30 de abril de 2024
30 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En línea con el pedido de la fiscal general María Gloria André
Mendoza: condenaron a seis personas a penas de hasta seis años y seis meses de prisión por contrabando de marihuana hacia Chile
Así lo dispuso el Tribunal Oral Federal N°1 de esa jurisdicción, respecto de cinco hombres y una mujer. Se les imputó integrar una organización que ingresó a la provincia un cargamento de 60 kilos de cannabis sativa y luego lo envío, para su comercialización en el país vecino, donde fue secuestrado. Los fundamentos de la sentencia se conocerán en veinte días.

En línea con el alegato de la fiscal general María Gloria André, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de Mendoza, integrado por los jueces Alberto Daniel Carelli, Daniel Alejandro Doffo y Héctor Fabián Cortes, condenó a cinco hombres y una mujer a penas de hasta seis años y seis meses de prisión por integrar una organización que ingresó a la provincia de Mendoza un cargamento de 60 kilos de marihuana que luego enviaron, para su comercialización, a Chile, donde fue secuestrado. Los fundamentos de la sentencia se conocerán en una audiencia que se fijará dentro de veinte días.

Así, Rodolfo Araujo fue condenado a seis años y seis meses de prisión como coautor de transporte de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas, un delito por el que Mercedes de Jesús Godoy recibió seis años. Al igual que como solicitó el MPF durante los alegatos, Sergio Acosta Flores y José Luis Galván fueron condenados en el marco de infracciones al Código Aduanero, por lo que ambos recibieron una pena de cinco años y seis meses de prisión como coautores de exportación de estupefacientes que por su cantidad estuviesen destinados a ser comercializados dentro o fuera del territorio nacional. Ana María Oviedo y Alejandro González, en cambio, fueron señalados como partícipes secundarios del mismo delito, por ocultar o disimular mercadería que debiera someterse a control aduanero, con motivo de su importación o de su exportación, por lo que recibieron una pena de dos años y seis meses de prisión condicional.

De acuerdo a la acusación, entre el 14 y el 15 de junio de 2015 De Jesús Godoy y el fallecido Hernán Salinas transportaron desde el norte del país hacia Mendoza un cargamento de sesenta kilos de marihuana, una maniobra en la que Araujo fue el encargado de organizar el traslado. Una vez recibida la mercadería, Acosta y Galván habrían coordinado la maniobra mediante la que se concretó la exportación del material a Chile, que fue secuestrado en el país trasandino el 20 de junio de ese mismo año. Por último, Oviedo fue señalada por el MPF por haber colaborado con Acosta para la colocación de la mercancía fuera del país eludiendo el control aduanero, y González por haber abonado gran parte de la mercadería transportada desde el norte y secuestrada en Chile, ya que el día del procedimiento se secuestró de su vehículo la suma de 156 mil pesos que iban a ser entregados a Godoy.

El tribunal dispuso además que se mantenga sobre todos los condenados la prohibición de salir del país. En el caso de Araujo, Godoy y Acosta Flores estableció además que, hasta tanto quede firme la sentencia, los imputados deberán presentarse regularmente y acatar todo llamado del tribunal y denunciar domicilio de residencia y teléfono de contacto e informar cualquier cambio al respecto. Para Oviedo y González, cuyas penas son de ejecución condicional, también se ordenó la obligación de fijar residencia, junto con someterse al cuidado de la Dirección de Promoción del Liberado para que verifique efectivamente su residencia en los domicilios denunciados. Además, no deberán ausentarse de la jurisdicción del Tribunal sin autorización previa ni cometer nuevos delitos. Por último, se ordenó también el decomiso de un automóvil Peugeot 207, utilizado por la organización.

Es la segunda vez que los imputados llegan al debate oral. En 2018, el Tribunal Federal N°1 de Mendoza los había absuelto al considerar que existían dudas sobre su responsabilidad criminal. Tal medida fue recurrida por el Ministerio Público Fiscal por entender que el abordaje de los hechos, la valoración de la prueba y la responsabilidad penal reprochada a los imputados se realizó sin tomar registro de que se estaba ante “una organización delictiva dedicada al tráfico ilícito de estupefaciente a nivel internacional, en la que cada uno de los intervinientes cumplió un rol o función determinante”. Posteriormente, la Cámara Federal de Casación Penal, resolvió que fueran juzgados nuevamente.