06 de octubre de 2024
06 de octubre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En el juicio intervino el fiscal Martín Suárez Faisal
Santa Fe: penas de hasta nueve años de prisión para cuatro expolicías federales, un expolicía provincial y un exmilitar por la persecución y el homicidio de militantes políticos
Un excomisario inspector, un exsargento y dos excabos fueron hallados culpables de perseguir a las víctimas, privarlas de su libertad de manera clandestina, aplicarles tormentos y asesinarlas en sedes policiales entre 1976 y 1977, junto con un exteniente coronel del Ejército y un excabo de la Policía de Santa Fe.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe condenó a penas de hasta nueve años de prisión a cuatro expolicías federales, un expolicía provincial y un exmilitar por la persecución y el homicidio de militantes políticos entre 1976 y 1977. Los jueces hicieron lugar de manera parcial a lo requerido por el fiscal Martín Suárez Faisal en su alegato, que había solicitado penas de prisión perpetua para los cuatro agentes involucrados en el asesinato de dos víctimas. Los fundamentos de la sentencia se conocerán el próximo 11 de noviembre. 

Los jueces José María Escobar Cello, Luciano Lauria y Germán Sutter Schneider condenaron a nueve años de prisión al  excomisario inspector Rodolfo Gómez Trintinaglia, el ex sargento Ricardo Olivera y los ex cabos Víctor Stahlberg y Elbio Eduardo Píccolo como coautores de la "privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia y amenazas y tormentos agravado por tratarse de perseguidos políticos, en perjuicio de Eusebio Cabral, Carlos Courault y María Inés Gutiérrez" y responsables por el delito de "homicidio en riña o agresión en perjuicio de Carlos Cattáneo y Fernando Lucio López".

Con respecto a ello, el fiscal consideró que se trata de una "inusual calificación para delitos de lesa humanidad" porque "si bien aún no se conocen los fundamentos de la sentencia, es evidente que el TOF tuvo dificultades para establecer cuál de cada oficial que disparaba su armas es el responsable directo de las muertes de las víctimas".

Por otra parte, el Tribunal condenó al teniente coronel Héctor Melitón Martínez, que operaba en el Destacamento de Inteligencia Militar 122, a siete años de prisión por "privación ilegal de la libertad y amenazas y tormentos agravados por tratarse de perseguidos políticos en perjuicio de Horacio Alberto Amado Martínez"  Por último, el cabo de la Policía de Santa Fe, Lucindo Delio Benencia, fue hallado culpable del delito de "privación ilegal de la libertad agravada por haberse cometido con violencia, en perjuicio de Juan Clemente Chazarreta". 

Los hechos

El debate se centró en una serie de operativos realizados entre enero y noviembre de 1976, en los que se secuestró a dieciséis personas en las ciudades de Santa Fe y Rafaela y en el barrio porteño de Villa Soldati. Todas las víctimas estuvieron detenidas ilegítimamente en las comisarías 1° y 4° de la ciudad de Santa Fe, donde fueron amenazadas y torturadas, previo a su traslado a la cárcel de Coronda. Además, durante el juicio se buscó esclarecer los homicidios de Carlos Cattáneo y Fernando Lucio López, ocurridos el 27 de febrero de 1976 en el operativo en el que también fueron secuestrados y luego torturados Eusebio Cabral, Carlos Courault y María Inés Gutiérrez.

Por otra parte, también fue parte del debate el crimen de Juan Clemente Chazarreta, quien estuvo detenido en la comisaría 1° desde el 13 de mayo de 1976 y fue torturado hasta su muerte el 4 de junio de ese año. El hecho intentó ocultarse como un suicidio: su cuerpo apareció colgado en la celda donde estaba alojado.

El alegato del MPF

El 25 de septiembre pasado, el fiscal Suárez Faisal solicitó prisión perpetua para los cuatro policías federales: el comisario Gómez Trintinaglia, el sargento Olivera y los cabos Stahlberg y Píccolo. A todos los consideró responsables por el homicidio agravado de Cattáneo y López y por los secuestros y torturas sufridos por Cabral, Courault y Gutiérrez. El representante del Ministerio Público Fiscal también requirió una pena de seis años de prisión para Melitón Martínez por privación ilegítima de la libertad y tormentos agravados en perjuicio de Horacio Amado y de cuatro años de prisión para Benencia por los mismos delitos en perjuicio de Juan Clemente Chazarreta.

En su alegato, Suárez Faisal describió la escalada de la persecución sufrida por los militantes del PRT al momento de los hechos investigados en el juicio y la participación de los acusados en estos hechos. El fiscal consideró que “el rol de la inteligencia durante el terrorismo de Estado era marcar objetivos que luego eran secuestrados por los grupos de tareas, pero que en el caso de Melitón Martínez no se limitó a eso, sino que además participó de los interrogatorios con tormentos a detenidos políticos".

Para el representante del Ministerio Público Fiscal, en el debate quedó demostrado que Martínez mantuvo privado ilegalmente de su libertad y sometió a tormentos a Horacio Amado el 28 de enero de 1976, mientras estaba en cautiverio en la Comisaría Cuarta. También destacó un operativo ocurrido en febrero de 1976 en el domicilio del padre de Courault, donde estaban refugiados Courault, Cattáneo y a su pareja María Inés Gutiérrez , por entonces embarazada, Cabral y López, de 17 años. Ante el ataque, los cinco lograron escapar por los techos vecinos y al llegar a la calle, Cattáneo y López fueron baleados por la espalda.

De acuerdo a la reconstrucción realizada por la fiscalía, Cattáneo luego fue rematado en el piso por un soldado, de acuerdo lo narrado por Gutiérrez, que también recibió un impacto de bala en la pierna izquierda que le fracturó el fémur. López fue trasladado a un hospital militar, donde murió horas más tarde, mientras que Cabral y Courault se entregaron con las manos en alto. Suárez Faisal remarcó que las heridas de bala recibidas por Cattáneo, López y Gutiérrez eran de calibre 9 milímetros, las mismas balas utilizadas por las armas reglamentarias de la Policía Federal. Además, de acuerdo a lo aportado por las víctimas en el juicio, la casa de la familia Courault fue saqueada: “una práctica habitual en aquella época, apoderarse ilegítimamente de los bienes de las víctimas del terrorismo de estado”, destacó Suárez Faisal.