24 de abril de 2024
24 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
El emblemático caso que perjudicó a cientos de ahorristas en Santa Fe
Bolsafe: recurrieron ante Casación la prisión domiciliaria del principal acusado de la estafa
Gonella y Palacín presentaron el recurso para revertir la resolución de la Cámara Federal de Rosario que le concedió a Mario Rossini el beneficio de cumplir la prisión preventiva en su casa. Los fiscales sostuvieron que la decisión fue infundada y que configura "un supuesto de gravedad institucional".

El fiscal General ante la Cámara Federal de Rosario, Claudio Palacín, con la asistencia técnica del titular de la Procuraduría de Críminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac), Carlos Gonella, recurrieron ante la Cámara Federal de Casación Penal la prisión domiciliaria de Marío José Enrique Rossini, el principal imputado de la estafa a gran escala llevada a cabo desde la sociedad de bolsa Bolsafe Valores. Rossini había sido beneficiado con esa medida por la Cámara Federal de Rosario el mes pasado.

Palacín y Gonella marcaron la arbitrariedad de la resolución y pidieron su nulidad y el dictado de una nueva "con arreglo a la ley y a la doctrina".

Los fiscales indicaron que "se concedió el arresto domiciliario a Rossini sin siquiera encuadrar el supuesto en ninguna de las causales prevista" en la ley de ejecución penal y "sin ninguna prueba que acredite encontrarse en alguna de las situaciones previstas".

Asimismo, advirtieron que el criterio de los camaristas rosarinos José Toledo, Elida Vida y Edgardo Bello configura "un supuesto de gravedad institucional", pues "compromete la administración de justicia al afectar la forma de aplicación de la ley procesal y sustantiva penal".

El nudo del recurso de Palacín y Gonella radica en la "contradicción" del tribunal de alzada de Rosario al evaluar las condiciones en que Rossini recibía tratamiento psicológico intramuros, debido a frecuentes crisis de llanto y angustia. Por un lado, la resolución de los camaristas citó el dictamen médico que indicó que el imputado "tendría una adecuada y permanente atención especializada en el penal" y que era "imprescindible" que "continuara con el apoyo psicológico que venía realizando desde su ingreso al penal". Pero luego los jueces, sin sustento, afirmaron que "los tratamientos específicos a los que el imputado debe ser sometido no se habrían atendido con la premura necesaria".

Por eso, para los fiscales opinaron que la decisión de otorgar la prisión domiciliaria "se sustenta en la sola voluntad de los jueces que la suscriben".

Al respecto, Palacín y Gonella remarcaron que "la pericia médica que exige la ley resulta contundente en cuanto a dos cuestiones fundamentales: que Rossini viene realizando terapia psicológica desde su ingreso al penal, y que cuenta con una adecuada y permanente atención personalizada".

Los representantes del Ministerio Público pusieron de relieve que el tribunal rosarino no encuadró la situación de Rossini en ninguna de las previsiones para el otorgamiento de la prisión domiciliaria que figuran en el artículo 32 de la ley 24660, de ejecución penal. "Y es que no lo hace sencillamente -aseguraron los fiscales- porque la situación alegada por el imputado no se corresponde con ninguno de los casos previstos normativamente".

Palacín y Gonella fueron enfáticos: "No caben dudas de que, como la mayoría de las personas que se encuentran bajo encierro en una cárcel, Rossini padece afecciones psicológicas, que su detención fue un hecho traumático, que tuvo manifestaciones de angustia y tristeza, y hasta crisis de llanto. Ahora bien, lo que no se explica, es cuáles son las evidencias que analizó esa Cámara" para arribar a la decisión. "La razón de esa omisión es sencillamente la inexistencia de tales evidencias", concluyeron.

Al respecto, valoraron que la decisión de los camaristas rosarinos "lesiona el principio de legalidad" y que constituye una "violación flagrante del principio de igualdad". Los fiscales se preguntaron: "¿Quién podría sostener sin sonrojarse, a la luz de la percepción que la sociedad tiene acerca de la eficacia de nuestro sistema judicial de investigar, juzgar y aplicar las normas acerca de la prisión preventiva y de la ejecución de las penas, que no es cierto que los imputados de los denominados 'delitos de cuello blanco o guante blanco' gozan de privilegios especiales sobre o a diferencia del resto de las personas encarceladas?".