25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El alegato del fiscal Carlos Gonella
Juicio por trata laboral en Córdoba: la Fiscalía pidió cinco años de prisión para un empresario agropecuario y sus dos hijos
Son el dueño y los administradores de un campo destinado al cultivo de papa en el sur provincial y están acusados de explotar laboralmente a cuatro víctimas en situación de vulnerabilidad. Los trabajadores habrían sido sometidos a condiciones infrahumanas. El representante del MPF solicitó además que los imputados paguen una multa equivalente a 20 mil pesos.

El fiscal federal Carlos Gonella solicitó al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de Córdoba que imponga cinco años de prisión a tres hombres acusados de ser coautores del delito de trata de personas con fines de explotación laboral respecto de cuatro víctimas en situación de vulnerabilidad en un campo dedicado al cultivo de papa, ubicado al sur de aquella provincia. Además, el representante del MPF solicitó que los imputados paguen una multa equivalente a la suma de 20 mil pesos.

El debate comenzó el 25 de septiembre y a lo largo de las audiencias comparecieron cuatro testigos, en tanto que las testimoniales de otros siete, prestadas en la fase de instrucción, se incorporaron por lectura. El próximo 17 de octubre se conocerá el veredicto.

Los acusados son el empresario José Mauricio Revigliono y sus dos hijos, Mauricio Javier Revigliono y José Augusto Revigliono, quienes -de acuerdo con la Fiscalía- habrían captado, trasladado y acogido al menos a once trabajadores para realizar tareas vinculadas al cultivo de papa en ese predio. Por esas tareas recibían entre 600 y 850 pesos semanales. Según la acusación, el padre era el dueño del establecimiento y sus dos hijos estaban a cargo de la administración del emprendimiento.

Los trabajadores fueron alojados en un galpón que carecía de las mínimas condiciones de salubridad, con techo de chapa galvanizada acanalada, sin aislantes térmicos, con goteras, falto de higiene, sin agua corriente, ni cocina ni dormitorios, ni baños. Además, debían dormir en pedazos de colchones en el piso o sobre tarimas de madera en el mismo lugar donde se guardaban bolsas de papa usadas y habitaban ratones.

Los trabajadores fueron alojados en un galpón, sin agua corriente ni baños, y debían dormir en pedazos de colchones en el piso o sobre tarimas de madera en el mismo lugar donde se guardaban bolsas de papa usadas y habitaban ratones.

Las víctimas, que debían hacer sus necesidades a campo abierto, tampoco contaban con obra social y debían costearse ellas mismos su atención médica. Para realizar las tareas, no tenían elementos de protección y/o seguridad adecuados, tales como vestimenta, lentes y arneses. Y en caso de enfermedad, inclemencias climáticas o de falta de trabajos para realizar, no se les abonaba el día laboral.

A este cuadro se suma que, como debían abastecerse de alimentos y remedios, normalmente adeudaban dinero a sus proveedores. De esta manera, no podían regresar -salvo esporádicamente- a sus hogares ni comunicarse telefónicamente con sus familias, ya que no contaban con los fondos suficientes.

Durante el debate, el fiscal Gonella consideró acreditado el hecho y la participación de los acusados. De las 11 víctimas que inicialmente fueron identificadas en la causa, el representante del Ministerio Público consideró acreditado que cuatro de ellas se encontraban en especial situación de vulnerabilidad, ya que eran oriundas de la provincia de Santiago del Estero, carecían de instrucción básica y contaban con graves problemas de salud física. Eran las cuatro personas que vivían hacinadas en el galpón. Las otras siete, si bien estaban sometidas a las mismas condiciones laborales en cuanto a jornada y remuneración, vivían en la zona junto a sus familiares. De allí que el fiscal consideró que en estos siete casos no se configuró el elemento de “contexto” necesario para la consumación del delito de trata laboral.

La investigación que llegó a juicio se originó a partir de una denuncia formulada por la AFIP-DGI el 19 de septiembre de 2011, cuyos agentes se constituyeron en el campo a fines de relevar el personal y constatar condiciones de trabajo.

Como consecuencia, diez días después se llevó a cabo un allanamiento, ordenado por el juez federal Ricardo Bustos Fierro, en línea con lo solicitado por el fiscal instructor de la causa, Gustavo Vidal Lascano. En esa oportunidad, fueron identificadas las 11 víctimas: las cuatro oriundas de la provincia de Santiago del Estero y el resto de Córdoba.

A partir de la declaración de los trabajadores, se pudo saber que las jornadas se extendían desde las 5.30 en verano y 7.30 en invierno hasta las 21 horas, con un descanso de una hora, entre las 13.00 y las 14.00. Los sábados trabajaban hasta el mediodía.