19 de abril de 2024
19 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El Área de Casos Complejos de la Unidad Fiscal llevó adelante la acusación
Salta: condenaron a tres jóvenes a seis años de prisión por transporte de droga mediante encomiendas
Habían sido detenidos en una entrega vigilada realizada en el sur de la provincia, después de negociar la obtención de 5 kilos de marihuana con un proveedor de Misiones.

Tres jóvenes, imputados por transporte de estupefacientes agravado, fueron condenados el viernes pasado por el Tribunal Oral Federal N°1 de Salta. La sentencia, de 6 años de prisión, se dictó a instancia de la acusación impulsada por el fiscal federal Ricardo Toranzos, del Área de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Salta.

En su fallo, los jueces Federico Díaz, Marta Liliana Snopek (presidente) y Marcelo Juárez Almaraz, se expidieron de forma unánime sobre la responsabilidad y el monto de la pena requerida por la fiscalía e impuesta finalmente a Augusto Emanuel García, Germán Agustín Ríos Craba y Raúl Roque Laguna.

Los ahora condenados habían sido detenidos el 7 de mayo del año pasado durante un procedimiento de entrega vigilada que se gestó días antes, el 27 de abril, cuando la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) detectó una encomienda con posible contenido de estupefacientes en el Centro Logístico del Correo Argentino, en Rosario.

En función de ello, la fiscal federal Adriana Saccone, de la Fiscalía Federal N°3 de aquella ciudad santafesina, solicitó la apertura del paquete al Juzgado Federal N°4, a cargo de Marcelo Bailaque, como también que se avance con la entrega vigilada en caso de hallarse droga.

Luego de abrir la encomienda y encontrar 5 kilos de marihuana, que fue remplazada por otro elemento de peso similar, el paquete siguió su ruta de viaje hasta la localidad de Joaquín V. González, ubicada a 228 kilómetros al sur de Salta.

Entrega vigilada: la droga fue descubierta en un control realizado en el Correo Argentino en Rosario. Con control judicial, se dispuso su reemplazo por un paquete de peso similar y se realizó el seguimiento hasta destino.

Cumplidos los trámites procesales del caso, y ante la incompetencia territorial de la jurisdicción de Rosario, el fiscal Toranzos llevó adelante la detención de los acusados, tarea que estuvo a cargo de la Unidad Operacional de Control de Narcotráfico y delitos Complejos del Norte de la PSA. También se allanaron sus domicilios, en Metán, y en Misiones, para dar con el proveedor.

El primer detenido fue Ríos Craba, quien se había presentado a retirar el paquete con una licencia de conducir ajena, pues la encomienda estaba dirigida a nombre de un amigo de los acusados. Al salir del local, el joven intentó resistirse, pero fue rápidamente reducido.

Asimismo, García, que esperaba afuera al volante de un automóvil Renault Clio, al ver la detención de su cómplice inició la fuga, a la que se sumó Laguna, quien estaba en una plaza cercana. Los dos jóvenes se marcharon en el rodado, pero después fueron detenidos en una estación de servicio.

Durante el procedimiento, Ríos Craba expresó que la droga pertenecía a Laguna y que había sido contratado para retirar la encomienda, a cambio de lo cual iba a recibir un pago de 40 mil pesos.

Alegatos

Durante la etapa de alegatos, tanto respecto a la responsabilidad de los tres acusados y a la determinación de pena, la fiscalía se mostró firme en cuanto al hecho, la calificación legal requerida y la proporcionalidad de las condenas solicitadas.

Sobre el transporte de la droga, el fiscal, asistido por el auxiliar fiscal Facundo Mirabella y el Investigador Facundo Saravia, ratificó la imputación de ese delito, cuya comisión fue probada a lo largo del debate, por la prueba documental y testimonial presentada.

La fiscalía resaltó la existencia de una planificación previa de los acusados, cada uno con roles determinados, y marcó que Laguna y García fueron los principales actores. El primero, como encargado de obtener y establecer el traslado de la droga, mientras que el segundo tuvo mayor injerencia en el retiro de la encomienda.

La fiscalía indicó que los acusados pensaron en todos los detalles, ya que usaron la licencia de conducir de un joven adicto para presentarse y retirar la encomienda, todo ello con la intención de tomar distancia del paquete si es que algo salía mal.

Entre las pruebas, se refirió a las comunicaciones y otras operaciones bancarias que surgieron de los peritajes realizados a los teléfonos de los acusados, como también destacó el descargo de dos de ellos, Laguna y Ríos Craba, quienes apuntaron a García como quien organizó el traslado de Metán a Joaquín V. González para retirar el paquete con el estupefaciente, lo cual se hizo en un vehículo que proporcionó.

