25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Interviene la fiscal federal María Frezzini con la asistencia de la Procuraduría de Narcocriminalidad
Casación revirtió un fallo de la Cámara Federal de General Roca que había sobreseído a un hombre que usaba un DNI ajeno para vender droga
El imputado se dedicaba a la venta de estupefacientes en la ciudad de Neuquén, usaba una falsa identidad para ocultar el descubrimiento de sus movimientos y tenia montado un laboratorio en su domicilio. La fiscalía habían interpuesto un recurso de casación ante la resolución que había permitido su excarcelación.

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso que interpusieron la fiscal general interina María Frezzini y el auxiliar fiscal de la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR), Matías Gabriel Álvarez, contra la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca, que había revocado el procesamiento y dispuesto la excarcelación de un imputado de utilizar en forma ilegítima un Documento Nacional de Identidad ajeno para poder llevar adelante su negocio de venta de estupefacientes, hecho por el que se encontraba firme su procesamiento.

El máximo tribunal penal, integrado por los jueces Mariano Hernán Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos, resolvió revocar la resolución dictada el 22 de junio de este año por la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca. En esa oportunidad, el tribunal rionegrino había admitido el recurso de la defensa oficial y revocado el procesamiento del imputado por el delito de uso ilegitimo de DNI ajeno, tras lo cual dispuso su excarcelación.

Con el fallo de la Cámara de Casación el caso volvió a las condiciones resueltas en primera instancia del Juzgado Federal de Neuquén, que había procesado con prisión preventiva al imputado por los delitos de tenencia de precursores químicos y elementos destinados a la producción y fabricación de estupefacientes, en concurso real con tenencia de sustancias de estupefacientes con fines de comercialización -crímenes por los que se encuentra firme el procesamiento- en concurso real con tenencia y uso ilegítimo del DNI ajeno, en diez casos que concurrieron materialmente entre sí.

La resolución fue en sintonía con el recuso interpuesto por los representantes del Ministerio Público Fiscal, quienes habían sostenido que, ante el fallo de la Cámara Federal de General Roca, existían claros indicadores de riesgo procesal de fuga y de entorpecimiento de la pesquisa por parte del imputado. Enumeraron al respecto la cantidad de droga secuestrada, el montaje de un laboratorio, la posesión de precursores químicos, la modalidad de expendio de estupefacientes, la pena en expectativa, la falsa identidad empleada para ocultar el descubrimiento de sus movimientos, la realización de depósitos por medio de la empresa Western Unión, la falta de arraigo en la zona, la habitación de dos inmuebles arrendados -uno de los cuales se encontraba a nombre de otra persona-, conexiones con personas de otros países a los cuales giraba dinero y la producción de prueba pendiente.

A su vez, señalaron en el recurso las facilidades que podría tener el imputado para abandonar el país y destacaron que las interceptaciones de su teléfono dieron cuenta que realizó múltiples transferencias de dinero a Colombia o República Dominicana, circunstancia que revela que posee vínculos con personas radicadas en el exterior. Agregaron que la tenencia de un DNI ajeno y su uso llevaban a sostener fundadamente  la facilidad que tiene el imputado para salir del país o permanecer oculto, bajo una identidad distinta a la verdadera. En ese sentido, la fiscalía concluyó que era imprescindible asegurar la realización del debate oral y público con el dictado de la medida cautelar máxima, que es el encarcelamiento.

Los hechos

La causa se inició como un desprendimiento de otros expedientes en los que se investigó a una organización dedicada al comercio de estupefacientes en la ciudad de Neuquén, de la que surgieron pruebas sobre que dos de sus miembros tenían como proveedor de sustancias al imputado, quien utilizaba distintas aplicaciones de mensajería, como WhatsApp y Telegram, para pactar encuentros en su domicilio y en lugares céntricos, donde se lo vio realizando maniobras de "pasamanos".

La investigación fue conducida por la Fiscalía Federal N°2 de Neuquén y la PROCUNAR, que llevaron adelante una pesquisa que incluyó diversas medidas, entre las que se destacan tareas de campo e intervenciones telefónicas, y que confluyó en el pedido de allanamiento y requisa personal formulado por el MPF a instancias de lo sugerido en el sumario policial.

De esta forma, el 13 de mayo se realizó una requisa personal sobre el imputado cuando salía de uno de los sitios que frecuentaba. Se le secuestraron cinco envoltorios de nylon con cogollos de marihuana que pesaron 7,22 gramos, ocho ampollas plásticas con clorhidrato de cocaína de 10,43 gramos y ocho más pequeñas con la misma sustancia con un peso de 5,49 gramos, y cuatro envoltorios con clorhidrato de cocaína de 4,76 gramos, dinero en efectivo y un teléfono IPhone 7.  Luego, el personal policial procedió a detener al imputado.

Al allanar sus domicilios se reveló que las actividades del imputado no se limitaban a la comercialización de sustancias ilícitas, sino que tenía montado un laboratorio para producirlas. Allí fueron secuestrados instrumentos y precursores químicos utilizados para la elaboración de narcóticos, como también elementos destinados al cultivo de cannabis, balanzas, ampollas plásticas, tubos, bolsas y sustancias utilizadas para corte y fraccionamiento de droga. A su vez, se incautaron 336,03 gramos de clorhidrato de cocaína y 351,74 gramos de marihuana.