26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Alegato del fiscal Carlos Gonella y el auxiliar fiscal Federico Massei
Córdoba: solicitan hasta cinco años y seis meses de prisión para los exdueños de una cadena de panaderías por asociación ilícita fiscal
Los acusados están señalados junto a dos empleados y un analista informático de mantener un sistema de contabilidad paralela de franquicias comerciales con la finalidad de obtener una mayor rentabilidad económica que la que efectivamente ponían de manifiesto ante la AFIP.

El fiscal Carlos Gonella y el auxiliar fiscal Federico Massei solicitaron ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Córdoba Nº 2 que se condene a los exdueños de una cadena de panaderías por asociación ilícita fiscal. Los acusados están señalados junto a dos empleados y un analista informático de, a través de franquicias comerciales, mantener un sistema de contabilidad paralela con la finalidad de obtener una mayor rentabilidad económica que la que efectivamente ponían de manifiesto ante la AFIP.

En su intervención, los representantes del Ministerio Público Fiscal solicitaron una condena de cinco años y seis meses de prisión para Pablo Sebastián Martinat y y de cinco años para Fernando Pautassi como organizadores coautores del delito de asociación ilícita fiscal. Para Andrea Sánchez y Gastón Fernando Olivero -señalados como coautores integrantes- la pena solicitada fue de tres años y seis meses de prisión mientras que para Diego Sabulsky requirieron un año y ocho meses de ejecución condicional por considerarlo cooperador no necesario. 

De acuerdo al alegato, desde fecha no determinada con exactitud hasta el 2 de agosto de 2013, Martinat y Pautassi organizaron una asociación destinada a cometer delitos contemplados en la ley 24.769 del Régimen Penal Tributario. La finalidad era obtener una mayor rentabilidad económica que la que declaraban ante AFIP, en torno al rubro comercial que desarrollaban: producción y distribución de productos de panadería y otorgamientos de franquicias para la comercialización de esos productos bajo la marca “Lapana”. Para ello, se valieron de las firmas Gastro Argentina S.A, La Cia. Panes y Cafés S.A., Paf S.A. y Gon SA.

Para llevar a cabo esta maniobra establecieron distintos mecanismos para el ocultamiento y registración de operaciones comerciales. Primero, una sistema de franquicias de panaderías Lapana como modo de expansión de su actividad comercial, a cuyos franquiciados proveían de todos los productos que comercializaban. Luego, convinieron con cada franquiciado que un 25 por ciento de las ventas fuera de manera marginal y establecieron que el pago de las compras correctamente facturadas fuera mediante el sistema bancario mientras que el marginal restante se abonase en efectivo en sus oficinas o a personas de confianza de Pautassi y Martinat que pasaban por los locales. También, acordaban con los franquiciados otro pago de carácter marginal por el uso de la marca, equivalente a un tres por ciento de las ventas, rotulado como “fee”.

Para poder llevar a cabo estas maniobras, los dos principales imputados dispusieron que sus empleadas Sánchez y Gabriela Escudero (de quien se pidió su absolución) realizaran las gestiones de cobro del “fee” y de los productos vendidos a los franquiciados. Ambas eran encargadas del área contable de la empresa y les impartían las instrucciones de cómo efectuar los pagos de las compras que habían realizado, de manera tal de discriminar los montos a abonar de manera formal y de los que se deberían abonar de manera marginal.

Martinat y Pautassi contrataron los servicios de Sabulsky como encargado del sistema informático contable para que realizara el manejo de toda la estructura informática de registración de las operaciones comerciales formales y marginales de las firmas Gastro Argentina S.A y La Cia. Panes y Cafés S.A. y, en caso de serle solicitado, borre todos los registros del sistema. Por último, dispusieron que su empleado Olivero, encargado del trato con proveedores, le solicitara al encargado del sistema informático que borrara los registros del sistema en caso de ser necesario y alertara a los franquiciados cuando personal de la AFIP DGI inspeccionara alguna de las franquicias y les indique, en dicho caso, que emitan la mayor cantidad posible de tickets con el controlador fiscal.

Para los representantes del Ministerio Público Fiscal quedó acreditado un sistema de doble registro y su correlativo doble circuito de la efectivización de los pagos, entendida como una plataforma “diseñada y utilizada para evadir y facilitar la evasión del universo de franquicias”. Gonella y Massei sostuvieron que la existencia de las empresas, su integración, la planificación ilícita que traspasaba sus límites y alcanzaba al universo de los franquiciados y los roles ejecutados por los imputados dan cuenta de “una asociación ilícita en plena expansión que fue descubierta en el momento justo”.