19 de abril de 2024
19 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Requerimiento de la Fiscalía Federal de San Nicolás
Pidieron enjuiciar a dos militares que se desempeñaron en el Área Militar 132 por la desaparición forzada del militante Ricardo Biegkler
Se trata del Teniente Coronel (R) Bernardo Luis Landa y el Coronel (R) Omar Andrada. También están acusados de secuestrar y torturar a su tía y a su mujer embarazada de 7 meses.

La fiscal interinamente a cargo de la Fiscalía Federal de San Nicolás, María Paula Moretti, solicitó la elevación a juicio de la investigación seguida contra el Teniente Coronel (R) Bernardo Luis Landa y el Coronel (R) Omar Andrada, por la privación ilegítima de la libertad y homicidio de Ricardo Miguel Biegkler, la privación ilegítima de la libertad de su esposa embarazada, Estela Guadalupe Maldonado, y su tía Nélida Sara Salinas.

Al momento de los hechos que se les imputan, Andrada y Landa se desempeñaban en el Área Militar 132, porción territorial asignada al Batallón de Ingenieros de Combate 101 de San Nicolás, provincia de Buenos Aires. Andrada revestía el cargo de Mayor y tenía a cargo la Jefatura de la Sección San Nicolás del Destacamento de Inteligencia 101 -cuyo asiento principal estaba en La Plata-, mientras que Landa -que ostentaba el grado de Capitán- integraba la plana mayor del Batallón de Combate 101 donde cumplía funciones de S1 Oficial de Personal y S4 Oficial de Logística.

Los hechos

Ricardo Miguel “Moro” Biegkler era oriundo de la ciudad de Santa Fe. En enero de 1977 se trasladó con su mujer embarazada, Estela Guadalupe Maldonado, a la ciudad de San Nicolás, para trabajar como operario metalúrgico en la firma Trialco S.A. La pareja se afincó en la casa de los tíos paternos del joven, Ramón Alejandro Biegkler y Nélida Sara Salinas.

Biegkler militaba en la Juventud Peronista e integraba la “Columna 17 Paraná” de la Organización Política Militar Montoneros. Para la fiscalía, fue en el marco de las tareas tendientes a desbaratar la organización, que se produjo la desaparición del joven, de por entonces 25 años.

El 8 de mayo de 1977, Biegkler salió de la casa de sus tíos cuando fue abordado por miembros de las fuerzas de seguridad bajo control operacional del Área Militar 132 quienes vestían de civil y portaban armas largas. El joven fue subido a un vehículo y nunca más se supo de él.

A la noche, al ver que no llegaba su marido, Estela Maldonado, de 20 años, le pidió a Nélida Salinas que la acompañara a buscarlo. Así, las dos mujeres salieron del domicilio de la Avenida Alberdi al 600, y fueron detenidas por agentes de la Brigada de Investigaciones de San Nicolás, que habían estado vigilando el domicilio.

Las mujeres fueron trasladadas a la Comisaría Primera de San Nicolás, donde fueron interrogadas y recibieron apremios, para luego llevarlas a la Brigada de Investigaciones, donde permanecieron atadas junto a Maldonado. Salinas fue liberada a las 72 hs. en cercanías de su vivienda, mientras que Maldonado permaneció en cautiverio más de veinte días, para recobrar la libertad en las inmediaciones de un campo situado en la localidad de Villa Constitución, provincia de Santa Fe, y tuvo a su beba el 10 de julio de 1977.
El 11 de octubre de 1978, Maldonado decide radicarse en Capital Federal, para buscar trabajo y continuar la búsqueda de su pareja. Sin embargo, el 24 de marzo de 1979 una persona se presenta en el lugar de trabajo de la madre de Maldonado, Eusebia Escobedo, y le hace saber que su hija está presa, pero que será liberada en poco tiempo. Sin embargo, nunca más se supo de la joven.

En su requerimiento, la fiscal Moretti consideró que Andrada intervino en los hechos que se les imputan “en cuanto aportó los recursos y los medios para establecer los blancos, a partir de la información obtenida en los interrogatorios bajo tormentos de los detenidos en el marco de los procedimientos” que culminaron con el secuestro de las víctimas y la desaparición forzada de Biegkler. En relación a Landa, la representante del Ministerio Público sostuvo que “todo este despliegue no hubiere sido posible sin la intervención del oficial de logística y de personal, en virtud de sus obligaciones funcionales, y de la intervención preponderante del Batallón de Ingenieros de Combate 101 ” .