19 de abril de 2024
19 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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A raíz del recurso de casación de la Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario
Revocaron la excarcelación concedida a un hombre acusado de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización
Así lo dispuso, por mayoría, la Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, al hacer lugar al planteo interpuesto por el fiscal general Claudio Palacín.

Los jueces de la Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario –al reexaminar la cuestión por resolución de la mayoría de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal- hicieron lugar al recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal y mantenido por el titular de la Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, Claudio Palacin, y revocaron la resolución  que concedió la excarcelación a un hombre procesado por narcotráfico.

El caso

El 13 de diciembre de 2017, la Justicia Federal de Rosario excarceló al hombre –que había sido procesado por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por la intervención de tres o más personas para su comisión- bajo caución real de $20.000, la obligación de presentarse bimestralmente a la Comisaría de su domicilio y la prohibición de ausentarse del país, lo que motivó el recurso del fiscal interviniente.

Al analizar la cuestión, el 8 de junio de 2018, la Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario dispuso confirmar la resolución por la que se excarceló al imputado, en virtud de lo cual el fiscal general Claudio Palacín interpuso recurso de casación, por considerar que la misma incurría “en inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva, como asimismo en inobservancia de las normas que el código de rito establece bajo pena de nulidad absoluta”.

En tal sentido, el representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que “esa Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, al resolver como lo hizo, omitió valorar circunstancias fácticas relevantes para la solución del caso que permiten sostener claramente la existencia de riesgos procesales” y agregó que “se encuentra claramente comprometida la responsabilidad internacional del Estado argentino, que debe garantizar el juzgamiento y la punición de todos los hechos de esas características, de acuerdo con el derecho internacional vinculante para nuestro país y los compromisos internacionales asumidos. En consecuencia, dado que lo decidido por esa Sala A (…) importa confirmar la libertad del procesado, con la consiguiente posibilidad de que se sustraiga a la acción de la justicia y entorpezca las investigaciones, ello pone inmediatamente en riesgo aquellos compromisos de la Nación y, por lo mismo, configura un caso de gravedad institucional”.

La decisión de la Cámara Federal de Casación Penal

En la audiencia celebrada ante la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, en la que intervino el fiscal general Raúl Pleé, los jueces Ángela Ledesma, Alejandro Slokar y Guillermo Yaccobucci resolvieron, por mayoría, hacer lugar al recurso de casación, “anular la resolución puesta en crisis y remitir las actuaciones al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento, lo que de ningún modo implica anticipar juicio respecto de la procedencia –o no- de la soltura oportunamente concedida” al imputado.

En su voto -al que adhirió su colega Yaccobucci- el camarista Slokar consideró que la evaluación efectuada por los jueces de la Sala A respecto de los hechos, la participación del imputado y sus condiciones personales “se revela insuficiente frente a las especiales particularidades alegadas por el Ministerio Público Fiscal como demostrativas del peligro procesal en la especie” al tiempo que “deviene arbitraria por no cumplir con las exigencias impuestas por el art. 123 CPPN”.

Por su parte, la camarista Ledesma votó en disidencia por estimar inadmisible el recurso interpuesto “toda vez que en el caso no se verificaba una cuestión federal”.

La nueva resolución de la Cámara Federal de Rosario

Finalmente, el pasado 11 de junio, la Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario analizó nuevamente la cuestión y, por mayoría, resolvió revocar la resolución que le concedió la excarcelación al imputado bajo caución real de $20.000.

En su voto –al que adhirió el juez José Guillermo Toledo- el camarista Aníbal Pineda consideró el flagelo del narcotráfico que somete a la sociedad y sostuvo que el juez de primera instancia y la misma Cámara Federal de Apelaciones habían concluido que había “elementos de prueba suficientes para sostener que el encausado es parte de una organización criminal compleja dedicada al narcotráfico agravado (…) en la cual intervinieron varias personas organizadas para la venta de estupefacientes” en distintos sectores de Rosario y Villa Gobernador Gálvez.

Agregó, respecto de la peligrosidad procesal dada por la posibilidad de entorpecimiento de la investigación, “que se trata de un delito grave (traficar con estupefacientes, teniendo con fines de comercialización en forma organizada con la participación de tres o más personas, algunos organizadores, otros que actúan bajo las órdenes de aquellos), la cantidad y tipo de droga que fue secuestrada (cocaína y marihuana), el modo en que se encontró fraccionada (envoltorios y en trozos) de la manera en que habitualmente es vendido al menudeo, la cantidad de domicilios allanados (diez), cantidad de personas detenidas (siete), como también los elementos para su fraccionamiento (…) importantes sumas de dinero en efectivo (…) cartuchos intactos y armas de fuego, entre otros elementos de interés”. En virtud de lo cual concluyó que “las circunstancias fácticas valoradas, resultan tan relevantes que vislumbran la existencia de riesgos procesales en los términos del art. 319 CPPN”.