28 de marzo de 2024
28 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Una pericia de la A.N.M.A.T detectó la presencia de Escherichia coli en las viandas que reciben los internos
Penal de Ezeiza: la Cámara confirmó un fallo que ordenó mejoras en la provisión de alimentos
Lo resolvió la sala II de la Cámara Federal de La Plata, al considerar que las serias deficiencias constatadas en las distintas etapas del proceso alimentario -falta de higiene en la cocina, ausencia de elementos que eviten la contaminación, entre otras- implican un riesgo concreto para la salud de las personas allí alojadas y un agravamiento ilegítimo en sus condiciones de detención. Las medidas incluyen el reacondicionamiento de la cocina central de la unidad y mayores controles en el proceso de elaboración y conservación.

La Cámara Federal de La Plata confirmó la resolución del Juzgado Criminal y Correccional Federal n°1 de Lomas de Zamora -a cargo de Alberto Santa Marina- que hizo lugar a una acción de habeas corpus colectiva a favor de las personas alojadas en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza y, en consecuencia, ordenó el acondicionamiento integral de la cocina y el cumplimiento del "Protocolo de Manipulación de Alimentos", de tal forma de garantizar un suministro de alimentos que no ponga en riesgo la salud de los internos.

La sala II de la Cámara Federal -integrada por los jueces César Álvarez, Olga Calitri y Roberto Lemos Arias- consideró que las serias deficiencias constatadas en las distintas etapas del proceso alimentario, "partiendo de la falta de elementos para la higiene de las personas que se desempeñan en la cocina, vestimenta adecuada, organización de la conservación, elaboración y distribución que impidan la contaminación de las materias primas empleadas", llevaron a que el juez de grado haga lugar a la acción de habeas corpus solicitada, de tal forma de poner fin a actos que "agravan las condiciones de detención para la población carcelaria afectada".

Las actuaciones tuvieron inicio a raíz de la presentación efectuada por un interno alojado en el Complejo Penitenciario de Ezeiza, quien denunció -entre otras cuestiones- el mal estado de los alimentos suministrados en ese penal. En forma posterior, se produjo un cúmulo de presentaciones individuales del mismo tenor por parte de otros detenidos, por lo que el Juzgado Federal I de Lomas dispuso la acumulación de los expedientes, dándole carácter colectivo a la acción, en virtud de la gravedad de la problemática.

Con el objeto de determinar la calidad y el estado de la comida cuestionada, el magistrado dispuso que la División Criminalística de la Gendarmería Nacional Argentina proceda al secuestro de una de las viandas. El análisis que sobre la misma realizó la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) concluyó que las muestras analizadas no cumplían con el Código Alimentario Argentino al superar los límites establecidos para recuento de la bacteria Escherichia coli, es decir, no era apta para consumo humano.

Previo a resolver, el magistrado interviniente dispuso la audiencia prevista en el art.14 de la Ley 23.098, de la cual participaron la Defensora Pública a cargo de la Defensoría Oficial n°2 de Lomas de Zamora, Gabriela Macedo; el fiscal ad hoc de la Procuraduría de Violencia Institucional del MPF, Claudio Pandolfi, las representantes de la Procuración Penitenciaria de la Nación Marina del Sol Albarellos y Daniela Aja; representantes de la Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación, y autoridades del Complejo Penitenciario de Ezeiza, entre otros.

En ese contexto, el representante de la Procuvin manifestó que se encontraba acreditado el deficiente estado no solo de la cocina, sino de todo el proceso de recepción, almacenamiento, elaboración y distribución de alimentos, haciendo hincapié en la certificación realizada por la A.N.M.A.T. respecto de que los alimentos se hallan contaminados con Escherichia Coli más allá del máximo establecido por el Código Alimentario Argentino. Asimismo, destacó que el hecho de tratarse de una cocina de campaña, no justifica que ésta carezca de higiene sanitaria, que contenga acumulación de restos y desechos de comida en espacios de la misma, presencia de insectos, acumulación de insumos incompatibles con los alimentos, ni falta de higiene personal.

Las mejoras incluyen el acondicionamiento integral de la cocina central de la unidad penitenciaria y el cumplimiento del “Protocolo de Manipulación de Alimentos”, entre otras medidas.

En virtud de ello, consideró que se encontraban agravadas ilegítimamente las condiciones de detención, por lo que requirió que se dicte sentencia declarando dicha circunstancia y ordenando la instrumentación de todas las recomendaciones dadas por A.N.M.A.T.. Tras oir a las partes, el magistrado hizo lugar a la acción de habeas corpus colectiva, decisión que fue apelada por el representante legal del Servicio Penitenciario Federal y ahora confirmada por el tribunal de alzada.

Las mejoras dispuestas incluyen el acondicionamiento integral de la cocina central de la unidad penitenciaria, la presentación de informes semanales sobre su avance, el estricto control sobre la materia prima utilizada, de los procedimientos de lavado y desinfección de todo proceso relativo a la alimentación, el cumplimiento del “Protocolo de Manipulación de Alimentos” homologado oportunamente, la implementación progresiva de las recomendaciones efectuada por la ANMAT y el cumplimiento de las dietas especiales indicadas.

Tales medidas "resultan acciones indispensables para evitar que se reiteren hechos como los que dieron origen a esta causa, y por otra parte se compadecen con el trato digno que corresponde a todas las personas que se encuentren detenidas en la unidad penitenciaria federal", concluyó el tribunal.