19 de abril de 2024
19 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Interviene el titular de la Fiscalía General N° 2 Abel Córdoba
Comenzó el alegato de la fiscalía en un juicio contra una pareja acusada de sustraer y retener a un niño y de explotar laboralmente a una mujer
De acuerdo a la acusación, ambas personas sometieron a la víctima con el objetivo de explotarla laboralmente en un taller textil clandestino. Además, la pareja fue acusada de haber sustraído y retenido al hijo recién nacido de la mujer con el objetivo de falsificar la identidad del niño para apropiarselo.

El titular de la Fiscalía General N° 2, Abel Córdoba, comenzó ayer con su alegato en el juicio a una pareja acusada por la sustracción y retención de un niño y por trata de personas con fines de explotación laboral. De acuerdo a lo que informó el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°4, el Ministerio Público Fiscal continuará con su exposición el próximo 26 de mayo.

Carlos Alberto Avalos Campos y Norka Jenny Flores Baldelomar llegaron a debate acusados por los delitos de "sustracción y retención de menor de diez años de edad, alteración de la identidad de un menor de edad, falsedad ideológica de documento público; trata de personas con fines de explotación laboral en perjuicio de una víctima, agravada por encontrarse la víctima embarazada, por abuso de situación de vulnerabilidad y por haberse consumado la explotación".

De acuerdo a la acusación, ambos sometieron a una persona con el objetivo de explotarla laboralmente en un taller textil clandestino, ubicado en la calle Ramón Falcón al 3500 de la Ciudad de Buenos Aires, por lo menos desde marzo de 2020 y hasta el 20 de agosto de ese año. Además, fueron acusados de haberle sustraído y retenido a su hijo recién nacido con el objetivo de falsificar la identidad del niño para apropiarselo. Esa sustracción fue concretada el 8 de mayo de 2020.

La fiscalía señaló en su alegato que tras la intervención urgente de la justicia penal federal y el auxilio de todas las instituciones especializadas "fue posible hacer cesar la continuidad de los delitos". Además,  indicó que se logró rescatar ilesa a la víctima y destacó la importancia de "restituir los vínculos y situaciones acorde a los derechos fundamentales de las personas así como emprender el restablecimiento y ejercicio de esos derechos".

El representante del MPF señaló luego que la dimensión de gravedad de los hechos era evidente y consideró que la conducta de los acusados operó “en una dimensión que importa un derecho fundamental e inherente a la condición humana”. A su vez, destacó que todas las conductas delictivas consumadas por los acusados en perjuicio del niño también afectan a su madre “desde la perspectiva de la victimización secundaria de los delitos que atentan contra el derecho a la identidad y contra los derechos fundamentales de su hijo”.

“No fue sino cuando logró salir del ámbito de dominio de los acusados que pudo ejercer la representación y tutela de los derechos e intereses de su hijo. Esa es, probablemente, la más nítida de las situaciones que conforman el objeto de la causa en la que la interseccionalidad queda de manifiesto”, desarrolló la fiscalía. Se refirió también en su alegato a a la ausencia de pagos a la víctima y al aprovechamiento de la situación que atravesaba, las que fueron utilizadas para mantenerla bajo su dominio.

El caso

La investigación se inició a través de una denuncia anónima formulada el 18 de agosto de 2020 ante la línea telefónica 145 del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. A partir de allí se dio intervención al Departamento Unidad Federal de Investigación sobre Trata de Personas de la Superintendencia de Investigaciones Federales de la Policía Federal Argentina. Luego de esa prueba inicial, la investigación tomó conocimiento de que los acusados habían puesto en funcionamiento un taller textil clandestino, en el cual había sido siendo explotada laboralmente la víctima.

Según sostuvo la acusación, la pareja de empleadores la condicionaron para que comenzara vivir en inmueble. En esa línea, se marcó que Flores Baldelomar advirtió sobre el embarazo que cursaba la víctima y que desde entonces llevaron a cabo una serie de actos que concluyeron con la inscripción del niño con la falsa paternidad biológica del niño, su sustracción y la retención incluso ante el pedido de su restitución.

Durante el juicio se mostró que la pareja ejerció violencia psicológica, lo que incidió en la valoración de los indicadores y agravantes del delito de trata que hizo la fiscalía. Durante la primera parte del alegato, el MPF destacó la gravedad de los hechos, la celeridad con que se dio curso inicialmente a la causa y la adopción de medidas adecuadas y oportunas.