26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervino el titular de la Fiscalía General N° 2, Abel Córdoba
Condenaron a 8 años y 6 meses de prisión a una pareja por la sustracción y la retención de un niño y la explotación laboral de una mujer
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°4 porteño tuvo por acreditado que ambos integrantes de la pareja sometieron a la víctima con el objetivo de explotarla laboralmente en un taller textil clandestino, por lo menos desde marzo de 2020 y hasta el 20 de agosto de ese año, y que en ese contexto llevaron a cabo una serie de actos que concluyeron con la apropiación del hijo recién nacido de la víctima.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°4 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -integrado unipersolamente por el juez Ricardo Basílico- impuso este miércoles penas de 8 años y 6 meses de prisión a los integrantes de una pareja acusada por trata de personas con fines de explotación laboral en la actividad textil respecto de una mujer y por la sustracción y retención de su hijo nacido en ese contexto.

Las penas fueron para Carlos Alberto Ávalos Campos y Norka Jenny Flores Baldelomar, a quienes el tribunal consideró coautor y coautora penalmente responsables del delito de trata de personas con fines de explotación laboral en un caso, agravado por mediar abuso de situación de vulnerabilidad sobre una víctima embarazada y por su consumación, en concurso real con los delitos de sustracción y retención de un menor de diez años y alteración de su identidad, ambos en concurso real con el delito de falsificación de documento publico (en el caso del último delito, Flores Baldelomar fue condenada en calidad de partícipe necesaria).

Tal como lo había requerido el titular de la Fiscalía General N°2, Abel Córdoba, el tribunal ordenó además la reparación económica de la víctima y el decomiso de diez máquinas vinculadas a la actividad textil, entre otros elementos. A Flores Baldelomar también se la declaró reincidente por una condena previa. El próximo 15 de septiembre se darán a conocer los fundamentos del fallo.

Es su alegato, la fiscalía había señalado que “la comprobación de la finalidad de explotación, que en este caso se configura desde ambos imputados sobre la madre del niño, es determinante para encuadrar la conducta de los acusados en el delito de trata de personas”. Y valoró que los acusados "decidieron la apropiación del niño ya desde que confirmaron el embarazo y la ausencia de obstáculos por parte de la familia cercana de la víctima de explotación en Buenos Aires". En este marco, dijo Córdoba, ambos "se encargaron unilateralmente de cuanta gestión fue necesaria para concretar esa voluntad criminal; tanto lícitas, la inscripción ante el Registro [Nacional de las Personas]; como ilícitas, con el documento que contiene una declaración de entrega del bebé que Flores Baldelomar intentó hacer firmar a la madre".

De acuerdo con la investigación y lo acreditado en el debate, ambos integrantes de la pareja sometieron a la víctima con el objetivo de explotarla laboralmente en un taller textil clandestino, ubicado en la calle Ramón Falcón al 3500 de la Ciudad de Buenos Aires, por lo menos desde marzo de 2020 y hasta el 20 de agosto de ese año. La fiscalía sostuvo que para ello la pareja de empleadores condicionó a la víctima para que comenzara a vivir en el inmueble donde funcionaba el taller y que, durante la ejecución de los hechos de trata, Flores Baldelomar advirtió el embarazo que cursaba la víctima, por lo que desde entonces ambos miembros de la pareja llevaron a cabo una serie de actos que concluyeron con la inscripción de la falsa paternidad biológica del niño, su sustracción y la retención incluso ante el pedido de su restitución. En efecto, el fiscal consideró acreditado que el niño fue retenido desde el día de su nacimiento, el 8 de mayo de 2020.

El caso

El inicio de la investigación se remonta a una denuncia anónima formulada el 18 de agosto de 2020 ante la línea telefónica 145 del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. A partir de ese momento se dio intervención al Departamento Unidad Federal de Investigación sobre Trata de Personas de la Superintendencia de Investigaciones Federales de la Policía Federal Argentina. La denuncia abarcó dos hechos graves: la apropiación de un niño y la trata con finalidad de explotación laboral de un grupo de personas. La instrucción estuvo a cargo del fiscal federal Carlos Stornelli.

En lo que respecta al delito de trata, como resultado del juicio se comprobó con certeza uno de los casos inicialmente imputados, el de la madre del niño recién nacido. Por los demás, Ávalos Campos y Flores Baldelomar resultaron absueltos por pedido del fiscal.