La fiscalía indicó que los acusados pensaron en todos los detalles, ya que usaron la licencia de conducir de un joven adicto para presentarse y retirar la encomienda, todo ello con la intención de tomar distancia del paquete si es que algo salía mal.

En este punto, el fiscal ponderó la declaración brindada por la madre del joven adicto, pues la mujer fue bastante explícita al relatar las penurias sufridas por su hijo, quien ahora se encuentra bajo tratamiento de rehabilitación.

La testigo no dudó en señalar a Laguna como el que le proveía drogas a su hijo, quien se desprendió de todas sus pertenencias debido a la adicción, entre ellas un vehículo y la documentación correspondiente, incluido el carné de conducir usado para retirar la encomienda.

La mujer, en su relato, dio detalles del calvario vivido con su hijo a raíz de su adicción, la cual era fomentada por Laguna, quien terminó valiéndose de ello para apropiarse de las pertenencias del joven.

Para dejar en claro el daño en abstracto representado por el accionar de los acusados, el representante del Ministerio Público Fiscal mencionó que la droga secuestrada equivale a más de 65 mil dosis.

Asimismo, puso de relieve que el delito de transporte, según la amplia jurisprudencia al respecto, no exige resultado sino el mero traslado del estupefaciente. Y aclaró que esta conducta delictiva quedó consumada cuando se remitió la droga desde Misiones a Rosario.

En vista de estas evidencias, y otros argumentos esgrimidos, la fiscalía ratificó la acusación y solicitó la declaración de culpabilidad de los tres acusados por el delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes.

Para dejar en claro el daño en abstracto representado por el accionar de los acusados, el representante del Ministerio Público Fiscal mencionó que la droga secuestrada equivale a más de 65 mil dosis.

Confusión

A su turno, la defensa de Ríos Craba y Laguna confirmó los descargos de sus clientes en contra de García, como también disintió con la fiscalía respecto a las características del delito de transporte y el momento de su consumación, ya que -a su criterio- el accionar reprochado se trataría de una tenencia simple de estupefaciente. Afirmó que sus clientes actuaron a expensas de García y solicitó la absolución de ambos por el principio de la duda.

El defensor de García, en tanto, interpuso varios planteos de nulidades y se mostró muy enfático en uno de ellos. Afirmó que durante el debate la fiscalía había omitido presentar el peritaje químico del estupefaciente, que tampoco fue parte de ningún acuerdo probatorio.

Esta situación, sin embargo, quedó descartada cuando en la réplica el fiscal le hizo notar que sí se había cumplido con ese acuerdo probatorio, lo que refrendó al repasar lo sucedido en una audiencia previa en la cual se trató la convención probatoria.

En cuanto a otros argumentos defensivos esgrimidos, la fiscalía recordó que el control de las encomiendas realizado por personal de la PSA en Rosario no es antojadizo, sino que responde a una reglamentación interna y fundada.

También aclaró que la apertura de la encomienda se realizó con el control judicial respectivo, con lo cual descartó cualquier irregularidad.

Explicó que la imposibilidad de poner alguna faja o inscripción en el paquete para su resguardo obedeció a una estrategia clara de evitar que los acusados se percataran de que se trataba de una “entrega vigilada”. No obstante, quedó aclarado en el juicio que la encomienda fue monitoreada por cámaras hasta que siguió viaje a Salta.

Por último, y respecto a lo aludido por la defensa de Ríos Craba y Laguna, dijo que es clara la jurisprudencia al sostener que la tenencia está motivada en el movimiento del portador de la droga, mientras que en el transporte esa motivación está determinada por el traslado del estupefaciente.

Resolución

Al momento del fallo, y de manera unánime, la presidente del tribunal declaró la responsabilidad penal de los tres acusados. Al esbozar sus argumentos, Snopek coincidió en todo con la fiscalía, al igual que sus colegas.

Cumplido este tramo del debate, el tribunal avanzó con la determinación de la pena, instancia en que se debatió sobre las circunstancias personales de los tres imputados, tras lo cual el fiscal solicitó una pena de 6 años de prisión efectiva para cada uno de ellos.

La defensa de Ríos Craba y Laguna, en tanto, argumentó por una pena de tres años de prisión condicional, mientras que el defensor de García requirió para su defendido una condena aún menor, de 2 años de prisión, también en suspenso.

Frente a estos pedidos, el tribunal volvió a coincidir con la fiscalía y condenó a los imputados a la pena de 6 años de prisión, aunque ordenó que el cumplimiento fuera bajo la modalidad de arresto domiciliario, medida que se mantendrá hasta tanto la sentencia quede firme.