La Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), a cargo de Alejandra Mángano y Marcelo Colombo, recibió entre 2021 y 2024, un total de 5.776 denuncias a través de la Línea 145, en las que en 321 casos se detectó la referencia a personas víctimas con discapacidad (PVcD) o con alguna situación de salud mental (PcSSM) y/o que conviven o son familiares de alguien con discapacidad. Estos datos se desprenden de un nuevo informe elaborado por la procuraduría especializada en el marco del Día Internacional de las Personas con Discapacidad.
El documento analiza las denuncias formuladas a través de la línea 145 y las sentencias condenatorias por el delito de trata en el período comprendido entre el 1° de noviembre de 2021 y el 1° de noviembre de 2024. A su vez, expone la situación actual de las personas víctimas con discapacidad frente al delito de trata de personas y sus conexos.
Desde oficina especializada destacaron que el informe exhibe la continuidad de una política institucional vinculada a la identificación, visibilización y evaluación del cumplimiento de los estándares internacionales para garantizar los derechos de las PVcD dentro del sistema de justicia, en general, pero con foco en los procesos iniciados por los delitos de competencia de la PROTEX.
Denuncias a través de la Línea 145
El informe arrojó que de esas 321 denuncias recibidas en las que se detectó la referencia a personas con discapacidad o con alguna situación de salud mental, 300 denuncias corresponden a personas víctimas con discapacidad o situación de salud mental. Las otras 21 están relacionadas con víctimas que conviven con personas con discapacidad o son familiares de ellas.
En ese sentido, el informe resalta que, según las estadísticas de la Organización Mundial de la Salud (OMS), se estima que el 16% de la población mundial tiene una discapacidad y que esta cifra está aumentando debido al crecimiento de las enfermedades no transmisibles y a la mayor duración de la vida de las personas.
Por otro lado, las 300 denuncias que mencionan a personas con discapacidad o en situación de salud mental, involucraron a un total de 319 víctimas (hay denuncias con más de una víctima).
Modalidad denunciada
Por otro lado, se realizó un análisis sobre el universo de 321 casos. En esa línea, desde PROTEX señalaron que al ser la línea 145 anónima y gratuita y que promueve la realización de denuncias por trata o delitos conexos, la mayor parte de las llamadas se divide entre las variables explotación sexual (102) y explotación laboral (73). A su vez, resaltaron que las personas denunciantes refieren características inherentes a diferentes tramos de la modalidad criminal o a la sospecha de su comisión ante determinadas situaciones como la desaparición de una persona, por lo que la búsqueda de personas (59) ocupa el tercer lugar en la clasificación.
El documento resalta que también se denuncian circunstancias vinculadas a la posible captación u oferta laboral engañosa (23) y otros delitos (30), que incluyen denuncias donde se hace, mayormente, referencia a la realización de alguno de los verbos típicos de la trata de personas, aunque sin especificar finalidad de explotación o delitos como “grooming”.
Género de las víctimas
De las 319 personas víctimas con discapacidad, la clasificación sobre su género registró que 216 son mujeres (68%), 74 hombres (23%), 2 personas trans (1%), y en 27 casos (8%) no se registró información al respecto.
El documento destaca que en el universo de víctimas con discapacidad el fenómeno de la “discriminación múltiple o interseccional”.
En este sentido, se advierte que las mujeres con discapacidad víctimas de este delito resultan objeto de múltiples discriminaciones, lo que las coloca en una situación de mayor vulnerabilidad.
Vínculo entre víctimas y victimarios
Otro dato que releva el informe es la posible vinculación entre la víctima con discapacidad o situación de salud mental y la relación que ésta pueda tener con los presuntos victimarios. “La paradoja radica en que, en algunos casos, quienes deberían ser responsables de su bienestar físico y psíquico, como familiares o cuidadores, son los mismos que aparecen denunciados por vulnerar sus derechos humanos”, remarcaron.
Del análisis se determinó que, de las 319 víctimas con discapacidad en las denuncias, 50 de ellas eran víctimas en su propio entorno familiar, 46 estaban en una relación con una pareja y/o conviviente, 114 registraron vínculos con “otros”, lo que puede incluir terceras personas o instituciones, como en el caso de una denuncia vinculada a sucesos en un geriátrico. El resto, se trató de 109 víctimas que no registraban información del vínculo con el victimario.
Rango etario de las personas víctimas
Otro punto que destaca el informe es que la mayoría de las víctimas en los casos analizados -unas 240 que representan el 75%- eran adultas. Además, se identificó que 24 víctimas eran adolescentes (7%), 18 eran niños/as (6%), y 37 casos (12%) no registraron información sobre la edad de las víctimas.
En este contexto, el documento advierte que la menor cantidad de denuncias relacionadas con niños, niñas y adolescentes con discapacidad y/o situación de salud mental no necesariamente indica una menor prevalencia de estos casos. Más bien podría reflejar las mayores dificultades de acceso a la justicia que enfrentan los niños, niñas y adolescentes con discapacidad, lo que dificulta que sus situaciones lleguen a conocimiento de las autoridades; especialmente, si las violaciones a sus derechos son cometidas por quienes tienen a su cargo el deber de protegerlos.
