Interviene la fiscal federal María Alejandra Mángano

Piden elevar a juicio el caso de un hombre y una mujer acusados de captar a una adolescente para explotarla como "correo humano" de drogas hacia Perú

La fiscalía sostuvo que la víctima, de 15 años, fue captada en un contexto de extrema vulnerabilidad y trasladada con el objetivo de que transportara estupefacientes en su cuerpo en un circuito transnacional. La damnificada fue rescatada en un operativo realizado el año pasado en San Pedro, cuando viajaba en un micro rumbo a Jujuy, a partir de un llamado a la línea 145.

La fiscal interinamente a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°12, María Alejandra Mángano, solicitó la elevación a juicio de una causa en la que dos personas —madre e hijo— están acusadas de haber captado en la Capital Federal y trasladado a una adolescente de 15 años con fines de explotarla como “correo humano”, en el marco de una frustrada maniobra de transporte internacional de estupefacientes que se iba a realizar desde Perú.

Según el requerimiento presentado ante el titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°4, Ariel Lijo, la investigación permitió establecer que la víctima fue captada en el barrio Padre Pedro Mugica (ex Barrio 31 de Retiro) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en un contexto de extrema vulnerabilidad social, caracterizado porque vivía en situación de calle, con consumo problemático de sustancias y desvinculada del sistema educativo.

Los imputados son un hombre de 34 años  y su madre de 53, ambos de nacionalidad peruana. El acusado deberá responder como coautor del delito de trata de personas con fines de explotación, agravado por haber mediado engaños, violencia, amenazas, intimidación y coerción; por haberse aprovechado de la situación de vulnerabilidad de la víctima; y por tratarse de una menor de 18 años. En su caso, además, se le imputa el delito de abuso sexual con acceso carnal, en concurso ideal con la figura de corrupción de menores, todo en calidad de autor. Por su parte, a su madre se la imputó como coautora del delito de trata de personas con fines de explotación, en su caso, agravado por haberse aprovechado de la situación de vulnerabilidad de la víctima; y por tratarse de una menor de 18 años.

“Correo humano” del narcotráfico como forma de explotación

Uno de los aspectos centrales del requerimiento es que, al analizar el encuadre jurídico y la calificación legal del caso, la fiscal Mángano consideró que la modalidad de “correo humano” de drogas o “mula”, definida como “aquella persona que, con la finalidad de transportar o entregar sustancias estupefacientes, procede a su ingesta dentro de cápsulas o al ocultamiento en su cuerpo”, es equiparable a una de las formas de explotación que configuran el delito de trata de personas.

“Conforme el desarrollo efectuado hasta aquí y sin perjuicio de que la Ley 26.364 no prevea expresamente la utilización de la ‘mula’ como finalidad de la explotación, las acciones desplegadas por los imputados en las presentes actuaciones son compatibles con la finalidad de reducción a la servidumbre”, sostuvo la representante del MPF.

La fiscalía detalló que esta particular finalidad no fue contemplada cuando se sancionaron los primeros instrumentos internacionales sobre la trata de personas, lo que explica que no figure de manera explícita ni definida en el artículo 3 del Protocolo de Palermo, junto con las restantes finalidades de explotación. Sin perjuicio de eso, destacó que “dicha disposición establece un piso mínimo no taxativo de finalidades de explotación que los Estados Parte deben cumplir”.

En ese sentido, la representante del MPF señaló en el requerimiento que “el plan pergeñado por los imputados era utilizar a la niña como 'correo humano'. Es decir, hacer de su cuerpo un mero instrumento para transportar sustancias estupefacientes de un país a otro”. Por lo tanto, afirmó que la adolescente fue “una víctima de trata de personas, cuya vulneración de derechos, además, se vio agravada por los imputados al involucrar a la menor en una organización criminal dedicada a actividades asociadas al narcotráfico”.

La maniobra investigada

De acuerdo con la hipótesis fiscal, los imputados iniciaron un vínculo con la adolescente a mediados de agosto de 2025 y, aprovechando esa relación y su situación de vulnerabilidad, le propusieron viajar a la República del Perú bajo el pretexto de unas vacaciones.

Sin embargo, el objetivo real —según pudo reconstruir la fiscalía con la evidencia recolectada— era explotarla mediante su utilización como “correo humano” para el transporte de estupefacientes.

La fiscal Mángano indicó que las evidencias recolectadas “no dejan margen de duda acerca de que la finalidad de explotación se configura en la utilización de la víctima como medio para la ejecución de actividades vinculadas al narcotráfico, particularmente mediante el transporte de estupefacientes en su cuerpo, lo que implica su cosificación y subordinación a la lógica de la organización criminal”.

