29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Por Resolución PGN 52/21
A partir del 17 de agosto, el MPF implementará un retorno gradual a la presencialidad con continuidad del trabajo remoto
En línea con el DNU 494/21, el procurador general interino dispuso que desde ese día todas las dependencias deben asegurar la atención presencial, sin perjuicio de que sus titulares mantengan el trabajo por medios virtuales, para lo cual recomendó la implementación de un sistema de “burbujas”. Los y las agentes deberán informar su estado de vacunación y factores de riesgo que les afecten.

El procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, dispuso que a partir del 17 de agosto próximo el Ministerio Público Fiscal comenzará a implementar un retorno gradual a la presencialidad, lo que implica que todas las dependencias del organismo "deberán asegurar la atención presencial suficiente para la adecuada prestación del servicio en el horario establecido", sin perjuicio de que sus titulares mantengan el trabajo remoto. En tal sentido, recomendó una serie de medidas sanitarias de prevención para el regreso a la actividad presencial y dispuso que, a fin de organizar el regreso programado a las oficinas, los y las agentes del MPF deberán informar a los titulares de cada dependencia su estado de vacunación y los factores de riesgo que les afecten.

La decisión fue adoptada por Casal a través de la Resolución PGN 52/21, en línea con las recientes disposiciones del Poder Ejecutivo Nacional dadas a conocer a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 494/21, en cuyo texto se indica que “de acuerdo a la situación epidemiológica, sanitaria y de coberturas de vacunación, se puede evaluar la habilitación paulatina y controlada de actividades y aforos”. El procurador general interino refiere en los considerandos de su resolución que el artículo 9 de aquél DNU dispuso bajo la denominación de "presencialidad programada" las condiciones en que los y las agentes de la administración pública volverán a prestar servicios bajo esa modalidad.

"En ese contexto, corresponde disponer que en todas las dependencias de este Ministerio Público se deberá asegurar la atención presencial suficiente en consonancia con la mayor actividad y movilidad existente, sin perjuicio de mantener la modalidad de trabajo remoto que dispongan sus titulares, especialmente respecto de aquellos/as agentes que se encuentren exceptuados o bien que, por sus condiciones de riesgo y/o su situación respecto del proceso de vacunación, consideren inconveniente su asistencia, teniendo en cuenta los criterios establecidos por la autoridad sanitaria y las particularidades propias de cada jurisdicción", señala la resolución dictada por Casal.

"Se deberá asegurar la atención presencial suficiente en consonancia con la mayor actividad y movilidad existente, sin perjuicio de mantener la modalidad de trabajo remoto que dispongan sus titulares".

Agrega que para que los y las titulares de las respectivas dependencias del MPF puedan valorar prudentemente estas circunstancias, los y las agentes del organismo "deberán informarles acerca de su estado de vacunación y factores de riesgo que los afecten".

En esa línea, la resolución dictada por el procurador general interino recomienda un "sistema de circulación y burbujas, que incluya todas las medidas de cuidado necesarias" previstas en el considerando III de la Resolución PGN 37/20, "a fin de preservar la salud tanto del personal de este Ministerio Público como de los justiciables y público en general".

El procurador general interino recomienda en la resolución la adopción de las siguientes medidas en el marco del retorno gradual a la presencialidad:

  • Mantener una distancia de dos metros con otras personas.
  • Utilizar barbijos o tapabocas caseros (que cubran nariz, boca y mentón) como elemento de prevención propia y de terceros al compartir un ambiente común.
  • Lavarse frecuentemente las manos con agua y jabón o higienizarse las mismas con soluciones a base de alcohol (como por ejemplo alcohol en gel).
  • Ventilar regularmente los ambientes cerrados, sobre todo en período invernal o de bajas temperaturas para permitir el recambio de aire.
  • Para toser o estornudar, cubrirse nariz y boca con el pliegue interno del codo, o usar pañuelo descartable y tirarlo inmediatamente en un cesto de residuos.
  • Evitar tocarse los ojos, nariz y boca.
  • Evitar reuniones en espacios cerrados.
  • Evitar los saludos que impliquen reducir el distanciamiento social.
  • Utilizar los elementos idóneos de limpieza, cuidado, seguridad y prevención, con el objetivo de disminuir el nivel de exposición de quienes presten servicios en las dependencias del Ministerio Público Fiscal o concurran a ellas.
  • Desinfectar regularmente las diversas superficies para minimizar el riesgo de transmisión por contacto (escritorios, picaportes, puertas, etc.).
  • No compartir vajilla, mate ni otros objetos de uso personal.
  • En caso de presentar síntomas, o haber mantenido un contacto estrecho con un caso sospechoso o positivo:
  • Contactar las líneas dispuestas por cada provincia e informar que presenta síntomas sospechosos de COVID-19.
  • Evitar concurrir a la dependencia laboral y registrar el motivo en Mi Portal MPF, en la forma más temprana posible.
  • Informar a la/al titular de la dependencia con quiénes mantuvo contacto estrecho en las 48 horas previas a la aparición de síntomas.