Tipo de discapacidad o situación de salud mental
Otro aspecto relevante que el informe consideró son los distintos tipos de discapacidad que tendrían las víctimas de trata con discapacidad. En ese sentido, de las 319 víctimas con discapacidad, 192 conviven con una discapacidad “mental/psicosocial” (60%); 30 atraviesan situaciones de salud mental, 59 no registran información al tipo de discapacidad o situación de salud mental; 18 tendrían un tipo de discapacidad múltiple, lo que refiere a la presencia combinada de varias discapacidades en un individuo. Del resto de las víctimas, 15 tenían discapacidad motriz, dos visual, dos auditiva y una visceral.
Sentencias
El reporte también destaca que durante el período analizado se recopilaron 114 sentencias de tribunales federales por el delito de trata de personas, de las cuales 90 registraron veredicto condenatorio, 18 absolutorio y seis conciliatorias.
A diferencia del informe del año 2021 -en el cual se había obtenido sólo una sentencia en la cual se aplicó el agravante del inciso 3 del artículo 145 ter del Código Penal,-, en este período se identificaron cinco antecedentes jurisprudenciales en los cuales los tribunales valoraron la identidad de la víctima con discapacidad a los fines de establecer la calificación legal.
La reparación a las víctimas con discapacidad del delito de trata de personas
El documento resalta que la omisión de aplicar el agravante en la condena, así como no haber realizado los ajustes de procedimiento y/o ajustes razonables a favor de las personas con discapacidad, repercute de forma directa en la obligación legal internacional de reparar a las víctimas del delito de trata de personas. Estas obligaciones, surgen de los compromisos asumidos por el Estado argentino tanto a nivel local como internacional.
“Los citados compromisos en materia de discapacidad, implican también que los y las operadores judiciales debemos aplicar una perspectiva de derechos específica en favor de las personas con discapacidad, que implican la adaptación del proceso judicial consecuente a la denuncia por la ocurrencia de un delito, así como garantizar -o asegurar una derivación eficaz- el resguardo y protección de sus derechos en paralelo al procedimiento judicial”, sintetiza el informe.
Finalmente, el reporte señala que lo que se visualiza a raíz de la lectura de las sentencias anteriormente mencionadas, es que, si bien los tribunales tienen presente la existencia de una obligación de reparar a las víctimas, en los casos particulares analizados no se tomó una decisión de carácter integral valorando la individualidad y condición de las personas víctimas con discapacidad.
En efecto, en todos los casos observados, no se advirtió la situación en que se encuentran las personas con discapacidad -y la afectación de sus derechos a las que fueron sometidas- como parámetro de valoración para el cómputo de la reparación, lo cual podría ser interpretado, a la luz de los estándares fijados por los instrumentos internacionales, como un acto discriminatorio por motivo de discapacidad.
Acciones y propuestas
En el cierre del informe, PROTEX remarca que “las víctimas con discapacidad o con alguna condición de salud mental enfrentan barreras adicionales y requieren medidas de apoyo específicas que garanticen su plena participación en los procedimientos judiciales, así como en los programas de asistencia y reparación”.
Por ello, al igual que en informes de años anteriores, enumeran una serie de propuestas para adoptar “acciones concretas y continuas” en esta materia:
• Mecanismos de denuncia y protección: para asegurar que las personas víctimas tengan acceso a canales seguros, confidenciales y accesibles para denunciar delitos y recibir asistencia integral adaptada a sus necesidades.
• Coordinación Interinstitucional: promover la colaboración entre fuerzas de seguridad, poder judicial y organizaciones de la sociedad civil para una respuesta eficiente y articulada.
• Capacitación y sensibilización: promover las capacitaciones y los programas formativos en el ámbito del Ministerio Público Fiscal, enfocados en la trata de personas y los derechos de las víctimas con discapacidad o alguna situación de la salud mental. Para ello podría convocarse a una mesa de trabajo que involucre actores de diferentes dependencias del MPF como la PROTEX, la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas (DOVIC), la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), la Oficina de Bienestar Laboral, y la Dirección de Capacitación, con el fin de transversalizar los canales formativos en la temática.
• Capacidades Técnicas de Investigadores: asegurar formación continua en técnicas avanzadas de investigación y sensibilización sobre trata de personas, considerando las necesidades de las víctimas con discapacidad.
• Formularios de la Línea 145: Incluir un “check list” en la carga de denuncias donde se pueda especificar “víctima con discapacidad: sí/no” o “se menciona discapacidad: sí/no”.
• Trabajar en la elaboración de un documento específico sobre pautas y recomendaciones para el abordaje de casos que involucren a Personas con Discapacidad en el delito de trata y/o explotación de personas.