27 de abril de 2024
27 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Mendoza: Un juez inhabilitó sectores de una cárcel y ordenó reparaciones y atención adecuada a los internos
Así, dio curso a un habeas corpus interpuesto por los fiscales Vega y Córdoba tras la primera intervención de la Procuvin en una cárcel.

El juez de garantías de Mendoza, Aníbal Crivelli, fijó un plazo de 90 días al gobierno de esa provincia para que dos sectores del Complejo Penitenciario I, Boulogne Sur Mer, “queden inhabilitados para ser utilizados como lugares de alojamiento” y ordenó el traslado de todos los detenidos allí alojados a otras dependencias penitenciarias, luego de hacer lugar a la acción de habeas corpus correctivo formulada el 17 de abril pasado por el fiscal general federal de esa provincia, Dante Vega, y por el titular de la Procuraduría contra la Violencia Institucional (Procuvin), Abel Córdoba.

La resolución judicial es una respuesta efectiva  a la primera intervención en una cárcel que realizó la Procuvin, en el marco de las actividades para prevenir y reprimir hechos de violencia institucional para los que fue facultada por la Procuradora General, Alejandra Gils Carbó.

El juez también ordenó al Director de Penitenciaría Provincial que reduzca la cantidad de internos en sectores donde registró hacinamiento, realice “las reparaciones edilicias urgentes”, provea  “lo indispensable a las necesidades de higiene” de los internos y amplíe los horarios de recreo.

Asimismo, el magistrado concedió un plazo de seis meses para que se reparen y remodelen las instalaciones sanitarias, eléctricas y de calefacción del Pabellón 5. Y ordenó que se optimice “el servicio de atención médica y provisión de medicamentos” en el penal, especificando los casos de dos (de los siete) internos por los cuales se interpuso la acción.

También requirió al gobierno mendocino que le presente cada dos meses un informe sobre las obras ordenadas y anticipó que el tribunal podrá constituirse para comprobar el avance de las tareas.

“La cuestión –remarcó el juez Crivelli- merece un tratamiento prioritario, en la medida en que permita evitar nuevas sanciones internacionales al país por incumplimiento de los estándares establecidos en los tratados de derechos humanos en el que la Argentina es signataria lo que, lógicamente, justifica el carácter perentorio del emplazamiento a efectuar”.

En las consideraciones de su resolución, el juez sostuvo que las pruebas reunidas dan cuenta de que los lugares inspeccionados  “no cumplen con los estándares mínimos y lineamientos necesarios para el alojamiento de personas privadas de libertad”.

Para hacer lugar a la acción, el juez citó el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso Verbitsky, las disposiciones constitucionales y los pactos internacionales de DDHH. “Todas estas disposiciones no constituyen meras cláusulas declarativas, sino normas exigibles que constituyen una de las condiciones que el Estado debe cumplir para privar a una persona de libertad de manera legítima y por ello deben preverse los mecanismos jurídicos para hacer cesar una situación que contradiga esas directivas”, indicó.

Y, particularmente, reconoció que “a nivel provincial no es necesario profundizar acerca de la reiterada jurisprudencia existente en la materia pues, es de público conocimiento, que Mendoza ha sido objeto de numerosas sanciones, medidas provisionales y llamados de atención por parte de organismos que conforman el sistema interamericano en relación al estado de sus establecimientos penitenciarios. Es más, podría afirmarse que la cuestión se ha transformado en un tema emblemático y recurrente que demuestra la naturaleza endémica de la problemática en cuestión”.

No obstante, el juez indicó que “es necesario reconocer la actividad que el Estado provincial viene desarrollado hasta el momento en materia penitenciaria, especialmente, a partir de las recomendaciones efectuadas por los organismos internacionales de derechos humanos” y destacó que “resulta sumamente valioso el aporte efectuado desde la Subsecretaría de Justicia de la provincia en lo que respecta a los proyectos de modificación y remodelación de los sectores que componen el Complejo Penitenciario I de Boulogne Sur Mer”.

En ese sentido, el magistrado reseñó en la resolución los proyectos de modificación del complejo penitenciario que le fueron expuestos por la titular de la Subsecretaría, Romina Ronda.

El trámite

En el trámite del habeas corpus, el juez requirió informes al Servicio Penitenciario, citó a las personas por las cuales se había requerido la acción y luego visitó el penal. Se entrevistó con las autoridades y recorrió con ellas las instalaciones.

Durante las entrevistas con el juez, los cinco internos manifestaron la falta de atención médica -uno de ellos, enfermo de HIV-; la falta de agua caliente y de camas; el hacinamiento; el hecho de que se alimentan en el piso, sobre una frazada, en un lugar "lleno de cucarachas"; y la falta de sanitarios que hace que deban orinar en botellas, en una bolsa o "contra la pared". El cuadro descripto por los detenidos es el que había sido narrado por los funcionarios del Ministerio Público Fiscal de la Nación en el habeas corpus.

Ante ese cuadro, el juez indicó que “constituye conceptualmente un agravamiento ilegítimo en la forma o condiciones de detención aquella situación originada por actos u omisiones de funcionarios del Estado que recaen sobre personas privadas de su libertad conforme a derecho, cuando son sometidas a una situación agravada respecto de aquella otra en que tendría que encontrarse de acuerdo a las disposiciones legales vigentes tanto sea a nivel provincial como nacional e internacional”.