28 de marzo de 2024
28 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En el marco de un proceso de reenvío ordenado por la Cámara Federal de Casación
Santiago del Estero: condenaron al jefe de seguridad interna de la Unidad 35 por vejámenes y apremios ilegales contra personas detenidas
El condenado había sido absuelto en 2018 y esa sentencia fue revertida el año pasado, cuando el tribunal revisor hizo lugar al recurso de la fiscala general Indiana Garzón. Los hechos ocurrieron entre junio y julio de 2013 e incluyeron la organización de peleas entre los reclusos.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santiago del Estero condenó ayer a la pena de tres años y tres meses de prisión y a inhabilitación del cargo por seis años y seis meses al agente penitenciario federal Claudio Gabriel Segura por el delito de imposición de vejámenes y apremios ilegales cometidos entre junio y julio de 2013 a personas detenidas en la Unidad 35 "Colonia Pinto" de aquella provincia, cuando el imputado desempeñaba el cargo de jefe de Seguridad Interna del penal. Fue el primer juicio en celebrarse en la provincia que tuvo acusado a un miembro del Servicio Penitenciario Federal por delitos durante su función.

La condena fue dictada en el marco de un proceso de reenvío ordenado por la Cámara Federal de Casación Penal, a raíz de un recurso interpuesto por la fiscala general ante el TOCF santiagueño, Indiana Garzón, quien había recurrido la absolución por el beneficio de la duda que el mismo tribunal -con otra composición- había dictado respecto de Segura en septiembre de 2018.

La fiscala Garzón señaló la importancia del tratamiento de este hecho como violencia institucional, ya que -indicó- es el Estado el responsable de resguardar los derechos de las personas privadas de su libertad y a tales efectos solicitó además de la pena privativa de libertad una serie de reparaciones integrales a la víctimas y medidas de no repetición para evitar que hechos similares vuelvan a reproducirse en la Unidad 35.

Los jueces que integraron el TOCF que impuso la pena son Juan Carlos Reynaga, Enrique Lilljedhal y Mario Eduardo Martinez. El proceso de reenvío había comenzado el 29 de abril pasado y culminó con el veredicto ayer por la tarde. En la resolución, el tribunal hizo lugar a la petición de la fiscalía y además dictó medidas de no repetición, las cuales desarrollará -según especificó- al momento de dar a conocer los fundamentos.

Los hechos juzgados en el proceso tuvieron lugar en junio del 2013, cuando -según se acreditó- el jefe de Seguridad Interna de la Unidad 35 obligó a un interno a registrar en video, con un celular, a un integrante del personal penitenciario de apellido Monzón en un presunto ingreso ilegal de estupefacientes. Asimismo, se lo condenó por haber organizado y filmado peleas entre los internos, sometiendo a seis presos a vejámenes, severidades y apremios ocurridos el 29 de julio de 2013 en el campo de deportes de la dependencia. Durante el proceso, el Ministerio Público Fiscal había señalado que las luchas a golpes de puño fueron realizadas ante la mirada de otros agentes penitenciarios.

Al cabo del proceso culminado en 2018, el TOCF de Santiago del Estero -integrado entonces por Abelardo Jorge Basbús, Federico Bothamley y Gabriel Eduardo Casas- resolvió absolver a Segura por aplicación del beneficio de la duda. La fiscala Garzón recurrió la sentencia y destacó que los hechos juzgados configuraban violencia institucional, puesto que las personas al momento de los hechos se encontraban privadas de la libertad.

En sintonía con el recurso fiscal, la Cámara Federal de Casación resolvió anular la absolución el 9 de marzo de 2020 y ordenar que se dicte una nueva resolución. La Sala I del tribunal revisor advirtió la relevancia del cargo del imputado, a quien definió como “responsable máximo presente al tiempo de ocurrencia de los sucesos” y precisó que “con su presencia, garantizaba además cualquier conducta que desplegaran sus inferiores jerárquicos”.