Según contó la propia víctima, la maniobra consistía en trasladarla a la República del Perú para que ingiriera cápsulas o se sometiera a injertos subcutáneos para el transporte de estupefacientes, y luego reingresarla al país con la sustancia en su cuerpo.

Para lograr su aceptación, las dos personas imputadas le ofrecieron dinero —la damnificada mencionó la cifra de un millón de pesos—, una vivienda y un automóvil, al tiempo que ejercieron presión, amenazas y control sobre ella.

El operativo

El caso se inició el 18 de septiembre de 2025, cuando personal de la Gendarmería Nacional interceptó un ómnibus en el kilómetro 152 de la Ruta Nacional 9, a la altura de la localidad de San Pedro, provincia de Buenos Aires, tras un aviso sobre una posible situación de trata. El micro había partido del barrio porteño de Once y tenía como destino la ciudad de San Salvador de Jujuy.

La alerta fue emitida por la Unidad de Investigaciones Judiciales de la localidad entrerriana de Concepción del Uruguay de esa fuerza federal y tuvo origen en un llamado anónimo que reportaba que en ese colectivo había ciudadanos extranjeros acompañados por una menor de edad que aparentemente transportaban sustancias estupefacientes entre sus pertenencias.

En el procedimiento se identificó a los dos imputados junto a la adolescente, quien no figuraba en la nómina de pasajeros, carecía de documentación, presentaba signos de somnolencia. y, a su vez, manifestó espontáneamente que sus acompañantes transportaban droga en su cuerpo. De acuerdo con los testimonios, los adultos intentaban controlar sus respuestas e inducirla a brindar información falsa, ya que en un principio dio otra identidad, dijo que era mayor de 18 años y contaba con un certificado de discapacidad ajeno para exhibir.

Por razones de jurisdicción, en el caso intervino inicialmente la Sede Fiscal Descentralizada San Nicolás, desde donde se dispuso la detención de los implicados, se ordenó una requisa sobre sus pertenencias y que sean trasladados a la guardia del Hospital Subzonal de la Municipalidad de San Pedro, para someterlos a radiografías, con el objetivo de determinar si alguno de ellos había injerido cápsulas con drogas. El hombre y su madre, de nacionalidad peruana, quedaron detenidos y la adolescente, puesta a resguardo

Si bien en las requisas y estudios médicos no se hallaron estupefacientes, la víctima manifestó que el plan consistía en trasladarla para ese fin, lo que luego fue ratificado en su declaración en Cámara Gesell y en informes de organismos como el Programa de Rescate y Acompañamiento de Víctimas Damnificadas por el Delito de Trata de Personas del Ministerio de Justicia de la Nación que la entrevistaron.

Violencia, abuso, amenazas y la falsa propuesta de unas “vacaciones”

Las profesionales que llevaron a cabo la entrevista hicieron hincapié en la situación de extrema vulnerabilidad en la que se encontraba la víctima al momento del operativo, pero incluso antes, al momento en que se conociera con el imputado y luego de que fuera captada por él y su madre.

Según el requerimiento, esta situación se inició a mediados de agosto de 2025, cuando el imputado —19 años mayor que ella— comenzó un vínculo afectivo con la adolescente luego de conocerla en el barrio Padre Carlos Mugica, en la zona porteña de Retiro. Según el relato de la víctima, inicialmente el hombre la obligó a mantener una relación sexual no consentida, motivo por el cual la fiscalía también imputó a este acusado por abuso sexual, en un período comprendido entre el inicio de la relación y el momento del operativo.

Mángano explicó en el requerimiento que en ese marco y “tomando provecho de su lazo emocional”, el 16 de septiembre de 2025, el imputado y su madre le propusieron a la adolescente viajar “de vacaciones” a su país. Para la fiscal, “el verdadero objetivo de aquella propuesta era el de explotarla: más precisamente, que la joven transporte droga en su cuerpo desde Perú hacia Argentina”.

Según refirió la víctima, en Perú había otras mujeres que se encargaban de realizar ese mismo traslado —mediante la ingesta de las drogas o a través de injertos para colocar estupefacientes bajo la piel— y el reingreso al país de esa manera se desarrollaba en “una camioneta”.

La representante del MPF señaló que “el plan pergeñado por los imputados era utilizar a la niña como 'correo humano'. Es decir, hacer de su cuerpo un mero instrumento para transportar sustancias estupefacientes de un país a otro”.

