29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En sintonía con lo postulado por la Fiscalía General de Resistencia
La Cámara Federal de Resistencia confirmó el decomiso de bienes al fallecido ex intendente de Villa Río Bermejito, que era investigado por lavado
Así lo dispuso el tribunal revisor, tras el fallecimiento de Lorenzo Heffner. Son seis inmuebles, 20 vehículos y más de tres millones de pesos. Un 30 por ciento quedará a disposición del Tesoro Nacional, mientras que el porcentaje restante será predestinado a financiar obras de infraestructura y/o viviendas públicas en la provincia.

La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia confirmó el decomiso de bienes del ex intendente de Villa Río Bermejito, Lorenzo Heffner, quien falleció en octubre del año pasado y era investigado por el delito de lavado de activos provenientes del desvío de fondos destinados a la construcción de viviendas sociales.

Los magistrados también dispusieron que los fondos y bienes decomisados -seis inmuebles, 20 vehículos y más de tres millones de pesos- queden a disposición de la cuenta especial del Tesoro Nacional para que un 30 por ciento sea destinado a reparar el daño causado a la sociedad, a las víctimas en particular o al Estado, mientras que el porcentaje restante será destinado a financiar obras de infraestructura y/o viviendas públicas en  la provincia de Chaco, en beneficio de la población más vulnerable.

El tribunal revisor, conformado por los jueces subrogantes Enrique Bosch, Miguel Aranda y Fernando Carbajal, se expidió en línea con lo solicitado por la Fiscalía General de Resistencia, a cargo de Federico Carniel, y del mismo modo que había resuelto la jueza de primera instancia, Zunilda Niremperger, en diciembre pasado.

Se trata de una causa en la que se comprobó que la evolución patrimonial de Heffner, entre 2011 y 2018, se generó a través de  maniobras sucesivas y encubiertas del dinero malversado. En ese sentido, la jueza de primera instancia había expresado: “No es  casual que prácticamente la totalidad de bienes inmuebles y  muebles registrables adquiridos  hayan ingresado  a su patrimonio entre los años 2011 – 2018 y que, durante esos mismos años, haya intervenido activamente librando cheques en su carácter de  intendente para retirar con  participación de otros sujetos más de $219.649.088,64 de las cuentas municipales”.

Según la investigación, durante el periodo señalado se celebraron acuerdos para la construcción de viviendas y el dinero transferido por el Estado Nacional a los fondos de la Municipalidad de Villa Río Bermejito fue retirado por Heffner, quedando bajo su dominio.

En ese sentido, la jueza Niremperger había ordenado que los bienes decomisados tuvieran como destino reparar el daño causado a la sociedad y a las víctimas en particular. Además, había convocado a una mesa de trabajo conformada por representantes del Ministerio Público Fiscal, de la Municipalidad de Villa Río Bermejito, provincia del Chaco, comunidades originarias y otros, a los fines de hacer una propuesta acerca del destino que se le dará.

Esta decisión fue apelada tanto por la defensa, por los herederos y la Unidad de Información Financiera (UIF). La discusión se centró en quién debería ser el destinatario del producido del decomiso de los bienes registrados al imputado fallecido y, en su caso, qué norma sería aplicable a la solución del planteo.

Los argumentos de la fiscalía

Al momento de opinar, el fiscal general Federico Carniel sostuvo que el marco legal que debe ser aplicado en este caso es el dispuesto por el artículo 305 del Código Penal, por haberse producido el fallecimiento del imputado y que, ante esta circunstancia de excepción, el destino de los bienes decomisados debe ser el de reparar el daño causado a la sociedad concretamente.

Mantuvo así una postura contraria a la UIF, en el sentido de que es posible admitir un destino social al producido de los bienes decomisados y que la decisión debería ser analizada de manera tal de que cumpliera esa finalidad. Asimismo, sí planteó que era viable la petición de la UIF con respecto a los bienes de los coimputados, que luego de una condena efectiva podrían ser decomisados, marcando la diferencia entre los decomisados por causa de muerte del imputado con aquellos que son obtenidos luego de un juicio y a través de una condena firme.

Finalmente, como pedido subsidiario sostuvo la posibilidad de asignar a cada destinatario un porcentaje del total de los bienes decomisados y otro para el organismo que lucha contra este tipo de delitos,  es decir la UIF.