29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El primer juicio a un empresario por crímenes de lesa humanidad
Salta: los fiscales pidieron 18 años de prisión para el dueño de "La Veloz del Norte"
Francisco Snopek y Carlos Amad solicitaron que se condene a Marcos Levin como instigador del secuestro y los tormentos que sufrió un trabajador. Ademá, requirieron penas de 16 y 17 años para tres ex policías. Señalaron que la persecución fue parte del "disciplinamiento social para el trabajo".

Los fiscales generales de Salta Francisco Snopek y Carlos Amad reclamaron ayer la pena de 18 años de prisión para el empresario transportista, dueño de "La Veloz del Norte", Marcos Jacobo Levín, a quien acusaron como instigador de los delitos de privación ilegal de la libertad doblemente agravada y de tormentos agravados en perjuicio del ex chofer y delegado gremial de la firma Víctor Manuel Cobos.

El pedido de los representantes del Ministerio Público se dio en el marco de su alegato en el primer juicio oral y público en el que se busca determinar la responsabilidad de un empresario en crímenes de lesa humanidad.

Snopek y Amad, que actúan en el debate con la asistencia del fiscal ad hoc Juan Manuel Sivila, también pidieron 17 años de prisión para el ex comisario de la seccional 4ª de Salta, Víctor Hugo Almirón, y para el ex subcomisario Víctor Hugo Bocos, quien además trabajaba a las órdenes de Levín en la empresa.

Los fiscales asimismo pidieron 16 años de prisión para el ex policía Víctor Enrique Cardozo. Almirón fue acusado en carácter de autor mediato de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada y de tormentos agravados, en tanto que Bocos y Cardozo fueron considerados por la Fiscalía como coautores materiales de los mismos delitos.

1977

El 22 de enero de 1977 a las 9:30, Cobos se encontraba en la empresa "La Veloz del Norte" y se disponía a salir de viaje de servicio cuando fue detenido por el oficial Bocos, acompañado por Cardozo y otro policía de apellido Figueroa. Le quitaron un maletín y, sin explicarle los motivos de la detención, lo llevaron a la Comisaría 4ª, abordo de un Ford Falcon gris de la empresa. Más de 20 trabajadores de la firma también fueron secuestrados.

En la seccional, a Cobos le colocaron una venda en los ojos y una capucha cerrada con una piola al cuello. Cobos fue torturado a golpes mientras le requerían que declarara que él y sus compañeros robaban boletos y talonarios a la empresa. Durante la tortura, llegaron a producirle la rotura de los ligamentos de sus hombros, lo cual le dejó secuelas físicas.

Cobos, que fue investigado y luego sobreseido en una causa penal por defraudación, logró la libertad el 19 de abril de 1977 y fue exonerado de la empresa.

Los aportes del empresario

En su alegato de ayer, los fiscales Snopek y Amad indicaron que el empresario Levín "aportó la acción psicológica" para la persecución de Cobos y del resto de los trabajadores, pues "creó las condiciones sociales favorables para el accionar represivo" al realizar "un pedido público de que se aplicara la ley antisubversiva y de intervención de los militares y de las fuerzas de seguridad".

Además, indicaron, los fiscales, Levín "aportó información de inteligencia relativa a los trabajadores". No sólo brindó las listas de los empleados de la empresa, sino también los diagramas de servicio que permitieron conocer los lugares donde fueron secuestrados, sus domicilios y los datos sobre su actividad gremial, describieron.

La Fiscalía consideró acreditado que el empresario también aportó a los represores los vehículos particulares y de línea de la empresa, el personal y las propias instalaciones de la firma para que allí se produjeran secuestros. También, señalaron, "aportó con recursos económicos y dádivas al personal policial para que reprimera a los trabajadores".

Amad y Snopek analizaron en su alegato la causa por defraudación que se le siguió a Cobos para perseguirlo judicialmente y concluyeron que a lo largo del expediente se produjeron "un conjunto de irregularidades" que sólo podían explicarse en un contexto de persecución a los trabajadores implementado por la dictadura cívico-militar y como "parte de una acción represiva pergeñada de antemano para la criminalización y represión de los trabajadores considerados más combativos".

Los fiscales precisaron que, durante el juicio, se pudieron "establecer los patrones represivos diferenciados que orientaron las acciones sobre el conjunto de 23 víctimas que fueron detenidas con Víctor Cobos". En ese sentido, sostuvieron que "se pudo determinar que existió un grupo integrado por siete trabajadores no vinculado a Cobos, que fueron ilegalmente detenidos, pero no fueron torturados, aunque fueron obligados a firmar declaraciones con contenido incriminatorio o inocuo para la investigación; en tanto que otro grupo, integrado por 16 trabajadores, considerados más combativos, vinculados al delegado gremial, y el propio Víctor Cobos, fueron cruelmente torturados y obligados a firmar declaraciones auto-incriminatorias".

Por eso, concluyeron que "la acción represiva estuvo prioritariamente dirigida en contra de este grupo de trabajadores y concluir con toda certeza que el verdadero motivo de la detención y las torturas impuestas a la víctima Víctor Cobos había sido su actividad gremial contraria a los intereses de la empresa".

Los representantes del MPF indicaron que la represión a Cobos y el resto de los trabajadores de La Veloz del Norte se dio en el marco de la imposición de "un nuevo plan económico, una restructuración productiva y de las relaciones sociales vigentes", objetivos que "estuvieron consustanciados con los intereses económicos de determinados sectores empresarios, en términos de control social y disciplinamiento de la mano de obra, de una maximización de las tasas de ganancia, y de una reformulación de las políticas distributivas en favor de un modelo distributivo regresivo".

En el caso de "La Veloz del Norte", estimaron, el objetivo de la represión no tuvo como propósito la eliminación de los trabajadores, sino principalmente "su disciplinamiento social para el trabajo".