29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Hasta tanto se realicen las reformas necesarias para garantizar las condiciones sanitarias
Prohibieron que se interne a personas privadas de la libertad en el Hospital del Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
La orden agrega que deberán ser derivados a centros de salud extramuros.. La resolución se produjo a partir de un habeas corpus interpuesto por la Procuvin contra la falta de condiciones edilicias y sanitarias para la atención médica de los detenidos, entre otros motivos. El juez Manuel De Campos lo había rechazado parcialmente, pero esa decisión fue apelada y revocada por la Cámara del Crimen.

El juez de instrucción porteño Manuel De Campos dispuso ayer que las personas detenidas en la cárcel de Devoto (CPF de la CABA) y “que revistan criterio médico de internación” sean derivadas a hospitales extramuros y no a la Sala I del Hospital de ese centro de detención, al constatarse que no cuenta con las condiciones edilicias y sanitarias necesarias para brindar asistencia en salud.

El proceso se había iniciado con un habeas corpus presentado por el fiscal ad-hoc Fernando Vallone y la coordinadora del Área de Violencia en Instituciones de Encierro Bárbara Franco ambos de la Procuvin. Allí, además de la grave falta de higiene de la Sala I del Hospital Penitenciario, se dio cuenta de un episodio de violencia desplegado por el personal penitenciario durante una requisa y del encierro permanente de las personas allí detenidas que no tenían acceso al aire libre en ningún momento del día. Esas condiciones resultaban riesgosas para la integridad física y la salud de los pacientes  faltando a lo prescripto por la Constitución Nacional y tratados internacionales de rango constitucional como la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC).

El Juzgado de Instrucción N°5  había considerado que esas cuestiones ya estaban solucionadas en base a un testimonio de las autoridades penitenciarias, pero esa decisión fue apelada por la Procuvin junto a la Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación y la Defensoría Oficial en lo Correccional N°4. Los camaristas Julio Marcelo Lucini y Alberto Seijas resolvieron revocar el fallo en lo atinente a las cuestiones mencionadas.

Tras la apelación y el fallo de la Cámara del Crimen el juez De Campos ordenó la clausura del lugar y dispuso la concreción de un plan de obras de remodelación y acondicionamiento cuyo cumplimiento será fiscalizado por el magistrado.

La resolución dispone también el realojamiento de las personas que estaban detenidas en el Hospital del Complejo y necesitan asistencia médica ambulatoria  en “pabellones adecuados para las dolencias y tratamientos que pudieran requerir”.

Finalmente, el magistrado le encomendó al director del Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que “en el término de 24 horas informe el nuevo lugar de alojamiento de la totalidad de los internos actualmente internados en el Hospital Penitenciario” lo que permitirá controlar las nuevas condiciones de detención de los pacientes.