28 de marzo de 2024
28 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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La Unidad Fiscal expuso su acusación durante cinco audiencias
Triple A de Bahía Blanca: la fiscalía concluyó su alegato con pedidos de reparación simbólica y de penas de diez años de prisión y perpetua
El auxiliar fiscal Pablo Vicente Fermento requirió condenas para todos los acusados por el delito de asociación ilícita, y en un caso por la coautoría en el asesinato del estudiante David Hover “Watu” Cilleruelo. También consideró que los hechos atribuidos penalmente a los cuatro acusados y los ilícitos cometidos por la organización  criminal configuran delitos contra la humanidad y genocidio, entre los cuales se incluyen los 24 homicidios cometidos entre 1974 y 1975.

La Unidad de Derechos Humanos de Bahía Blanca solicitó hoy el máximo de las penas previstas para los delitos atribuidos a los cuatro acusados de haber integrado la Triple A en esa ciudad y la región. Durante la quinta y última jornada en que expuso su alegato, el auxiliar fiscal Pablo Vicente Fermento exhibió la prueba que restaba en torno a siete de los casos juzgados, realizó el encuadre jurídico de las conductas analizadas junto con sus calificaciones legales y formuló, además de las penas de prisión, pedidos de reparación simbólica en relación a las tres universidades en que operó la organización criminal.

De esa manera, el Ministerio Público Fiscal tuvo por acreditada la pertenencia de Juan Carlos Curzio, Osvaldo Omar Pallero, Héctor Ángel Forcelli y Raúl Roberto Aceituno a la organización criminal, a la que se le atribuyeron 24 homicidios de militantes políticos, estudiantiles, gremiales y sacerdotes cometidos entre septiembre de 1974 y diciembre de 1975. Además, en el caso de Aceituno, se le endilgó ser uno de los autores -junto a Jorge Argibay y su hijo Pablo, ambos fallecidos- del asesinato del estudiante de Ingeniería y militante David Hover “Watu” Cilleruelo, el 3 de abril de 1975. Para los tres primeros se reclamaron diez años de prisión y para Aceituno perpetua. A su vez, para todos ellos se postuló la detención inmediata en sede carcelaria, en tanto están transitando el proceso en libertad o bajo prisión domiciliaria, según el caso.

El petitorio incluyó que se disponga la nulidad de los cesanteos y expulsiones de docentes, no docentes y estudiantes dispuestos durante la intervención de Remus Tetu en la Universidad Nacional del Sur (UNS); el reconocimiento académico para Cilleruelo como doctor honoris causa y la señalización de espacios de circulación pública en esa institución, en la Universidad del Comahue, y en la Facultad Regional Bahía Blanca y la Delegación General Pico de la Universidad Tecnológica Nacional por los que transitó la patota.

La fiscalía pidió la imposición de diez años de prisión para Juan Carlos Curzio, Osvaldo Omar Pallero y Héctor Ángel Forcelli y de prisión perpetua para Raúl Roberto Aceituno, y requirió la detención inmediata de todos los acusados en sede carcelaria.

Los casos tratados en la audiencia

Durante la jornada la fiscalía terminó de exponer la prueba sobre los crímenes atribuidos a la Triple A. Por la actividad política de las víctimas, la metodología utilizada y los elementos contenidos en los archivos de inteligencia de la Dirección de Inteligencia de la Policía bonaerense (DIPPBA), la fiscalía concluyó que los secuestros y asesinatos fueron cometidos por la patota.

En particular, se abordaron los homicidios, cometidos en octubre de 1975, de Mario Oscar Golberg -de  31 años, locutor de la radio LU2, perteneciente a La Nueva Provincia-; Hugo Alberto Vita -de  26 años, quien se encontraba próximo a recibirse de bioquímico en la UNS-; y Nélida Ester Guiorzzo -tenía 30 años y era oriunda de la localidad de Coronel Pringles-. Las tres víctimas fueron encontradas en el Paraje Landa, en la ruta nacional 35, a 15 kilómetros de Bahía Blanca. Sus cadáveres presentaban gran cantidad de impactos de armas de fuego.

La serie de crímenes analizados en el juicio continuó en noviembre del ‘75, con el asesinato de Carlos Alberto Davit. Oriundo de Guatraché. La víctima estudiaba ciencias económicas en la UNS y militaba en la JUP. Fue asesinado a los 26 años. Su cuerpo fue hallado colgando de una pierna desde la baranda de un puente en la ruta nacional N°3, acribillado. El desenlace estuvo precedido –de acuerdo con la exposición de la fiscalía– por un intenso proceso de persecución e intimidación, que determinaron a la adopción por su parte de medidas de resguardo que finalmente resultaron ineficaces frente a las dimensiones del aparato que lo perseguía. Tal era el nivel de vulnerabilidad que, se destacó en el alegato, tanto Davit como el resto de las víctimas tenían frente a la estructura e información que poseía el grupo paraestatal imputado.

