En base a una investigación llevada adelante por la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°5, a cargo del fiscal Franco Picardi, el juez federal Ariel Lijo amplió el procesamiento del extitular de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), Diego Spagnuolo, en el marco de la causa que investiga la existencia de una asociación ilícita que, desde el Estado, generaba millonarias ganancias a partir del proceso de adquisición de insumos. Además, se amplió el procesamiento de otros cuatro implicados y se procesó a 19 personas, entre los que se encuentran directivos de droguerías, laboratorios y ortopedias.
“La investigación continuó su curso y se fueron reuniendo nuevas evidencias probatorias, las cuales permitieron determinar que el accionar delictivo desplegado desde la órbita de la ANDIS no se habría detenido exclusivamente en los procesos de compra de medicamentos, sino que el esquema ilegal de contratación se habría replicado en otro rubro relacionado a la adquisición de ‘insumos’, en sus diferentes segmentos (‘amputaciones’; ‘cardio’; ‘implantes auditivos y audífonos’; ‘neuro’; ‘sillas andadores’ y ‘traumatología’); en cuyo entramado habrían participado, en general y bajo la misma modalidad, otras personas y empresas”, señaló el juez Lijo en su resolución.
Cabe recordar que, en septiembre pasado, la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal había confirmado el procesamiento de Spagnuolo, que fue considerado como jefe de la asociación ilícita que funcionaba en la ANDIS. En ese tramo del caso, se investiga la adjudicación indebida de contrataciones públicas en el ámbito farmacéutico a cambio de coimas. Allí fueron confirmados también los procesamientos de otras 18 personas.
En la resolución de este viernes, el juez Lijo amplío también los procesamientos de Daniel María Garbellini (que se desempeñó como Director Nacional de Acceso a los Servicios de Salud de la ANDIS) y Miguel Ángel Calvete, acusado de actuar como intermediario entre funcionarios y directivos de laboratorios y droguerías. A los tres se les amplió también el monto de los embargos, hasta alcanzar la suma de 47 mil millones de pesos.
Además de su rol como jefes de la asociación ilícita, Spagnuolo y Garbellini fueron considerados responsables de los delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y defraudación por administración fraudulenta agravada por haber sido cometida en perjuicio de la administración pública nacional.
Calvete, por su parte, fue considerado miembro de la asociación ilícita y partícipe necesario de dichos delitos. Además, se lo procesó como coautor de lavado de activos de origen ilícito, agravado por su realización con habitualidad y como parte de una asociación formada para la comisión continuada de hechos de esa naturaleza.
“La investigación continuó su curso y se fueron reuniendo nuevas evidencias probatorias, las cuales permitieron determinar que el accionar delictivo desplegado desde la órbita de la ANDIS no se habría detenido exclusivamente en los procesos de compra de medicamentos, sino que el esquema ilegal de contratación se habría replicado en otro rubro relacionado a la adquisición de ‘insumos'", señaló el juez Lijo.
Los demás implicados fueron procesados por ser miembros de la asociación ilícita y por ser partícipes necesarios de las negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y la defraudación por administración fraudulenta agravada por haber sido cometida en perjuicio de la administración pública nacional.
La maniobra investigada
En línea con lo que habían expuesto al momento de pedir las indagatorias los fiscales Picardi y Sergio Rodríguez, titular de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), el juez Lijo analizó cómo se llevó adelante este tramo de la maniobra, que se habría desplegado también entre diciembre de 2023 y octubre de 2025.
Según señaló, la investigación se centró en cómo los imputados habrían incidido indebidamente en las adquisiciones de medicamentos e insumos de alto costo y baja incidencia (PACBI) destinados al Programa Federal Incluir Salud, “mediante la selección de determinados oferentes, la coordinación de cotizaciones, el direccionamiento de adjudicaciones y la circulación de fondos asociados con esas contrataciones”.
“Las adquisiciones estaban destinadas a atender necesidades sanitarias concretas de beneficiarios del programa, muchos de ellos personas con discapacidad o en condiciones de especial vulnerabilidad”, recalcó.
En ese sentido, y tal como lo había señalado la fiscalía, las pruebas reunidas permitieron reconstruir “el funcionamiento de una organización delictiva integrada por funcionarios y agentes de la ANDIS —principalmente Spagnuolo y Garbellini—, que habrían facilitado y ejecutado las maniobras”. Además, mencionó a Cavate como uno de los “operadores externos” que habrían ejercido “una influencia decisiva sobre las contrataciones y los pagos”.
La maniobra incluyó también a empresarios y responsables de firmas proveedoras que habrían sido beneficiadas “con adjudicaciones millonarias, en muchos casos direccionadas y con sobreprecios”. Además, indicó que otros imputados eran los encargados de “recibir, trasladar y canalizar los fondos obtenidos, tanto para distribuir retornos indebidos entre sus integrantes como para procurar conferirles apariencia de legalidad”.
Tal como lo había señalado la fiscalía, las pruebas reunidas permitieron reconstruir “el funcionamiento de una organización delictiva integrada por funcionarios y agentes de la ANDIS —principalmente Spagnuolo y Garbellini—, que habrían facilitado y ejecutado las maniobras”, indicó el juez en su resolución.
“La restricción inicial de oferentes reducía la competencia real; la coordinación de presentaciones o valores podía favorecer a empresas previamente seleccionadas; la posterior adjudicación consolidaba el beneficio comercial; y el acceso a información sobre liquidaciones y pagos permitía seguir la ejecución económica de las operaciones. Bajo esa dinámica, las contrataciones conservarían una tramitación administrativa reconocible, aunque decisiones esenciales habrían sido influidas desde fuera de los canales institucionales que debían regirlas”, explicó el magistrado federal.
Afectación económica
“El entramado investigado no se reducía a un único grupo empresario ni a un solo tipo de prestación”, indicó en la resolución el juez Lijo y marcó que los procedimientos examinados en seis segmentos de insumos (amputaciones, cardio, implantes auditivos y audífonos, neuro, sillas y andadores y traumatología) involucraron, en los períodos individualizados, órdenes de compra y contrataciones por una suma superior a 82.881.754.989 pesos.
“En este contexto, la información económica incorporada a la causa adquiere especial relevancia, pues permite establecer no sólo la concentración de adjudicaciones en un grupo reducido de empresas, sino también la existencia de importantes diferencias de precios y las condiciones irregulares en las que se habrían comprometido recursos públicos, en beneficio de determinados proveedores y en perjuicio del Estado Nacional”, explicitó.
Según el análisis realizado en la causa, las diferencias de precios verificadas hasta el momento en los rubros medicamentos (5.984.594.394,24) e insumos (1.849.277.963) permitieron establecer una afectación económica estimada en 7.833.872.357,24 pesos. En ese sentido, explicó que se trataba de una cuantificación parcial, limitada a las operaciones que pudieron ser objeto de comparación, por lo que la magnitud podría incrementarse a medida que avance el examen de las restantes contrataciones.
“Sin embargo, la relevancia de la maniobra investigada no se agota en ese resultado económico, sino que radica, fundamentalmente, en la implementación de un mecanismo sistemático de contratación al margen de las reglas que debían regir la administración de los recursos públicos, caracterizado por la selección arbitraria de proveedores, la simulación de competencia, el direccionamiento de adjudicaciones y la intervención de funcionarios y particulares que habrían actuado coordinadamente para obtener y distribuir beneficios indebidos en perjuicio del Estado Nacional”, remarcó el magistrado.