25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Resolución firmada por los jueces Carlos Grecco, Clara Do Pico y Rodolfo Facio
La Cámara en lo Contencioso Administrativo ratificó la colaboración de la Procunar con la fiscal Labarthe en un proceso no penal
La Sala I rechazó el recurso del ciudadano peruano Marcos Estrada Gonzáles, quien se opuso a la intervención de la Procuraduría especializada en el caso judicial abierto tras la impugnación de la resolución administrativa por la que Migraciones le retiró la residencia en 2014 luego de tres condenas por tráfico de estupefacientes.

La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal ratificó que la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar) está habilitada para colaborar en el marco del proceso en el que se discute si se le debe retirar la residencia en Argentina al ciudadano peruano Marcos Estrada Gonzáles, alias "Marco", tres veces condenado por su participación como líder de una organización narcocriminal.

La resolución, firmada por los jueces Carlos Grecco, Clara Do Pico y Rodolfo Facio, fue adoptada el 29 de diciembre pasado. Los magistrados resolvieron el  recurso de apelación interpuesto por el abogado de Estrada Gonzáles contra la decisión de la jueza a cargo del Juzgado N°10 del fuero, Liliana Heiland, quien había aceptado el pedido de la Dirección Nacional de Migraciones para que la Procuraduría especializada del Ministerio Público Fiscal dictamine en el caso. El abogado de Estrada González adujo que la Procunar no debía opinar porque el proceso "no versa sobre política criminal [sino] sobre política migratoria".

En 2014, Migraciones había cancelado  mediante un proceso administrativo la residencia permanente que el Estado le había concedido a Estrada Gonzáles en 2001. Aquella resolución de la autoridad migratoria estuvo basada en las tres condenas que recibió en 2004, 2012 y 2013 por su participación en la comercialización de estupefacientes en la Villa 1-11-14. Su abogado, entonces, cuestionó la resolución administrativa en sede judicial.

El 19 de diciembre pasado, Estrada González fue detenido e indagado por la continuidad de actividades de tráfico ilícito de drogas de esa banda, desde el 2013 hasta el 2016. El titular del Juzgado Federal N°12, Sergio Torres, con intervención del fiscal Juan Pedro Zoni y la asistencia de la Procunar, recabaron elementos que indican la continuidad del funcionamiento de la banda. Sesenta y cinco allanamientos en los que hubo 23 detenciones, entre ellas la de Estrada Gonzales, el secuestro de 12 mil envoltorios de "paco", de 400 kilos de marihuana, de armas de fuego y municiones, de más de 800 mil pesos en moneda nacional y extranjera, de unos 400 celulares y de documentación fueron el resultado de los procedimientos llevados a cabo a mediados de diciembre pasado.

La misión del MPF

En la resolución de la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal se destaca la misión constitucional del MPF de "promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad de los intereses generales de la sociedad en coordinación con las demás autoridades de la República".

En ese sentido, los camaristas pusieron de relieve la ley 27.148, que indica en su artículo 1° que el MPF tiene por "misión velar por la efectiva vigencia de la Constitución Nacional y los instrumentos internacionales de derechos humanos en los que la República sea parte y procurar el acceso a la justicia de todos los habitantes".

El artículo 2° de esa norma, recordaron los magistrados, dispuso que el MPF podrá intervenir en los casos en los que se cuestione la vigencia de la Constitución y de los instrumentos internacionales de derechos humanos, "o se trate de conflictos en los que se encuentre afectado el interés general de la sociedad o una política pública trascendente".

Añadieron que el apelante "no controvirtió" el texto de la ley vigente que en su artículo 5° específicamente dispone que el MPF y el Poder Ejecutivo coordinen "esfuerzos para hacer más efectiva la defensa de los intereses generales de la sociedad".

Los camaristas puntualizaron que la ley vigente -sancionada en 2015- prevé la existencia de la Procunar, organismo que fue creado previamente por la resolución PGN 208/2013 de la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, con el propósito de asistir técnicamente a los fiscales en los procesos ligados a la narcocriminalidad, planificar y producir informes sobre esta temática y "brindar toda la colaboración necesaria y disponer enlaces y acciones interinstitucionales con organismos especializados".

De esta manera, la Cámara Contenciosa admitió la colaboración de la Procunar – por ser una dependencia especializada en narcocriminalidad del Ministerio Público Fiscal– en un caso en el que el derecho penal y no penal se deben coordinar para brindar a los operadores de justicia toda la información necesaria a los efectos de velar por el interés general de la sociedad.