20 de abril de 2024
20 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En línea con el dictamen de la Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán
ASPO: ordenan que la justicia federal intervenga en una acción de habeas corpus preventivo
El tribunal revisor revocó la resolución del Juzgado Federal N°2 tucumano, que había declinado la competencia en la justicia local para intervenir en la acción interpuesta por una mujer que denunció haber sido detenida ilegítimamente en abril por violar el aislamiento y teme que vuelva a ocurrir.

En línea con el dictamen del titular de la Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, Antonio Gustavo Gómez, ese tribunal revocó la resolución del Juzgado Federal N°2 de la jurisdicción que había declinado la competencia en favor de la justicia provincial para intervenir en una acción de habeas corpus preventivo, interpuesto por una mujer que denunció haber sido detenida en un procedimiento policial irregular ante una supuesta violación al artículo 205 del Código Penal.

El 8 de mayo una mujer interpuso una acción de habeas corpus, en la que denunció que en la tarde del 9 de abril fue interceptada en un control de tránsito realizado por el Grupo de Operaciones Motorizadas (COMT) de la Policía de la Provincia de Tucumán, con el argumento de que cometía un delito federal al desobedecer el aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional.

La mujer señaló que les manifestó a los oficiales que se dirigía al complejo Belgrano, donde su hijo estaba detenido por haber ido a llevarle mercaderías a una familia con necesidades básicas. Los efectivos la habrían maltratado verbalmente, quitado su documentación personal y la del vehículo y la habrían -previo a subirse una oficial al rodado- obligado a conducir hasta el palacio de deportes del Parque 9 de Julio. Una vez en el lugar, el oficial a cargo -quien no se identificó como tampoco el personal presente que tenía sus caras cubiertas- le labraron un acta, que le hicieron firmar tras lo cual la querían obligar a salir caminando del lugar ya que le habían secuestrado el vehículo. Ante la negativa de la mujer, la habrían obligado a subir a una camioneta policial y la habrían dejado abandonada -ya en la noche- en la villa 9 de Julio.

También, en su presentación, la denunciante sostuvo que no fue citada para saber si efectivamente se dio intervención sobre su detención, que no tuvo acceso a un defensor oficial y que temía que fuera detenida y que le “ocurrieran cosas peores”.

Al intervenir en la acción presentada, el 12 de mayo pasado, el titular del Juzgado Federal N°2 de Tucumán, Fernando Poviña, declinó competencia en favor de la Justicia de Tucumán, al entender “que no resulta competente la justicia federal atento a que fue la Policía de Tucumán la fuerza interviniente en los hechos, no observándose tampoco que se esté en presencia de un delito de competencia federal”. La decisión fue recurrida.

El dictamen de la Fiscalía General

A su turno, el fiscal general Gómez solicitó que se revocase la resolución de incompetencia, al considerarla prematura, por cuanto “debe darse espacio a la recurrente confronte con las máximas autoridades de la Policía de la Provincia de Tucumán, que deberá acompañar la documentación que fuere menester si es que la hay”.

"No podemos olvidar nuestra historia reciente que por razones distintas se desató un genocidio ante la mirada impasible de un Sistema de Justicia Federal que se limitaba a rechazar o declarar la incompetencia de decenas de habeas corpus”, advirtió el fiscal general.

Además, consideró que el hecho de que el personal policial, invocando un delito federal, haya infringido apremios en contra de la denunciante y las demás circunstancias que rodearon el hecho, llevan a la amparada a suponer que su detención se repetirá. También, el representante del MPFN sostuvo que “la emergencia es el motivo del ASPO, independientemente de este preocupante fenómeno que afecta la seguridad pública mediante los cuales la historia nos presenta argumentos y pretextos para alejarse del sistema democrático republicano. No podemos olvidar nuestra historia reciente que por razones distintas se desató un genocidio ante la mirada impasible de un Sistema de Justicia Federal que se limitaba a rechazar o declarar la incompetencia de decenas de habeas corpus”

El fiscal agregó que las amenazas de detención en virtud de un delito federal se encuentran contempladas por el artículo 3° de la Ley 23.098 de Procedimiento de Habeas Corpus, razón por la que se le debió permitir a la denunciante demostrar los hechos denunciados, convocando a la audiencia prevista por ley, con la presentación del jefe de la Policía de la Provincia de Tucumán, para que explique lo ocurrido, presente las actas policiales labradas, indique los nombres del personal interviniente y brinde toda la información vinculada al hecho denunciado.

La decisión de la Cámara Federal

A su turno, los jueces de la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán entendieron que debía revocarse la resolución de incompetencia, por cuanto “no se efectuó un suficiente análisis de la situación planteada por la denunciante, y ello, especialmente, a raíz de la falta de realización de la audiencia prevista por la ley vigente, no pudiéndose establecer con certeza la pretensión de la accionante”.

La Cámara señaló que "no se efectuó un suficiente análisis de la situación planteada por la denunciante, y ello, especialmente, a raíz de la falta de realización de la audiencia prevista por la ley vigente"

Destacaron “que la audiencia del artículo 14 de la ley 23.098, es el ambiente propicio para que las partes diluciden y actualicen sus respectivas posiciones. Ello teniendo en cuenta que una de las características de este proceso tiene que ver con la obligación del juez de requerir la presencia de los denunciantes y las partes denunciadas”.

Asimismo, ordenaron que se celebre la audiencia de rigor, se cite a la denunciante -con intervención del Ministerio Público de la Defensa- y al jefe de la Policía de la Provincia de Tucumán, “a los fines de dilucidar si existió el procedimiento policial que desencadenó en el secuestro del vehículo en el que se conducía la señora el día 9/04/2020; identificar al personal policial que intervino en el mismo; determinar las causas que motivaron el secuestro del rodado; si se labraron actuaciones en relación al mencionado procedimiento, y en su caso a qué Fiscalía se derivaron las mismas”.