19 de abril de 2024
19 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Interviene la Fiscalía General de Santa Rosa
Solicitaron que se rechace el pedido de prisión domiciliaria para cuatro policías condenados por crímenes de lesa humanidad en La Pampa
Los cuatros agentes había recibidos penas de entre seis y doce años de prisión en lo que fue el segundo tramo de los juicios en los cuales se juzgaron los delitos de la Subzona 1.4. La fiscalía consideró que la prisión domiciliaria aumenta el riesgo de que los cuatro condenados -uno de ellos de 67 años- eludan el accionar de la justicia.

El fiscal Leonel Gómez Barbella solicitó que se rechace el pedido de prisión domiciliaria para cuatro ex policías condenados por crímenes de lesa humanidad, cometidos en centros clandestinos de detención en el ámbito de la Subzona 1.4 del Ejército, en la provincia de La Pampa, durante la última dictadura cívico militar.

Se trata de Oscar Alberto López (modificó su apellido para denominarse públicamente como Melazzi), ex oficial ayudante de la Comisaría de la Sección 1era; Miguel Ángel Ochoa, integrante de la seccional 1era de Santa Rosa; Orlando Osmar Pérez y Juan Domingo Gatica, miembros el grupo de tareas de la subzona 1.4. Los agentes policiales habían sido condenados a penas que iban de los seis a doce años de prisión en lo que fue el segundo tramo de los juicios en los cuales se juzgaron los delitos perpetrados bajo la esfera de la Subzona 14.

En este marco, la fiscalía general pidió que se rechacen las solicitudes de la defensa y señaló: "No puede soslayarse que en hipótesis como las sub lite se encuentra comprometida la responsabilidad internacional del Estado Argentino de juzgar, y eventualmente, sancionar a los responsables por crímenes de lesa humanidad" y  añadió que “pesa sobre los magistrados un especial deber de cuidado para neutralizar toda posibilidad de fuga".

"La detención domiciliar aumenta el riesgo de que el cautelado eluda la acción de la justicia, en comparación con la seguridad que, en el mismo sentido, brinda la prisión, y ello sólo se puede admitir cuando existan las razones humanitarias que llevaron al legislador a la creación del instituto", fundamentó.

En relación a Melazzi, el MPF recordó que ex policía condenado cuenta con 67 años de edad, por lo tanto ni siquiera cumple con el requisito etario mínimo requerido por la normativa en análisis; "por más que se pretenda equipararlo con un colectivo de ´adultos mayores´, no se encuentra al amparo de la normativa específica de arresto domiciliario", indica el dictamen.

Asimismo, el MPF refirió a los requisitos del otorgamiento de la detención domiciliaria: “Para la concesión de la detención domiliciaria se debe demostrar, incluso cuando el condenado o procesado con prisión preventiva supere los 70 años de edad, que el encarcelamiento podría producir algunas de las dos consecuencias que está encaminada a evitar, o sea, el trato cruel, inhumano o degradamente de aquel y la restricción de derechos fundamentales no afectados por la pena que se le impuso".

El comando de la Subzona 14 se encontraba en el Destacamento de Exploración de Caballería Blindada 101 de la localidad pampeana de Toay.  Las víctimas de terrorismo de Estado en dicha región era secuestradas y trasladadas de forma clandestina a las comisaría Primera y Segunda, la Brigada de Investigaciones y la Jefatura de Policía de Santa Rosa; la Delegación local de la Policía Federal Argentina en esa capital; la Comisaría Primera de General Pico; la Comisaría y el Puesto Caminero de Jacinto Aráuz; la Comisaría de Catriló; el Destacamento de Exploración y Caballería Blindada 101 del Ejército y las unidades carcelarias 4 y 13 del Servicio Penitenciario Federal.