Luego, en diciembre de 1975, se produjeron los crímenes de los estudiantes de geología Gabriel Raymundo Ganuza, José Alberto Surace y Julio Alberto García. La fiscalía reseñó que sus cuerpos –que presentaban numerosos impactos de proyectiles y de ametralladoras-  fueron hallados cerca de la localidad de Villa Iris. No obstante ser los últimos secuestros y asesinatos imputados a la asociación ilícita, para Fermento esa etapa no implicó el fin de la práctica de aniquilamiento, sino el pasaje de la paraestatalidad a la estatalidad y la lógica concentracionaria detrás de los crímenes.

El petitorio incluyó que se disponga la nulidad de los cesanteos y expulsiones de docentes, no docentes y estudiantes dispuestos durante la intervención de Remus Tetu en la Universidad Nacional del Sur.

Complacencia judicial

Durante un tramo del alegato, la fiscalía hizo una mención al rol del Poder Judicial dentro del plan criminal. En ese sentido, el auxiliar fiscal resaltó que no sólo ninguno de los 24 homicidios fue resuelto, sino que siquiera fueron investigados. Las medidas adoptadas en esos expedientes, rutinarias, “fueron para guardar las formas”. “Esta complacencia adquiere ribetes escandalosos”, evaluó la fiscalía, en particular en relación a los casos de Cilleruelo, Luis “Negrito” García y Alberto Mario Pojomovsky, en los que la prueba era elocuente sobre la responsabilidad de la organización criminal y, sin embargo, no se avanzó sobre tales hipótesis. En el primero de los tres procedimientos judiciales, se llegó a carear a uno de los testigos presenciales del asesinato de Cilleruelo y compañero de militancia de la víctima con la persona que apretó el gatillo. Aún con la existencia de otros dos testigos presenciales, el juez a cargo de las actuaciones manifestó, en un oficio librado a las autoridades penitenciarias, que no interesaba a la causa la detención del ejecutor, Jorge Argibay, quien por entonces se encontraba arrestado por ilícitos cometidos en otras jurisdicciones.

En el caso de García, la familia –que presenció el secuestro previo al asesinato– identificó a uno de los captores como Basilio "Chacho" Pérez (integrante de la asociación ilícita, fallecido), y reconoció uno de los vehículos como el de la CGT local, que luego fue hallado por la policía en el hall de la UTN, por entonces ocupada por la fuerza por el grupo paraestatal. Ni Pérez ni ningún otro miembro de la banda criminal fue indagado por el caso, destacó el auxiliar fiscal.

En el caso de Pojomovsky, los asesinos abandonaron en la escena del crimen una camioneta de la UNS, que un día más tarde fue reclamada por Pablo Argibay, denunciando que había sido robada de la puerta del rectorado. La coartada nunca fue investigada, a pesar de que la esposa de la víctima –testigo presencial del hecho, que sufrió en el acto un disparo en una pierna– declaró en el expediente que el otro automotor usado por los agresores era un falcon verde con techo blanco, idéntico al vehículo oficial del rectorado que había sido utilizado para el asesinato de Cilleruelo, circunstancia –esta última– de la que dio cuenta uno de los testigos directos del episodio en el expediente de la época. El magistrado que intervino en ambas causas era el mismo: Guillermo Federico Madueño. El expediente sobre el asesinato de Pojomovsky fue inmediatamente sobreseído, luego del dictamen de la fiscalía en el que opinó que los testimonios de los denunciantes del robo de la camioneta aparecían "como inoficiosos", según se refirió en el alegato.

“El programa de persecución y aniquilamiento no se podría haber llevado a cabo sin la complicidad de jueces, fiscales y funcionarios de la justicia, que por acción u omisión garantizaron impunidad”, aseveró Fermento.

Delitos de lesa humanidad y genocidio

Fermento sostuvo la acusación por la que la Unidad Fiscal requirió la elevación a juicio, es decir por homicidio y asociación ilícita, ambos hechos constitutivos de crímenes de lesa humanidad y genocidio. En cuanto a la calificación legal del delito internacional de genocidio, compartió los argumentos del sociólogo Daniel Feierstein sobre la  caracterización del caso argentino dentro de la hipótesis de destrucción de un grupo nacional y citó la jurisprudencia pertinente del TOF 1 de La Plata en “Von Wernich” y el propio TOF de Bahía Blanca en una variedad de causas, entre otros antecedentes en los que se aplicó la figura.

“Negar el genocidio es negar el propósito del programa criminal”, dijo. Agregó que “es importante, a título de reparación simbólica y de restauración histórica, que toda condena –como acto de lenguaje performativo institucional– declare la existencia del genocidio y, de ese modo, haga conocer el verdadero sentido que el fenómeno de violencia tuvo para sí. No fue violencia descontrolada a gran escala: fue un genocidio”. En esa línea, trazó los paralelismos con las causas y tribunales que juzgaron a la Concentración Nacional Universitaria (CNU) y la Triple A en Buenos Aires.

