donde se desempeñaba, se detuvo a Raquel Ubalda Lebi, quien fue llevada a la Jefatura de Policía y luego trasladada al RIM, donde la torturaron y abusaron sexualmente de ella. El 20 de octubre de 1976, el STJ la suspendió de sus funciones, el 3 de noviembre fue puesta a disposición del PEN y el 29 de marzo de 1977 la desvincularon del Poder Judicial formoseño. Finalmente, fue liberada en la ciudad de Buenos Aires, en 1980.
Por su parte, Adriano Acosta fue detenido junto a otros compañeros el 5 de agosto de 1976, en el Superior Tribunal de Justicia, lo cual fue informado al juez y su secretario. Fue llevado a “La Escuelita” y luego al RIM, donde lo torturaron. En misma fecha que las otras víctimas fue suspendido de sus funciones y puesto a disposición del PEN. El 30 de noviembre lo trasladaron junto a Andrés Medina a la U-10 y se le instruyó una causa por la Ley 20.840. Fue liberado en 1979.
Andrés Medina también fue detenido el 5 de agosto y llevado a Colonia San Antonio, donde lo torturaron. Al igual que las otras víctimas, se lo desvinculó preventivamente de sus funciones, quedó a disposición del Poder Ejecutivo y luego se lo llevaron a la U-10, tras lo cual lo trasladaron a la Unidad Penal de Resistencia, donde fue sometido a Consejo de Guerra y liberado tras cinco años de detención.
El matrimonio conformado por Mirta Lónidas Insfrán y Ricardo Borgne fue secuestrado por la Gendarmería Nacional ese mismo 5 de agosto, cuando viajaban en un colectivo de la línea Godoy, en la localidad de Tatané. La mujer fue llevada a “La Escuelita”, donde la torturaron y abusaron sexualmente de ella. El 20 de octubre de 1976, el STJ la cesanteó. Hasta hoy, no se tiene noticias de ella. Su marido fue trasladado al RIM, donde también fue torturado. Tampoco se supo más nada sobre su paradero.
Indagatorias
Según consignó el representante del Ministerio Público Fiscal en su requisitoria “luego de la privación ilegal de la libertad sufrida por los empleados judiciales, los aquí imputados recibieron informes remitidos por el Jefe del Área Militar 234, que asumían responsabilidad sobre esas detenciones sin mencionar causa o documentación respaldatoria que las justificara. Sin perjuicio de ello, los magistrados no sólo no buscaron corroborar la licitud de la medida, sino que tampoco constataron la veracidad de los informes militares o las condiciones a las que sus empleados estaban siendo sometidos”.
“Surge claramente que los magistrados intervinientes usufructuaron las facultades que les conferían sus cargos para dictar decisiones que brindaran cobertura a las acciones ilegales (..)", sostuvo Ferrini.
Agregó que “resulta evidente que quienes ejercían los máximos cargos del Poder Judicial debieron utilizar el criterio de la razonabilidad para determinar si la detención era o no indefinida y sin justificación y si las personas habían podido ejercer su derecho de defensa. Claramente los magistrados intervinientes cometieron numerosas y graves infracciones a sus deberes de funcionarios públicos, vinculados con los delitos de lesa humanidad que se cometieron en aquella época y que llegaron a su conocimiento, toda vez que se conformaron con una simple comunicación de que los detenidos estaban a disposición del PEN, para avalar en estos casos la privación de libertad”.
En base a las pruebas colectadas, el fiscal Ferrini concluyó que “surge claramente que los magistrados intervinientes usufructuaron las facultades que les conferían sus cargos para dictar decisiones que brindaran cobertura a las acciones ilegales y que los sustrajeran de cumplir con sus obligaciones y deberes que sus cargos de funcionarios públicos les conferían. (…) puede decirse que existen consistentes indicios objetivos de que las resoluciones eran dictadas a sabiendas de que estaban fundadas en hechos falsos.”.
Por todo ello, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó que se cite a los tres ex jueces del Superior Tribunal de Justicia de Formosa, a fin de que sean indagados por las conductas desplegadas, las cuales incurrirían en los delitos de abuso de autoridad, incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento.