24 de abril de 2024
24 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En la causa por los homicidios de la Masacre de Las Palomitas
Salta: pidieron a la Corte Suprema que revoque la domiciliaria a un ex jefe policial
Se trata del ex director de Seguridad de la policía salteña, Joaquín Guil, quien cuenta con tres condenas a prisión perpetua y fue beneficiado por un fallo de la Cámara Federal de esa provincia. El procurador Eduardo Casal sostuvo que la decisión fue "arbitraria" porque no tuvo en cuenta las condiciones del penal para alojar a Guil y tratar sus problemas de salud, ni el eventual riesgo de fuga.

El procurador fiscal ante la Corte Suprema, Eduardo Casal, solicitó al máximo tribunal que revoque la prisión domiciliaria con la que fue beneficiado por la Cámara Federal de Salta el ex director de Seguridad de la Policía de esa provincia, Joaquín Guil, de 77 años. Casal mantuvo, así, el recurso extaordinario federal de la Fiscalía Federal de Salta, que había recurrido la medida adoptada por aquél tribunal respecto de Guil en la causa en la que fue condenado a prisión perpetua en diciembre de 2011 por los homicidios de once prisioneros políticos en el marco de la denominada Masacre de Las Palomitas el 6 de julio de 1976. En esa oportunidad, las víctimas fueron acribilladas en el paraje que lleva aquél nombre a unos 50 kilómetros de la capital salteña, cuando supuestamente eran trasladadas desde el penal de Villa Las Rosas hacia una cárcel de Córdoba.

En coincidencia con el planteo de la Fiscalía, el procurador recordó que la concesión de la prisión domiciliaria a un imputado mayor de 70 años es facultativa de los jueces, según lo indica la ley de Ejecución Penal, pero remarcó que la jurisprudencia exhorta a "brindar argumentos que demuestren que el encarcelamiento, a raíz de las condiciones personales excepcionales del sujeto de la medida, provocaría alguna de las dos consecuencias que aquel beneficio está encaminado a evitar, estas son el trato cruel, inhumano o degradante o la restricción de derechos fundamentales que la prisión no debe afectar".

Según una junta médica, Guil es "un paciente de alto riesgo cardiovascular", que "debe realizar estricto cumplimiento de la medicación indicada y controles periódicos".

Casal consideró que la Cámara Federal de Salta no se expidió al respecto y, por ese motivo, tildó la resolución de concesión de la domiciliaria como "arbitraria". El Tribunal, explicó, "no tuvo en cuenta los informes médicos según los cuales Guil no es un paciente en período terminal, sino que presenta patologías cuyo debido tratamiento médico requiere cumplir con cierta medicación y controles de rutina, ni verificó si la unidad penitenciaria donde estaba alojado cuenta con los medios necesarios para su asistencia".

De esa forma, postuló el procurador, el tribunal "omitió referirse a una circunstancia conducente para la adecuada solución del caso".

El representante del Ministerio Público Fiscal también cuestionó al tribunal porque no valoró "el riesgo de fuga que importa la detención domiciliaria de Guil, al considerar que fue condenado a prisión perpetua por crímenes de lesa humanidad" y que "está siendo sometido a otros procesos por hechos de la misma naturaleza".

El represor ya cuenta con otras dos condenas a prisión perpetua dictadas en diciembre de 2011 en la causa por el homicidio del gobernador Miguel Ragone y otra de diciembre pasado, en un juicio que trató los casos de privación ilegítima de la libertad, tormentos y homicidios en perjuicio de 34 víctimas.