Por la actividad política de las víctimas, la metodología utilizada y los elementos contenidos en los archivos de inteligencia policiales, la fiscalía concluyó que los secuestros y asesinatos fueron cometidos por la patota de la Triple A.

Asociación ilícita y homicidio agravado

Fermento detalló que el grupo preexistía a la incorporación a la UNS, mas allá de los contratos que los vincularon con la institución. Las conductas de los cuatro imputados, estimó, se adecúan a lo estipulado en la figura penal. Como consecuencia “se instaló un estado de miedo que aún perdura en la sociedad bahiense cuando se pretende ventilar lo que sucedió en esos años”.

En cuanto al despliegue de la patota, el auxiliar fiscal narró cómo los cuatro acusados, junto a los demás integrantes de la organización criminal, tuvieron un patrón de organización y actuación, ejecutando siempre en grupo las actividades criminales para las que se habían constituido, ya sea en los patrullajes, operativos de secuestro y asesinatos.

En relación al crimen de Cilleruelo, la fiscalía tuvo por probada la responsabilidad de Aceituno junto a Argibay padre e hijo, lo cual configuró el agravante por la participación de dos o más personas, y la alevosía por el estado de indefensión en que se encontraba. El homicidio, como se desarrolló en audiencias anteriores del alegato, se concretó el 3 de abril de 1975 en los pasillos de la UNS durante la inscripción a las materias. Cilleruelo estaba en el edificio de la Avenida Alem junto a compañeros de militancia convocando al alumnado a la participación en la asamblea que habría de realizarse al día siguiente. Para el MPF, Aceituno actuó de manera coordinada con los Argibay, acciones que caracterizó como coautoría o autoría conjunta funcional del hecho. “Su aporte fue antes, durante y después”, precisó.

Las penas reclamadas y la reparación simbólica

El MPF reparó en las decenas de alumnos expulsados y docentes y no docentes cesanteados por el interventor de la UNS Remus Tetu, veintisiete de los cuales un año más tarde serían secuestrados, sometidos a una causa judicial y puestos a disposición del Poder Ejecutivo durante la dictadura. En ese sentido, solicitó que tales resoluciones de la Universidad del Sur sean declaradas insanablemente nulas, y se encomiende a la Casa de Altos Estudios la notificación de la derogación a los interesados.

También detalló que en las dos universidades públicas de la ciudad -la UNS y la Universidad Tecnológica Nacional (UTN)- se introdujo armamento, se utilizaron sus vehículos y medios logísticos, y se utilizaron los legajos para identificar “blancos”.

Como medida de reparación, Fermentó pidió que se encomiende la colocación, en espacios de circulación pública dentro de esas Casas de Altos Estudios, de una referencia histórica sobre la puesta a disposición, en el período de tiempo investigado, de sus instalaciones y sus recursos al servicio del funcionamiento de grupos paraestatales armados; y la publicación y difusión en el ámbito universitario de la sentencia definitiva que se dicte.

No obstante, valoró la constitución de la UNS como querellante, la cesión del Aula Magna para el desarrollo de las audiencias, la transmisión del debate y sus iniciativas en materia de derechos humanos, y su rol como principal espacio para la construcción del sentido en esa región del país. Idéntica medida de señalización se solicitó en relación a la Universidad del Comahue y a la Delegación de General Pico de la UTN, hasta donde llegó el despliegue operativo de la organización criminal.

Por otra parte, el representante del MPF expresó que “Watu” Cilleruelo “se convirtió en un símbolo por lo que fue, por lo que le hicieron y por cómo y para qué se lo hicieron", refiriendo en este sentido al propósito de "neutralizar y aterrorizar” a la comunidad estudiantil. Además, destacó su militancia al frente de un colectivo estudiantil que “en una época de profunda oscuridad, denunciaron la política de destrucción, de privación de derechos y de muerte”, y marcó que "lo que simboliza Cilleruelo trasciende este trágico acontecimiento histórico para transformarse en una tradición que confiere identidad a una comunidad estudiantil que lo ha adoptado como hito fundante en la reactivación de la política universitaria a partir de la vuelta de la democracia, y que lo sigue haciendo incesantemente hasta nuestros días", reconocimiento que –concluyó– debe traducirse institucionalmente: "No alcanza con recordar a David Hover Cilleruelo: es necesario significarlo y recuperarlo como sujeto negado que fue; contando únicamente esa universidad pública con la herramienta adecuada para dicho propósito: el otorgamiento del título honorífico Doctor Honoris Causa a quien fuera alumno de esa institución".

Antes de finalizar, Fermento citó las declaraciones de una testigo ante el tribunal, hermana de la víctima Alduvino, que en síntesis manifestó: “Este juicio sana. Muchos no se animaban a denunciar por temor. Vivimos terror, angustia y dolor profundo. Pero les pido por favor, no miren a quienes tenemos 70 años. Miren a las generaciones que vienen. Que la justicia esté por encima de todas las cosas”.