25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervino la Unidad Fiscal de Derechos Humanos de La Plata
Prisión perpetua para cuatro ex militares del Batallón de Comunicaciones 601 de City Bell por homicidios, privación ilegal de la libertad y tormentos
En el caso se juzgaron los delitos perpetrados durante el ataque militar en septiembre de 1977 a una vivienda localizada en Berazategui, hechos calificados en el pronunciamiento de hoy como crímenes de lesa humanidad. El TOF N°2 de La Plata los absolvió por el delito de sustracción, retención y ocultamiento de menores, por el que también habían sido acusados. Otro imputado, Eduardo Barreiro, resultó absuelto en todos los casos y recuperó inmediatamente la libertad. El 6 de febrero de 2020 darán a conocer los fundamentos.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de La Plata, integrado por los jueces Alejando Esmoris, Nelson Jarazo y Germán Castelli, condenó a prisión perpetua a cuatro ex militares que formaron parte de la estructura represiva desde su participación en el Batallón de Comunicaciones de Comando 601 de City Bell, por su responsabilidad en dos homicidios agravados, privación ilegal de la libertad y aplicación de tormentos; dispuso la absolución de uno de los cinco imputados que llegaron a la instancia de juicio y calificó los hechos ventilados en el debate como constitutivos de crímenes de lesa humanidad. El Ministerio Público Fiscal, representado en esta instancia por la Unidad Fiscal de Derechos Humanos de La Plata, estuvo a cargo del fiscal general Hernán Schapiro y del auxiliar fiscal Juan Martín Nogueira.

Los hechos que conformaron el objeto procesal de este juicio tuvieron lugar el 6 de septiembre de 1977, en un operativo llevado adelante en una vivienda de Berazategui, en el que fueron asesinados un hombre y una mujer, y secuestrados dos niñas y un niño.

Al dar a conocer su veredicto, el tribunal condenó a la pena máxima a Carlos Alberto Bazán, ex segundo jefe del Batallón de City Bell; Francisco Ángel Fleba, quien se desempeñó como oficial de Inteligencia en esa misma unidad; Eduardo Arturo Laciar, ex oficial de Operaciones; y el ex subteniente de la Compañía B, Daniel Eduardo Lucero. Todo ellos fueron condenados como coautores de los delitos de homicidio agravado por haber actuado con el concurso premeditado de dos o más personas en perjuicio de María Nicasia Rodríguez y Arturo Alejadrino Jaimez, y privación de la libertad agravada por haber mediado violencia y amenazas y por su duración mayor a un mes e imposición de tormentos agravado por ser la víctima perseguida política en perjuicio de una niña de entonces doce años de edad, en concurso real. Asimismo, dispuso la absolución del ex subteniente de la Compañía B, Eduardo Enrique Barreiro.

Todos los acusados fueron absueltos por el delito de sustracción, retención y ocultamiento de dos menores de edad, por el que el Ministerio Público Fiscal había requerido pena.

María Nicasia Rodríguez, de 34 años, y Arturo Alejadrino Jaimez, de 22, fueron asesinados con múltiples disparos de armas de fuego. Ambos militaban en Montoneros. Rodríguez era la madre de la niña de por entonces 12 años, de un varón de 10 y de una beba de un año y medio que fueron encontrados por los militares en el baño de la finca atacada. Era el único recinto con paredes sólidas de la casa prefabricada. La niña mayor fue introducida en el circuito de centros clandestinos de detención y pasó por El Vesubio, Sheraton y el Regimiento de La Tablada. Sufrió abusos sexuales y fue torturada y obligada a señalar en la calle a compañeros de militancia de su madre. Su hermano de diez años y su hermana de un año y medio de edad estuvieron desaparecidos durante ocho días. En ese lapso, pasaron por diferentes dependencias policiales hasta que fueron entregados a sus familiares, tras una incesante búsqueda por parte de su padre.

El cuerpo de Jaimez continúa aún desaparecido pero el de Nicasia Rodríguez fue recuperado por el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) en una tumba sin nombre en el cementerio de La Plata, en 2007.

Respecto de las medidas reparatorias solicitadas por la Fiscalía, el tribunal puso "a disposición de las partes las actuaciones para que realicen las presentaciones administrativas que por derecho correspondan conforme lo expresado en sus alegatos". Schapiro y Nogueira habían solicitado, entre otras,  la señalización “del Batallón de Comunicaciones Comando 601, como recordatorio de los hechos ocurridos e investigados en la presente causa y la directa participación de aquel en los mismos, dándose participación a las víctimas en esa tarea”.