Según consta en el requerimiento de elevación a juicio, los imputados organizaron el traslado por canales informales para eludir los controles: adquirieron los pasajes en el barrio de Once, no incluyeron el nombre de la menor en la lista oficial de pasajeros de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), y permitieron que el pasado 17 de septiembre, el imputado y la víctima abordaran el ómnibus con destino la ciudad de San Salvador de Jujuy sin documentación personal ni de la niña, que tampoco contaba con pertenencias personales, ya que así se lo habían indicado sus acompañantes.

La propia adolescente explicó que, si bien inicialmente ella había accedido a realizar ese transporte de estupefacientes, cuando estaba en el ómnibus le dijo al imputado que no iba a hacerlo, lo que ocasionó su enojo y una serie de amenazas de muerte contra ella y su familia. “Si vos haces las cosas mal, podés terminar en un cajón”, fue una de las frases que le dijo, según consta en el requerimiento.

El trámite de la causa

Al iniciarse en la ciudad bonaerense de San Pedro con la prevención de la Gendarmería Nacional, la primera etapa de la investigación tramitó en la Sede Fiscal Descentralizada de San Nicolás, bajo las reglas del sistema acusatorio del Código Procesal Penal Federal (CPPF) —implementado en esa jurisdicción desde 2024—. Tras la adopción de diversas medidas de prueba y la obtención de sus resultados, el 19 de septiembre de 2025 se realizó la audiencia de formalización de la investigación preparatoria ante el titular del Juzgado Federal de Garantías N°2 de esa ciudad y con la participación de las partes.

En esa instancia, la Sede Fiscal formalizó la imputación y logró el dictado de la prisión preventiva por 90 días para las dos personas implicadas y la autorización para peritar un teléfono celular que les fue incautado. Posteriormente, el 3 de octubre de 2025, el juzgado se declaró incompetente en razón del territorio y ordenó la remisión de las actuaciones a la justicia federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, razón por la que el caso recayó en el juzgado de Lijo y la Fiscalía Federal N°12, a cargo de Mángano.

Definiciones de la fiscalía sobre el caso

Para la fiscal Mángano —quien es una de las titulares de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX)—, tanto la captación como el traslado de la víctima tenían como fin último su explotación. “El objetivo era llevarla al extranjero para que ingiriera estupefacientes o se le realizaran injertos cutáneos, para luego reingresarla a Argentina —supuestamente en una camioneta— como correo humano”. En ese sentido, remarcó que “el viaje a Perú no tenía un propósito recreativo, sino que la víctima era considerada por los imputados como un mero instrumento para el tráfico transnacional de estupefacientes”.

Asimismo, la representante del MPF destacó que la declaración de la damnificada en Cámara Gesell fue “determinante” para acreditar la finalidad de explotación, “consistente en su utilización como medio para el transporte de estupefacientes en el marco de una actividad criminal organizada, reduciendo su cuerpo a un instrumento al servicio de dicha maniobra, detallando incluso los métodos (ingesta o injertos cutáneos) mediante los que aquello podría concretarse, que le fueron explicados directamente por el imputado. Incluso refirió que un familiar del imputado, que sería médico, se encargaría de llevar adelante este tipo de intervenciones”.

En otro orden, Mángano señaló que los informes migratorios revelaron que ambos imputados “poseen múltiples entradas y salidas del país no registradas, lo que da cuenta que utilizan rutas clandestinas con asiduidad para cruzar la frontera entre territorios nacionales, lo que es muy usual en el tráfico de personas y estupefacientes”.

En definitiva, la fiscal indicó que las evidencias recolectadas “no dejan margen de duda acerca de que la finalidad de explotación se configura en la utilización de la víctima como medio para la ejecución de actividades vinculadas al narcotráfico, particularmente mediante el transporte de estupefacientes en su cuerpo, lo que implica su cosificación y subordinación a la lógica de la organización criminal”.

Evidencia y estado del proceso

La fiscalía consideró reunida prueba suficiente para avanzar a la etapa de juicio, entre la que se destacan testimonios de personal de Gendarmería, declaraciones de testigos, informes de organismos de asistencia, peritajes sobre dispositivos electrónicos y la declaración de la víctima en Cámara Gesell, considerada central para reconstruir los hechos. También se valoraron informes migratorios que darían cuenta de movimientos frecuentes por pasos no habilitados, compatibles con maniobras de tráfico ilegal.

En función de eso, el Ministerio Público Fiscal entendió concluida la etapa de instrucción respecto de los imputados y solicitó que el caso sea elevado a juicio. Asimismo, adelantó que en el debate requerirá una reparación económica en favor de la víctima.